La Municipalidad de Córdoba promulgó la ordenanza de perros potencialmente peligrosos en la ciudad mediante la publicación en el Boletín Municipal. La reglamentación prevé un plazo de 180 días desde su fecha de difusión, el 23 de octubre.
La norma que lleva el nombre “Trinidad”, en honor a la adolescente muerta en barrio Estación Flores por dos perros dogos, modificó los artículos de la normativa N° 13.321, que creó el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos (RMPPP) a través de la aplicación “Huella Animal”, también la norma 9.575 de animales domésticos, la ordenanza 11.006 de animales domésticos de compañía y la ordenanza 12.468 del Código de Convivencia de la ciudad de Córdoba.
La reglamentación, que fue aprobada el 29 de septiembre por el Concejo Deliberante y con la presencia en el recinto de la madre Trinidad, se basa en dos ejes centrales: generar la trazabilidad que permita el seguimiento de estos animales e impulsar su tenencia responsable con las nuevas exigencias.
Aplicación
El principal órgano de control es el Ente BioCórdoba con la registración de los animales en “Huella Animal”, los controles de los requisitos y obligaciones de tenedores.
La norma contempla la gestión de una licencia para los propietarios de los animales, como “tenedor de perros potencialmente peligrosos”, mediante la inscripción de esos animales en el registro oficial.
Además, la contratación de un seguro de responsabilidad civil, que cubra eventuales daños a terceros, y realizar capacitaciones de tenencia responsable. Para obtenerla debe no haber sido sancionado por infracciones relacionadas con la tenencia de animales y declarar el domicilio donde se alojará el animal.
También exige mayores controles para los establecimientos que comercializan animales peligrosos y la entrega del certificado de salud del animal al comprador. Y en el caso de los nuevos dueños, la acreditación de los requisitos descriptos previamente como obligación excluyente para poder concretar la compra.
“Los responsables de los criaderos deberán llevar un registro detallado de la entrada y salida de los animales a su cargo e informarlo a la autoridad de aplicación periódicamente, en un plazo máximo de 60 días a contar desde el informe anterior, por vía electrónica o en la forma que establezca la reglamentación”, indica la ordenanza.
También está prohibida la comercialización de animales en la vía pública.
Requisitos para inscribir a un animal peligroso
La inscripción en el Registro estará a cargo del tenedor responsable quien debe cumplir los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años, contar con un certificado de aptitud psico-física y de capacitación sobre tenencia responsable de animales de compañía y potencialmente peligrosos.
Además no haber sido sancionado por infracciones anteriores en materia de tenencia de animales, contar con una declaración jurada del origen del animal, un certificado expedido por veterinario matriculado respecto al plan sanitario del animal, un acta compromiso del sistema de identificación y procedimiento de castración del animal y declarar el domicilio donde el animal se encontrará alojado, y una constancia de inicio de trámite para la obtención de una licencia de “Tenedor de Perro Potencialmente Peligroso (PPP)”, y contratar el seguro de responsabilidad civil.
En caso de transferencia de perros potencialmente peligrosos se deben cumplimentar los requisitos anteriores y el nuevo dueño o tenedor deberá actualizar la registración en Huella Animal, dentro de los dos días de la entrega del animal.
Violencia
En el caso de un episodio de violencia por parte de un perro potencialmente peligroso, el tenedor del animal, la víctima, un tercero o el médico veterinario interviniente, deben dar a conocer el hecho ante la autoridad de aplicación, quien lo incorporará en el Registro si no estaba inscripto o anotará el hecho en el legajo si ya estaba registrado. Y comunicar a la autoridad judicial.
En caso de sustracción o extravío de un perro potencialmente peligroso, el tenedor denunciará ante Policía en un plazo máximo de dos días de producido el hecho.
A su vez, la autoridad de aplicación convendrá mecanismos de cooperación y coordinación de acciones con el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y con el Ministerio Público Fiscal para articular su actuación en el marco de la normativa vigente.
Además, de la difusión de la campañas sobre la temática y la tenencia responsable, la autoridad de aplicación promoverá el funcionamiento de una patrulla municipal animal con móviles que recurrirán a los hogares, ante denuncias, para verificar que se hogares cumplan con las condiciones de seguridad que exige la tenencia de animales peligrosos (vallado, puertas resistentes con una altura de dos metros, señal de advertencia, entre otros).
Y la realización de un censo y mapa territorial de riesgo que comprenda perros sin dueño y potencialmente peligrosos para elaborar políticas públicas.
Castración
Todo dueño o tenedor de perro potencialmente peligroso deberá llevar a cabo el procedimiento de castración del animal mayor a seis meses, en establecimientos públicos o privados, debiendo la autoridad de aplicación, a través de la Dirección de Fauna Doméstica o la que en el futuro la sustituya.
Quedan exceptuados de la obligación de castrar al animal los traspasos entre centros de cría debidamente habilitados por autoridad competente, y los casos en los cuales el profesional veterinario justifique la inconveniencia de la castración, lo que será posteriormente supervisado por los médicos veterinarios dependientes de la autoridad de aplicación.
Sanción
Si el dueño, tenedor o paseador de perros potencialmente peligrosos incumple la norma será sancionado con el decomiso del animal, el que será inmediatamente alojado en lugar apropiado y a determinar por la autoridad de aplicación.
Además será sancionado con multa de cincuenta 50 a doscientas cincuenta 250 Unidades Económicas Municipales (UEM) y con capacitación de manera complementaria.
En caso de reincidencia, el mínimo y el máximo de la multa se incrementan en un 100%.
Qué dicen los veterinarios
El Colegio Médico Veterinario de Córdoba (CMVC) rechaza algunos de los puntos de la norma por considerar que esta vulnera el ámbito de actuación profesional de los médicos veterinarios.
Uno de los puntos de debate es el siguiente: “Los profesionales a cargo de establecimientos que presten servicios médicos veterinarios, que estén vinculados a criaderos o no, y reciban perros potencialmente peligrosos para su atención, deberán pedir el trámite de inscripción en la aplicación informática Huella Animal”.
Y el que prevé que “la inobservancia de esta obligación hará solidariamente responsable a los profesionales tratantes y al titular del establecimiento involucrado, conjuntamente con los propietarios o tenedores del perro potencialmente peligroso, ante cualquier evento dañoso resultante y será causal de revocación de la habilitación oportunamente otorgada”.
La preocupación del CMVC es el “deslinde de responsabilidad de la Municipalidad de Córdoba de sus potestades, quien debe controlar y sancionar a los tenedores. Y transforma a los veterinarios en cuasi inspectores municipales, sin las potestades de la función”.
Y que expone a los profesionales veterinarios a situaciones que podrían llegar a generar daños y perjuicios, en confrontación directa con el responsable del animal.
Razón por la cuál solicitaron una reunión al intendente Martín Llaryora que aún no fue confirmada. El veterinario Omar Robotti, (MP:1309), presidente del Tribunal de Disciplina del CMVC, le dijo a La Voz que esperarán que se reglamente la norma y en base a eso verán qué medidas tomarán. “Siempre estuvimos abiertos al dialogo, y a aportar ideas y conocimientos”, expresó.