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Ciudadanos / ultraprocesados

Con cambios, limitan la exhibición de productos alimenticios antes de la línea de cajas

El Concejo Deliberante de Córdoba quitó la referencia a “ultraprocesados” y creó una comisión que incluye a los industriales para definir los productos que podrán estar en ese lugar privilegiado.

14 de mayo de 2021,

00:06
Ary Garbovetzky
Ary Garbovetzky
Con cambios, limitan la exhibición de productos alimenticios antes de la línea de cajas
Sesión del Concejo Deliberante, presidida por Sandra Trigo, en la que se trató la limitación a la exhibición de alimentos poco saludables antes de la línea de cajas. (Ramiro Pereyra / La Voz) Ramiro pereyra

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La prohibición a la exhibición de productos alimenticios ultraprocesados en línea de cajas para evitar el consumo compulsivo se convirtió en una restricción que elimina el término ultraprocesado y lista como permitidos las frutas frescas, los frutos secos sin azúcar agregada, los productos sin Tacc y los dietéticos o light.

Una comisión que funcionará bajo la coordinación de la Secretaría de Salud municipal –autoridad de aplicación de la ordenanza– definirá en 90 días el listado completo de productos alimenticios que podrán mostrarse en “la última milla” del comprador en supermercados y en otros comercios afines.

De este modo, el Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba buscó salir del brete en el que había entrado a partir del fuerte rechazo de las dos cámaras que agrupan a los industriales de la alimentación contra la iniciativa.

Los 90 días –prorroglables por “circunstancias extraordinarias”– también son el período ventana para que los comercios adecuen sus góndolas y exhibidores.

La salida con la eliminación del término “ultraprocesado” –objetado por las cámaras empresariales porque no está nomenclado por la Anmat– fue propuesta por el concejal Juan Pablo Quinteros (Encuentro Vecinal Córdoba), uno de los coautores del proyecto junto con el oficialista Nicolás Piloni (Hacemos por Córdoba). “Entre lo ideal y nada, lo posible”, justificó Quinteros, quien propuso este cambio para evitar que el proyecto regrese a comisión en atención a las objeciones de los industriales y allí quede “planchado”.

El artículo de la polémica quedó redactado de esta manera: “El que exhibiere productos que no se encuentren categorizados como frutas, frutos secos, productos libres de gluten, dietéticos y similares, todos sin azúcar agregada, en supermercados, hipermercados y farmacias con horarios de funcionamiento amplio y formato de autoservicio, dentro de un radio de tres metros de la caja registradora de pago o cualquier otra área de cobro localizada a los efectos –frente a las cuales se dispone a los clientes y/o consumidores en una fila o línea de espera para efectivizar el pago del/los producto/s seleccionados para su adquisición–, será sancionado con una multa de 150 a 500 unidades económicas de multa (UEM)”. Esto equivale, al valor actual de la UEM, a una sanción que va de 112.800 a 376 mil pesos.

Largas negociaciones

La falta de acuerdo sobre este tema dilató el inicio de la sesión ordinaria del Concejo Deliberante capitalino. La presidenta provisoria del cuerpo, Sandra Trigo, reunió a los presidentes de cada bloque e indicó que hasta que haya un acuerdo sobre este tema no inauguraría el debate. Demoró casi dos horas el acuerdo. El viceintendente Daniel Passerini no pudo asistir por ser contacto estrecho de un caso positivo de Covid-19 y, por protocolo, debía cumplir aislamiento.

Piloni, por su parte, dijo que en la nueva redacción se hace énfasis en lo que se quiere promover: frutas, frutos secos, productos para celíacos y dietéticos. “El listado de la categoría se realizará en trabajo conjunto con las instituciones involucradas (todas)”, detalló Piloni, en un chat de WhatsApp a La Voz. En todas, entre paréntesis, abre el juego a las cámaras industriales a integrarse en la comisión que definirá el listado y a hacer sus propuestas. Esto fue un pedido expreso del intendente Martín Llaryora a sus concejales: que busquen el consenso con todas las partes.

Esta preocupación quedó contenida en la nueva redacción del artículo 3 de la ordenanza. “Dispónese que las sanciones establecidas entrarán en vigencia a partir de los 90 días de promulgada, prorrogable por igual período siempre que se acrediten circunstancias excepcionales, plazo en el que se deberán adaptar las instalaciones. Asimismo, durante dicho período se deberá confeccionar el listado de productos permitidos junto con organizaciones civiles, colegios profesionales, cámaras empresariales y aquellos que la autoridad de aplicación determine con la participación del Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba”. Existe una mención expresa a las cámaras empresariales, como parte de esta comisión reglamentadora.

“Esto no termina acá, ahora sigue en el Ejecutivo, con la reglamentación, para que se integren todos los sectores que han participado. Pero hoy estamos dando un gran paso, quizás no el que pretendíamos, pero es importante. Este es un paso en la lucha contra un flagelo como la obesidad infantil”, enfatizó Piloni.

La autoridad de aplicación será la Dirección de Calidad Alimentaria, de la Secretaría de Salud municipal.

El proyecto salió aprobado por todos los concejales, con excepción de Olga Riutort y de Cintia Frencia, que se abstuvieron. Riutort acuerda con el criterio de los industriales de que toda regulación alimentaria está en manos de la Nación y Frencia porque se opone, en forma dogmática, al Código de Convivencia municipal.

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