El Gobierno nacional desreguló completamente los precios de las cuotas y matrículas de los colegios de gestión privada.
La medida fue plasmada este martes mediante la publicación del Decreto 787/2025 en el Boletín Oficial, con la que derogó el Decreto N° 2417 de 1993, instando a las instituciones a implementar su propia “política de precios”.
Dicha norma había complementado el marco del financiamiento educativo establecido en 1991 (Decreto N° 2542/91), introduciendo regulaciones específicas para los aranceles y la comunicación de precios a los responsables de los alumnos.
No obstante, el Gobierno justifica la nueva medida argumentando que la normativa anterior presentaba limitaciones que dificultaban la adaptación de los institutos de enseñanza a las realidades económicas y educativas actuales.
Además, se señala que el contexto normativo y fáctico de su origen ya no es aplicable, dado que la administración educativa fue transferida a las provincias conforme al principio federal.
La decisión del Gobierno nacional se produce en un contexto donde las instituciones educativas definen sus matrículas para 2026.
Los argumentos de la medida
Las autoridades nacionales indicaron que la intervención del Estado en la regulación y el financiamiento de los establecimientos privados, aunque buscaba garantizar la calidad, había generado efectos contraproducentes que afectaban la viabilidad económica de las instituciones.
La obligación de presentar los montos de cuotas y matrícula con anticipación, junto con la necesidad de obtener autorización estatal previa para cualquier ajuste, limitaba severamente la capacidad de los colegios para adaptarse a las fluctuaciones del mercado y a las variaciones en los costos operativos, como insumos y salarios.
Según el Gobierno, la desregulación también se presenta como un beneficio para las familias, argumentando que la incertidumbre económica impuesta por el sistema regulado llevaba a los institutos a fijar cuotas más elevadas de lo necesario desde el inicio del ciclo lectivo, por temor a no poder cubrir costos futuros sin la aprobación estatal.
Este mecanismo, según el decreto, perjudicaba a las familias al obligarlas a enfrentar aranceles más altos y restringir su capacidad de elegir instituciones acordes a sus posibilidades económicas.
El objetivo principal de la medida es resguardar el principio de libre contratación y el derecho de propiedad de las entidades privadas.
Se busca favorecer un entorno donde las instituciones tengan la libertad de definir sus políticas de precios y compensaciones dentro del marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado.

























