Un reciente fallo de la jueza de Familia María de los Ángeles Pascual declaró en situación de adoptabilidad a un bebé concebido por gestación por sustitución.
El niño nació nueve semanas antes de término en el Sanatorio Allende de Córdoba y debió permanecer internado varios días por complicaciones respiratorias.
La historia ya había generado conmoción meses atrás, cuando se conoció que, tras el parto, la gestante cordobesa dijo al equipo médico: “Yo no soy la madre”, señalando a una ciudadana francesa que lo había encargado a través de una agencia de Buenos Aires.
Sin embargo, la mujer francesa desistió de su voluntad procreacional y no quiso establecer ningún vínculo con el recién nacido.
Por su parte, la gestante, también en una situación económica vulnerable, dijo que no podía hacerse cargo del niño, aunque pidió que fuera adoptado por una familia que lo amara.
Tras recibir el alta, el bebé fue puesto bajo resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) y trasladado a una familia de acogimiento.
“Una vulneración a la dignidad humana”
En su resolución, Pascual consideró que el abandono constituyó “una vulneración directa a su dignidad humana”. Advirtió que, en este caso, el niño fue tratado “como un producto rechazado” y remarcó: “La vida no es un producto, y un niño no es un objeto que puede ser rechazado si no cumple expectativas”.
La magistrada fue más allá y cuestionó las prácticas comerciales detrás de la subrogación: “Cosificar a un niño es negarle su humanidad desde el inicio. Es verlo como el resultado de una inversión económica, como un bien que debe satisfacer al cliente”. Subrayó que ningún ser humano debería comenzar su vida “bajo la mirada de un encargo fallido”, indicaron en el portal Justicia Córdoba.
La protección del niño como prioridad
En su fallo, Pascual recordó que los principios superiores de protección a la infancia son independientes de los contratos privados: “Cada niño, sin importar cómo ha sido concebido, es un sujeto de derecho y merece respeto, cuidado y amor”.
Mientras el bebé espera una familia definitiva, el caso dejó lecciones para el sistema judicial y político. Expone la necesidad de un debate serio sobre la regulación de la subrogación, la responsabilidad de las agencias y clínicas, y la urgencia de evitar que los niños sean tratados como “productos devueltos”.
En palabras de la jueza: “Nunca un niño puede ser tratado como un encargo… toda vida humana merece ser bienvenida no como un objeto deseado, sino como un sujeto amado”. La historia del pequeño cordobés recuerda que, detrás de cada técnica de reproducción asistida, hay vidas reales que merecen dignidad y protección.
Vacíos legales y turismo de fertilidad
El caso reabre un debate complejo. En Argentina, la gestación por sustitución no está regulada: no hay una ley específica y rige el principio de que “todo lo que no está prohibido está permitido”.
Esta falta de marco legal permitió el desarrollo de un “turismo de fertilidad” que atrajo a padres intencionales extranjeros, principalmente europeos, que contrataban agencias para concretar embarazos en el país.
En los últimos años, la Justicia argentina abrió al menos 49 causas vinculadas a posibles casos de trata de personas y explotación de mujeres gestantes.
En Córdoba, el fiscal federal Enrique Senestrari junto con el fiscal Carlos Gonella investigan 12 casos sospechados de captar mujeres en situaciones vulnerables para subrogaciones comerciales.
En este caso, se secuestró dinero destinado al pago de la gestante y dispositivos electrónicos de la abogada que habría intermediado.
La Corte Suprema y los jueces provinciales ya instaron al Congreso a legislar sobre la materia, pero el debate sigue empantanado.
El vacío legal hizo que los tribunales debieran resolver cada situación sin contar con una ley que estableciera un marco claro para la práctica.
Aunque se intentó incluir la temática en el cambio del Código Civil y Comercial de 2015, no se pudo incluir por lo que algunos especialistas definieron como “presión de los grupos conservadores”.
Mientras tanto, los bebés nacidos bajo esta práctica quedan en un limbo legal: para inscribirlos, en muchos casos deben pasar por procesos judiciales, e incluso atravesar situaciones de acogimiento o adopción.
Un fenómeno en retroceso pero aún presente
La revocación de medidas cautelares en Buenos Aires, que entre 2017 y 2024 permitían inscribir a los niños directamente a nombre de los padres intencionales, cerró la puerta a prácticas más ágiles pero también descontroladas.
Muchas clínicas y agencias dejaron de ofrecer el servicio a extranjeros, aunque los casos en curso siguen generando conflictos.
Expertos advierten que, incluso en acuerdos altruistas, las tensiones pueden ser profundas: la falta de regulación expone tanto a gestantes como a niños a situaciones de riesgo.
El caso de Córdoba evidencia cómo, sin voluntad procreacional ni red de contención, un bebé puede terminar institucionalizado o depender de la rápida intervención estatal.