El Registro Único de Adopciones (RUA) del Poder Judicial de la provincia de Córdoba es la entidad que permite inscribirse a una lista única con las personas que les interesa adoptar niños, niñas y adolescentes. Hay mitos y verdades con respecto al sistema de adopción: Si es lento, si hay que tener casa propia o altos ingresos, entre otras.
El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En su artículo 16 quedó garantizado para todos los habitantes de los países adheridos el derecho, sin restricción alguna por motivo de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia.
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En el marco de la celebración de los 76 años de su declaración, el derecho a la familia es entendido como una forma de garantizar a niños, niñas y adolescentes (NNyA) desamparados, un hogar. Si bien el sistema de adopción en Córdoba funciona como la posibilidad de que matrimonios, uniones convivenciales o personas solas puedan ser padres, también es uno de los mecanismos de protección de este derecho para los niños. “Pero el principal eje está destinado a buscar familia para niños que no la tienen”, sostiene Gabriel Tavip, profesor adjunto de Derecho de Familia en la Universidad Nacional de Córdoba.
Algunos mitos, algunas respuestas sobre la adopción
Uno de los grandes desafíos que afronta la sociedad es derribar los mitos que existen en torno a la adopción. Uno de ellos es que la inscripción es demasiado compleja y burocrática. Sin embargo, Tavip explica que “la inscripción no es un obstáculo, es muy sencilla”.
Desde el 2022, el ingreso al Registro Único de Adoptantes se realiza digitalmente ingresando en rua.justiciacordoba.gob.ar/login/
Cada provincia determina la documentación que se tiene que presentar, pero en todos los casos son documentos personales y fáciles de reunir, como fotocopia de DNI, acta de matrimonio o unión convivencial, antecedentes penales, entre otros. Además, se realizan evaluaciones psicológicas y socio ambientales.
En el RUA hay muchos subregistros que se dividen en edades, por grupo de hermanos y niños con discapacidad. El tiempo que pasa entre la inscripción en el RUA y la llegada del niño, niña o adolescente a su nuevo hogar depende de la disponibilidad adoptiva de los respectivos adoptantes. “Para el primer subregistro, que sería de niños menores a un año, no hay muchos niños en espera, y sí hay muchos padres y madres esperando. Allí habitualmente la espera es muy grande”, explica Tavip.
A medida que van subiendo los subregistros, hay niños, niñas y adolescentes esperando mucho tiempo porque no hay personas que puedan hacerse cargo. En ese sentido, el desafío es que la disponibilidad de los adultos se acerque a la realidad de los niños, niñas y adolescentes que están esperando para acortar los tiempos. Cuenta Tavip que muchas veces la Red Nacional de Jueces y Juezas de Familia hace llamados urgentes para ver si se consiguen padres o madres para niños, niñas y adolescentes mayores de edad o con alguna discapacidad.
Otro mito es que para adoptar hay que tener casa propia y altos ingresos. Contrario a esta creencia, la ley no estipula un nivel de ingresos, si no que se evalúa que las personas puedan cumplir con las funciones de cuidado y educación.
Por último, está la creencia de que adoptan quienes no pueden tener hijos biológicos. Las experiencias indican, tal como se desprende de las historias que se cuentan en esta nota, que la adopción puede ser también un “plan A”.
Historias paralelas de adopción
¿Cuál es la experiencia de las familias adoptantes? Magui e Iván son los padres adoptivos de Karina (18), Maira (13) y Mauricio (14). Los más chicos son hermanos y fueron adoptados en 2015, y Karina llegó a mediados del 2017. Los tres son de Misiones y vivieron en el mismo hogar. Ambos procesos de adopción fueron lentos. “Cuando conocimos a los más chicos, no tenían el estado de adoptabilidad”, cuenta Magdalena. “Los esperamos nueve meses y a Karina un año y medio”.
Por otro lado, la historia de Lucas y Sole, los padres adoptivos de Raúl (9). Lo adoptaron en 2019 y sólo esperaron ocho meses. Su adaptación fue difícil porque “ellos no confían en los adultos”, cuenta Soledad. Y agrega: “La maternidad en adopción es una maternidad distinta, la idea es reparar”.
La adopción paso por paso
Si bien es fácil inscribirse al RUA, es importante tener en cuenta o simplemente conocer los diferentes procedimientos que se realizan antes de tener la guarda de un niño, niña y adolescente que da lugar a la adopción.
Según el portal del Poder Judicial de Cordoba, la adopción se alcanza una vez atravesados todos estos pasos.
- Primero, para que comience el proceso judicial, el niño, niña o adolescente debe encontrarse en situación de adoptabilidad. Los Tribunales de Niñez, Violencia Familiar y Género son quienes pueden determinarlo. Se llega a la decisión cuando el niño no cuenta con vínculos familiares de orígen. También cuando los padres toman la libre decisión de que sea adoptado; o cuando se deba separar al pequeño de su familia de origen por estar en una situación de peligro o de vulneración de sus derechos.
- Luego, quienes quieran adoptar deben inscribirse en el Registro Único de Adopciones. Este paso se realiza a través del portal del Tribunal Superior de Justicia en rua.justiciacordoba.gob.ar/login/. También se deberá realizar un curso virtual.
- Una vez inscripto y realizado el curso, se debe completar una declaración jurada con datos personales y familiares y un certificado de salud que debe estar firmado por un médico y un psicólogo.
- Ya teniendo el registro completo, si tenés pareja podrás invitarla a conformar un “proyecto adoptivo”.
- Deberán registrar la disponibilidad adoptiva seleccionando uno o varios subregistros (referidos a la edad, condición, grupo de hermanos, etc) de acuerdo con sus deseos y aptitudes que crean contar para asumir roles parentales. De esta manera, el equipo de supervisión verificará que se hayan cumplido los requisitos y se notificará la fecha de entrevista con profesionales del RUA. Si es aprobado el proyecto adoptivo, a través de la plataforma web y por correo electrónico se les brindará un orden definitivo en la lista.
- El juez o jueza es quien seleccionará al proyecto adoptivo dependiendo de si cumple con las necesidades específicas del niño, niña o adolescente. Una vez elegido, se los cita al juzgado para una entrevista para que comience el proceso de vinculación con el acompañamiento del equipo técnico.
- Dentro de los seis meses se realiza un seguimiento de la guarda para luego enviar al juzgado un informe final. De esta manera se decide sobre la vinculación del niño, niña o adolescenre con su nueva familia. Allí es cuando se dicta una sentencia que confirma la guarda y esta da lugar al inicio de una demanda que se presenta ante el juzgado para realizar el juicio de adopción.
- El juez o la jueza llama a una audiencia y cita a los guardadores que iniciaron la demanda, al o a los niños, niñas o adolescentes, al asesor de Niñez y Adolescencia y al fiscal de Familia. Después de escuchar a todas las partes, se dictará la sentencia de adopción que creará un nuevo vínculo jurídico y definitivo entre el niño y su nueva familia. Y a partir de ahí, no nace un vínculo jurídico, sino que nace una nueva historia.
* Por Magdalena Allasia, Federico Arias, Valentina Cristani, Maximiliano Luna, Camila Ovejero, estudiantes de Periodismo del Colegio Universitario Politécnico (CUP).