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Ciudadanos / Uber

Ciudad de Córdoba. Concejales exigen que se promulgue la ordenanza que regula las “apps” de transporte

Los concejales radicales reclamaron al Ejecutivo municipal que cumpla con la Carta Orgánica. La falta de publicación frena la entrada en vigencia de la norma.

2 de octubre de 2025,

15:41
Diego Marconetti
Diego Marconetti
Concejales exigen que se promulgue la ordenanza que regula las “apps” de transporte
Piden que se promulgue la ordenanza de aplicaciones de transporte en Córdoba (La Voz / Archivo).

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El bloque de concejales de la Unión Cívica Radical (UCR) exigió al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Córdoba que la ordenanza que regula el funcionamiento de las aplicaciones de transporte, aprobada el pasado 14 de agosto por amplia mayoría en el Concejo Deliberante, se publique de inmediato en el Boletín Oficial.

Según esa bancada, la demora en la oficialización “atenta contra el principio de publicidad de los actos de gobierno y genera incertidumbre entre usuarios, choferes y autoridades de control”.

La norma creó la figura de Servicio Privado de Interés Público de Transporte a través de Plataformas Electrónicas, pero aún no está en vigencia porque falta este paso administrativo.

Los ediles opositores advirtieron que el Ejecutivo no tiene excusas para continuar dilatando el trámite. “La ordenanza fue votada y aprobada democráticamente. Ahora corresponde que se publique para que entre en vigor y empiece a dar respuestas a un problema que impacta en la vida cotidiana de miles de cordobeses”, remarcaron.

Los argumentos del bloque radical

En un comunicado, los concejales señalaron que la seguridad jurídica y el respeto institucional no pueden quedar sujetos a la “discrecionalidad ni a las demoras administrativas”.

De esa manera, responsabilizaron directamente al Departamento Ejecutivo por mantener en suspenso un marco legal que había sido reclamado tanto por sectores políticos como por parte de la sociedad civil.

Desde la oposición recordaron que el texto fue el resultado de meses de debate en comisión y que alcanzó 28 votos a favor en el recinto, con sólo dos en contra y una abstención. “Se trató de una decisión amplia y transparente, que ahora está frenada por la falta de cumplimiento del Ejecutivo en publicar lo aprobado”, expresaron.

Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba. ( La Voz)
Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba. ( La Voz)

La explicación desde el Ejecutivo

Fuentes municipales indicaron en reserva que, tras la sanción de la ordenanza, se decidió invitar a las empresas interesadas a conocer el procedimiento de registro digital antes de dictar la reglamentación definitiva.

El objetivo habría sido que pudieran hacer observaciones sobre los requisitos técnicos y administrativos.

De acuerdo con esas versiones, luego de varios intentos de diálogo, las plataformas aceptaron participar cuando la reglamentación ya estaba prácticamente lista. Esa instancia de intercambio retrasó el proceso, aunque desde el Ejecutivo no se difundió una fecha precisa para la publicación en el Boletín Oficial.

En paralelo, se conoció que entre los aspectos que podrían quedar definidos en la reglamentación figura la identificación de los autos que trabajen para las aplicaciones mediante un código QR visible en el vehículo.

Ese mecanismo permitiría a los usuarios verificar en forma inmediata si la unidad está habilitada, sumando un elemento de control adicional.

Los puntos conflictivos de la ordenanza

La ordenanza establece requisitos para las empresas, los propietarios de los vehículos, las unidades y los conductores. Entre ellos, se fijan condiciones de inscripción en el Registro Digital Municipal, exigencias de seguros, ITV aprobada y licencia de conducir profesional (clase D1).

Taxistas y remiseros, agrupados en diversas organizaciones, protestaron varias veces frente al Concejo Deliberante de Córdoba. (José Gabriel Hernández / La Voz)
Taxistas y remiseros, agrupados en diversas organizaciones, protestaron varias veces frente al Concejo Deliberante de Córdoba. (José Gabriel Hernández / La Voz)

Uno de los puntos más polémicos es el artículo 9, que faculta a la autoridad de aplicación a establecer un cupo de vehículos habilitados mediante resolución administrativa. Este mecanismo podría limitar la cantidad de choferes en función de criterios de demanda y densidad poblacional. Fue una de las cláusulas que generó mayor resistencia tanto en el sector de taxistas como entre los defensores de las aplicaciones.

La ordenanza también fija que las tarifas tendrán un valor mínimo nunca inferior al boleto del transporte urbano y que podrá aplicarse tarifa dinámica si se informa previamente al usuario. Además, se prohíbe a los conductores exceder las 12 horas de trabajo diarias, aunque se admite que estas puedan dividirse en diferentes turnos.

El rechazo al amparo de los taxistas

Mientras tanto, en el plano judicial hubo novedades. La Cámara Contencioso Administrativa de 2ª Nominación de Córdoba declaró “manifiestamente inadmisible” un recurso de amparo presentado por el Sindicato de Peones de Taxi. La acción, encabezada por el secretario general Héctor Miguel Arias, buscaba que se declarara inconstitucional la Ordenanza N° 13.549/2025.

El tribunal consideró que el amparo no es el mecanismo adecuado para impugnar una norma general y que el sindicato no demostró la existencia de un daño concreto, actual o inminente. Según el fallo, para que un amparo sea procedente debe existir un acto específico de la autoridad que lesione un derecho en forma inmediata, lo que no ocurrió en este caso.

Los argumentos gremiales

En su presentación del 9 de septiembre, el sindicato había planteado que la ordenanza legaliza una “competencia desleal” al imponer condiciones más flexibles a las plataformas que a taxis y remises. También denunciaron que las aplicaciones cobran entre un 50 y un 60% menos por viaje, lo que impacta en la recaudación del sector.

Además, acusaron a la norma de fomentar la precarización laboral, al no exigir que los choferes estén en relación de dependencia ni garantizarles derechos laborales básicos como obra social, aportes previsionales o vacaciones. Por último, cuestionaron que al definirse como servicio privado de interés público se redujeran las facultades de control directo por parte de la Municipalidad.

El sindicato afirmó que, incluso antes de la ordenanza, la presencia de las aplicaciones ya había reducido más de un 50% la cantidad de viajes y la recaudación de los taxis en la ciudad.

Las aplicaciones digitales de transporte urbano, en debate.  (foto Freepik)
Las aplicaciones digitales de transporte urbano, en debate. (foto Freepik)

El fundamento de la Cámara

Los jueces argumentaron que el amparo es un remedio excepcional reservado para casos de ilegalidad manifiesta y urgente. En este caso, entendieron que existe otra vía judicial más adecuada: la acción declarativa de inconstitucionalidad, que permite un análisis más amplio y la presentación de pruebas.

Por esa razón, el 24 de septiembre la Cámara resolvió rechazar el amparo por inadmisible, aunque sin imponer costas al sindicato demandante. De esa manera, la ordenanza sigue vigente en su plano formal, aunque todavía sin aplicarse en la práctica por la falta de publicación y reglamentación.

Un escenario abierto

Con la oposición presionando para que se cumpla con la publicación, las plataformas a la espera de definiciones y los taxistas llevando sus reclamos a la Justicia, el panorama sigue marcado por la incertidumbre. La reglamentación y la oficialización en el Boletín Oficial serán pasos determinantes para ordenar el servicio y definir cómo convivirán taxis y aplicaciones en Córdoba.

Hasta que ello ocurra, la actividad continuará en una zona gris normativa: con una norma aprobada pero aún sin entrar en vigor, choferes y usuarios esperan respuestas concretas para un servicio que ya forma parte de la vida cotidiana de la ciudad.

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