Córdoba busca avanzar en el uso de tobilleras electrónicas para casos de detenidos sin condena, con prisiones preventivas dictadas por la Justicia, que representan el 65 por ciento de la población penitenciaria.
Para esto ya ingresó a la Legislatura un proyecto que reforma el Código Procesal Penal provincial ampliando las medidas alternativas para las detenciones cautelares domiciliarias, con la creación de un nuevo órgano de control: Sistema Interdisciplinario de Gestión de Medidas Alternativas (Sigma), que dependería del Ministerio Público Fiscal (MPF).
La iniciativa establece una prioridad para aquellas personas con algún grado de vulnerabilidad o responsabilidades de cuidado y que no revisten mayor peligrosidad social.
La iniciativa fue presentada por las legisladoras Nadia Fernández (Hacemos por Córdoba), Alejandra Ferrero (Juntos por el Cambio) y Karina Bruno (PRO, bloque unipersonal), ya tomó estado parlamentario en la sesión de este jueves y desde el martes se tratará en la Comisión de Seguridad, con la intención de llegar con despacho y ser aprobada en la última sesión del año, el 27 de diciembre.

El Ejecutivo ya tiene en proceso de subasta electrónica la compra de 500 tobilleras electrónicas, que serían desarrolladas por proveedores locales, a partir de un desarrollo del Clúster Tecnológico de Córdoba. Pero espera la aprobación para abrir una licitación para incorporar proveedores internacionales para otros 1.000 aparatos.
Nadia Fernández, la oficialista que es coautora del proyecto, dijo que uno de los objetivos es ofrecer a los fiscales una alternativa al encierro con recursos tecnológicos actuales. “Son dispositivos que se supervisan en tiempo real y dan un alerta inmediata y el proyecto prevé que si se incumple la domiciliaria se revoca de inmediato y pasa al sistema carcelario tradicional”, explicó.
Las condiciones que establece el proyecto son:
• La permanencia obligatoria en el domicilio bajo estricta supervisión.
• La participación en programas de resocialización y formación laboral.
• La instalación de dispositivos electrónicos de monitoreo para garantizar el cumplimiento de las condiciones.
En caso de incumplimiento, se prevé la revocación inmediata de la medida.
En el proyecto de ley se establece un criterio de elegibilidad de las personas que podrían acceder a las tobilleras, en el que se prioriza a adultos mayores, personas con discapacidad o enfermedades graves, mujeres embarazadas y responsables del cuidado de niños, adolescentes o personas con discapacidad.
“Este enfoque garantiza un trato justo y adecuado, respetando los principios de igualdad y los compromisos asumidos en tratados internacionales. Además, asegura que las medidas alternativas respondan a las necesidades particulares de cada grupo, promoviendo su bienestar y protección”, justifican las legisladoras.
Hay un quinto grupo de personas elegibles, según el texto del proyecto de ley: “Personas a las que, la prisión en un establecimiento penitenciario, como modalidad de encierro, se estime desproporcionada o innecesaria para el cumplimiento de los fines procesales”.
Es una categoría más ambigua, que puede abrir el espectro a numerosas situaciones.
Fernández ejemplificó que esa categoría está pensada para “personas que por caso tengan un trabajo home office y que si son alojados en un establecimiento penitenciario por un delito leve pierden el trabajo y son arrojadas al basural de la exclusión”.
La legisladora radical Alejandra Ferrero ve otro grupo posible de beneficiarios de esta quinta categoría: “hay jóvenes que están detenidos por hurtos o delitos menores, con graves problemas de adicciones, con quienes hay que ampliar la mirada y salir sólo de lo punitivo”. Pero anticipó que en comisión buscará delimitar todo lo posible este punto, para evitar que por aquí se cuelen muchas otras situaciones. De movida, no cree Ferrero que sea útil aplicar este criterio en casos de denuncias por amenazas, coerciones o hasta lesiones leves de violencia de género. Fernández no ve problemas en incluir a este grupo, que es uno de los más numerosos con procesos abiertos en la Justicia que hoy ocupan las cárceles provinciales y no tienen, en muchos casos, pronóstico de condena de cumplimiento efectivo por el tipo de delito que se le atribuye. “Son personas que van a salir en un corto periodo de tiempo y lo harán sin ningún monitoreo. Esto aporta una medida adicional de protección”, interpretó la oficialista.
A pesar de esta diferencia, Ferrero justificó su apoyo a este proyecto, que impulsa el oficialismo. Incluso reconociendo que parte de la sociedad no quiere saber nada con mejorar las condiciones de detención de quienes están presos. “Esta es una demanda del sistema y quiero ser coherente con lo que siempre trabajé desde el Colegio de Abogados, cuando nos oponíamos al uso sistemático de las prisiones preventivas de la Justicia de Córdoba, procesos que se dilatan y que llevan a una violación de derechos humanos y, a la vez, al colapso del Servicio Penitenciario. Hace mucho tiempo que se viene pidiendo una flexibilización para los casos donde no hay peligro de fuga ni de entorpecimiento de la investigación que pueden tener una detención cautelar domiciliaria, con distintos dispositivos”, explicó.
“A las personas de baja peligrosidad, responsables de cuidados, que no van a obstruir el proceso, ¿para qué las vas a tener hacinadas, cuando tenemos más de 3.500 presos de exceso? Esto sincera el sistema penitenciario”, remarcó.
El que lo usa, lo paga
El proyecto establece como regla que el costo de estos dispositivos será asumido por el imputado, con una excepción para los casos de vulnerabilidad socioeconómica, en los que serán proporcionados gratuitamente por el Estado.
En los casos en los que efectivamente se pueda hacer que el costo recaiga en el imputado, el Servicio Penitenciario tendrá un doble ahorro: no pagar la tobillera y dejar de sostener el alojamiento del detenido.
“Esto va en sintonía con lo que expresa una parte de la opinión pública que pide que no sea el Estado el que pague todos los gastos de una persona que cometió un delito”, corrió, por derecha, Fernández.
Descompresión penitenciaria
Si bien el proyecto se presenta “para situaciones excepcionales y/o extraordinarias donde los operadores judiciales del sistema penal puedan disponer de la aplicación de medidas alternativas, como la detención cautelar domiciliaria”, la expectativa del Gobierno provincial es que el MPF lo adopte y lo ponga en marcha para comenzar a descomprimir el colapso del Servicio Penitenciario.
Actualmente están alojadas en los establecimientos penitenciarios de Córdoba 13.500 personas y hay una población fluctuante de unos 1.300 detenidos diarios en la Unidad de Contención del Aprehendido (UCA). A su vez, ya existen 500 presos con domiciliarias. Se trata de condenados con sentencia firme, para quienes existen activas apenas 80 tobilleras.
“Se puede contribuir a la descompresión del sistema, pero sin por esto hacer que los sujetos no cumplan con lo que requiere la Justicia. Se trata de algo sensato, que responde a una demanda que tenían jueces y fiscales”, valoró Nadia Fernández.
Para la legisladora Ferrero, “ni la política ni la Justicia tiene que escuchar únicamente la demanda social de seguridad, sino que debe resolver también una demanda del sistema”, definiendo que “con un régimen punitivo sólo se van a seguir multiplicando módulos y no se va a detener la puerta giratoria”.
“Esto descomprime el Servicio Penitenciario y puede garantizar distintas condiciones adentro, algo importante porque estamos siendo observados por organismos de Derechos Humanos por hacinamiento carcelario”, defendió la legisladora.
El sistema de control y monitoreo
El proyecto crea el Sistema Interdisciplinario de Gestión de Medidas Alternativas (Sigma), con dependencia en el MPF. El monitoreo de los dispositivos estaría a cargo del Servicio Penitenciario de Córdoba. El Sigma será el encargado de coordinar, supervisar y garantizar el cumplimiento de las medidas alternativas con un enfoque interdisciplinario. Esto incluye la provisión gratuita de dispositivos electrónicos en casos de vulnerabilidad socioeconómica.
La expectativa que tienen los impulsores de la iniciativa es que disminuya la reincidencia al facilitar la reinserción social de los imputados.
A su vez, como las medidas pueden cumplirse en el domicilio del imputado, en el de otra persona o en una institución adecuada para su recuperación terapéutica, pueden abrir el camino para que una persona con consumos problemáticos de drogas pueda tener una tobillera mientras está internado y bajo tratamiento.
“La implementación de programas de resocialización, formación laboral y tratamiento psicológico fomenta la reinserción de los imputados en la sociedad, reduciendo significativamente los índices de reincidencia. Este enfoque no sólo genera un impacto positivo en el tejido social, sino que también disminuye los costos asociados a nuevos delitos, beneficiando tanto a la economía como a la seguridad pública”, fundamentaron las autoras del proyecto.
Escucha a las víctimas
El proyecto establece que las víctimas de los delitos que se le atribuyen a quien está por recibir una tobillera para cumplir una detención domiciliaria serán informadas y “escuchadas”.
Se cuida mucho el proyecto de dar a entender que hasta allí llega el compromiso: no se les asigna un derecho de veto a la medida.
“El equilibrio entre los derechos del imputado y la protección de las víctimas es un eje central del proyecto. Las víctimas serán informadas de las decisiones procesales y tendrán derecho a ser escuchadas si así lo solicitan, fortaleciendo su confianza en el sistema judicial y asegurando que sus derechos sean plenamente respetados”, dice uno de los artículos que seguramente generará más debate en la Legislatura.
El caso testigo de M.S.M.
M.S.M., el adolescente de 15 años multirreincidente y no punible, un caso sin solución hasta que la Justicia Penal Juvenil habilitó a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) a colocarle una tobillera que monitoreara sus movimientos, es un caso testigo para esta iniciativa.
M.S.M. ya tiene puesto el dispositivo dual, que es monitoreado por el Servicio Penitenciario de Córdoba, en una medida “excepcional” autorizada por la Justicia luego de rechazar antes la posibilidad de que sea alojado en un dispositivo alejado de menores punibles pero sin posibilidad de salir cuando lo desee porque la regla para el tratamiento de chicos no punibles sigue siendo la libertad.
La tobillera saltó el laberinto como una herramienta que no se define de coerción, sino de control.
Para la legisladora Alejandra Ferrero, este caso puede mostrar el camino para otros similares. “Jóvenes, con un primer ingreso por un hurto o un delito menor, con problemas de adicciones y falta de contención”, describió.
“Si bien el responsable de tomar este criterio será el juez o el fiscal, es una deuda pendiente del Poder Judicial confiar en sistemas alternativos de justicia. Es lo que se viene, incluso en el caso de niños, niñas y adolescente en conflicto con la ley penal juvenil. Si no se aplican métodos alternativos, habrá que seguir multiplicando lugares de encierro, que nunca van a ser suficientes ni útiles para una resocialización”, justificó Alejandra Ferraro.
El tratamiento de esta reforma coincide con el planteo de reforma del Código Procesal en Penal Juvenil, que impulsa el oficialismo y que prevé, como “penúltimo recurso” el uso de tobilleras para adolescentes punibles y no punibles que no se adecuan a otras estrategias de abordaje.