El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial y anunció en todas sus redes y por todos sus canales de difusión que “la credencial digital única y obligatoria de profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento” y que esto “significa avanzar en la simplificación y la eliminación de trámites innecesarios”.
“La normativa elimina el plazo de vigencia de 5 años para las matrículas otorgadas y define que aquellas credenciales digitales ya emitidas, que se encuentren vencidas antes del dictado de esta medida, pasarán a estar vigentes de manera automática, eliminando así el trámite de renovación de la misma”, abunda la resolución suscripta por el Ministerio de Salud de la Nación.
Esta medida es de nulo impacto en Córdoba y en todas las provincias, que se rigen por matriculaciones de sus consejos profesionales. Sólo tiene aplicación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba).
Héctor Oviedo, presidente del Consejo de Médicos de Córdoba, explicó que en Córdoba la única institución que matricula es el Consejo y que la matrícula de médico no se renueva. La que sí se tiene que actualizar es la de médico especialista, cada 5 años.
“La matrìcula no se renueva, sólo se renuevan en determinado tipo como las personas en relación de dependencia, demostrar que seguís siendo un empleado. Lo que si tiene renovacion cada 5 años es la de especialidad médica”, consignó Oviedo.
En Córdoba hay unos 21 mil médicos matriculados, de los cuales unos 12 mil son especialistas.
La matrícula nacional sólo sirve para trabajar en Caba o, eventualmente, en algún establecimiento público nacional, como el Hospital Nacional de Clínicas en Córdoba.
“La digitalización tampoco es novedad. En el Consejo se puede hacer el trámite online, porque lo que renovás es tu portación de matrícula, no hay un carné físico. Si como profesional querés un nuevo diploma, a esa cartulina la podés solicitar y se te entrega, pero si solo querés cumplir el trámite se te da un certificado digital”, explió el dirigente profesional de los médicos.
En la regulación nacional se dice que toda modificación y/o cambio en los datos personales del profesional deberá ser comunicada a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Y que en caso de fallecimiento y/o inhabilitación por autoridad competente y/o cualquier otra causal que impida el ejercicio profesional, la autoridad sanitaria podrá cancelar o suspender la matrícula. Todo eso, en Córdoba, es jurisdicción del Consejo de Médicos. No tiene aplicación la decisión nacional.