La causa que tiene al exfuncionario provincial Diego Concha como acusado de abusar sexualmente a Luana Ludueña, una joven bombera de 26 años quien luego se suicidó, tiene tres antecedentes recientes en Córdoba.
Luana Ludueña se quitó la vida en enero de 2022 luego de denunciar que había sido abusada por Concha cuando éste era su jefe y le estaba ofreciendo trabajo en la fuerza.
El primero de los antecedentes de condena que existen y que marcó un antes y un después en la jurisprudencia nacional, o “leading case” (caso testigo) es el de Sathya Insaurralde, una joven que se quitó la vida en enero de 2020, a sus 19 años tras sufrir padecimientos psicológicos y psiquiátricos producto de los abusos sexuales reiterados que vivió en su infancia. Su padre la abusó durante seis años consecutivos, cuando la niña tenía entre 8 y 14 años.
El 2 de julio de 2021 la justicia de Córdoba condenó al padre de Sathya, Walter Emanuel Insaurralde, por esos abusos y también lo responsabilizó por el suicidio de la joven. La Cámara Tercera del crimen de la ciudad de Córdoba lo condenó a prisión perpetua bajo la figura de “homicidio con motivo de abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo y la convivencia preexistente, en concurso ideal con promoción a la corrupción de menores de 18 años de edad, doblemente agravada por el vínculo y por el medio intimidatorio (art. 45, 124 en función del 119 tercer párrafo, incisos. B y F del cuarto párrafo, 54 y 125 tercer párrafo del Código Penal)”.
La figura de “homicidio con motivo de abuso sexual” del Código Penal se usaba normalmente para casos en los que las víctimas de abuso sexual morían a causa de las lesiones físicas causadas por ese abuso o para otros casos circunstanciales, por ejemplo, que la víctima, producto de la conmoción por ese abuso, salga corriendo y la atropelle un auto. Por todas esas razones, el abusador, aunque no haya matado en forma directa a la víctima, puede ser condenado por homicidio.
En el caso de Sathya, tanto la querella de la causa, como el fiscal y el tribunal técnico junto con los jurados populares entendieron que las circunstancias que llevaron a Sathya a la autodeterminación fueron las graves lesiones mentales y psíquicas que le provocaron los abusos.
Para llegar a esa conclusión fueron claves los análisis exhaustivos de las pericias psicológicas y psiquiátricas presentadas, realizadas por peritos oficiales, peritos de parte y las profesionales particulares que atendían a Sathya en sus distintas internaciones. De esa prueba surgió que el único motivo de los reiterados intentos de quitarse la vida que había tenido Sathya había sido los abusos sufridos en la niñez.
“Los abusos sexuales perpetrados en la infancia son como un tiro a la psiquis que deja esquirlas y sólo Dios sabe hasta dónde llegan”, dijo en el juicio la psiquiatra personal de Sathya, Stella Maris Maldonado.
Dos fallos posteriores
El caso de Sathya, considerado el primero en América Latina, según indicó Marcelo Hidalgo, el fiscal de cámara de esa causa, no fue el único. Dos fallos posteriores tuvieron lugar en Córdoba con condenas por las mismas figuras.
El 15 de junio de 2023 la Cámara 6ª del Crimen de la ciudad de Córdoba condenó a prisión perpetua a dos hermanos, Cristian Omar Céliz y a Alejandro Nahuel Céliz por los abusos cometidos contra dos medias hermanas, una de las cuales se suicidó. Los abusos ocurrieron durante cuatro años (entre 2015 y 2019 aproximadamente) cuando las hermanas tenían 8 y 4 años.
En esta causa también fueron claves los peritajes psicológicos: “Se infieren signos compatibles con victimización de tipo sexual, como angustia, pesadillas, sentimiento de culpa, inseguridad, miedo, tensión y somatizaciones específicas”, detalló en el primer informe la perito.
En el caso de la hermana menor, actualmete adolescente, fueron claves los resultados de la Cámara Gesell, el análisis psicológico que determinó graves consecuencias de los abusos.
En otra causa, de diciembre de 2023, la Cámara 12° del Crimen condenó a Horacio Tapia a prisión perpetua por abusar durante 18 años a su hija y por ser responsable de la muerte de ella, quien se suicidó en diciembre de 2020 producto de deterioro psicoemocional. La joven estaba por cumplir 22 años. Desde los cuatro y hasta los 21 había sido abusada por su padre.
Estas causas marcaron un giro en la forma en que la justicia analiza y juzga estos casos que siempre sucedieron pero que hoy se les da otra mirada, con una pena equiparable a la de femicidio que es de prisión perpetua.
Lo novedoso también radica en que se ponderan las lesiones psicológicas, algo que muchas veces se les da un valor menor que a las lesiones físicas. En estas “esquirlas” en las psiquis que causan los abusos sexuales (sobre todo los reiterados y prolongados en el tiempo) radican las explicaciones de las muertes autoinfligidas de sus víctimas.
Si bien el caso de Luana guarda algunas diferencias con las causas anteriores, sobre todo el vínculo y la prolongación de los abusos, guarda algunas similitudes en cuanto a las consecuencias psicológicas que padeció la joven tras el abuso y que fueron ponderadas por la fiscalía de instrucción de Carlos Paz, a cargo de Jorgelina Gómez al elevar la causa a juicio con esa calificación. Serán claves aquí también para el tribunal la autopsia psicológica de la víctima y el contexto en el que sucedió su autodeterminación.