La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) no intervendrá en la importación de ciertos productos de salud destinados a uso personal, como cosméticos o higiene.
La medida se hizo efectiva esta madrugada con la publicación de la disposición 3562/2025 en el Boletín Oficial. De acuerdo con lo dispuesto, entre los productos que ya no requerirán la intervención de la Anmat para su importación figuran los cosméticos, productos domisanitarios de venta libre, productos de higiene oral de uso odontológico y productos higiénicos descartables de uso externo.
También se incluyen elementos descartables de uso intravaginal y aquellos reutilizables. Según indica el texto, publicado por Infobae, además de equilibrar la libertad del usuario con una operación más dinámica, la decisión responde a los cambios impulsados por la administración actual en materia de desregulación de mecanismos.
El organismo de control aclaró que a partir de esta flexibilización, la importación y utilización de dichos productos, quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final. Esto significa que las personas que importen estos artículos asumirán los riesgos y consecuencias que puedan surgir a raíz de su adquisición y el uso de los mismos.
En paralelo, establecieron: “Se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de estos”.
Más allá de los cambios en materia de regulaciones, la ANMAT puntualizó que esta autonomía de gestión no está exenta de advertencias y que los individuos deben estar informados sobre las decisiones que tomen al respecto.
Con esta medida, los que podrán importarse bajo esta modalidad, son: pastas dentales y enjuagues bucales, pañales descartables para bebés y adultos, toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna, tampones y colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual.
El objetivo se basa en simplificar procesos y maximizar la eficiencia en la gestión pública, tal como planteó a principio de este mes, cuando anunció a través de la normativa N° 2857/2025 que eliminaba los controles ejercidos para la importación de productos médicos que pueden ser utilizados directamente por los pacientes, sin necesidad de prescripción profesional.