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Ciudadanos / Justicia de Córdoba

Cambio de perspectiva. La Justicia penal busca que el diálogo restaurativo resuelva los conflictos menores

La “Oficina de Medidas Adecuadas” podrá intervenir en hurtos, robos simples, resistencia a la autoridad, usurpaciones, amenazas, peleas callejeras, entre otros delitos en la Capital.

27 de noviembre de 2024,

21:57
Nicolás Sosa Tillard
Nicolás Sosa Tillard
La Justicia penal busca que el diálogo restaurativo resuelva los conflictos menores
Fachada del edificio de Tribunales II. (Pedro Castillo / La Voz)

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La justicia con perspectiva restaurativa da un paso importante en Córdoba con la creación de la Oficina de Medidas Adecuadas (OMA) para la gestión de la conflictividad penal, específicamente en causas simples.

La OMA viene a dotar al sistema judicial tradicional de una alternativa de resolución de conflictos con mecanismos que permiten a los operadores ofrecer respuestas más diversificadas y efectivas para aquellos delitos que no revisten de complejidad.

La justicia restaurativa tiene como objetivo poner atención en las necesidades de las víctimas y los autores o responsables del delito, y no el castigo a estos últimos ni el cumplimiento de principios legales abstractos.

Las propuestas de justicia restaurativa persiguen una respuesta integral y de calidad, en este caso de conflictos judicializados en el contexto penal, con garantía de acceso a la justicia, perspectiva de derechos humanos, vulnerabilidad y sustentabilidad.

¿Cómo funciona?

Una vez que la fiscalía toma intervención en la causa de manera temprana a través del Centro de Recepción de Procedimiento de Casos en Flagrancia (CRPPA) de la ciudad de Córdoba, dispone las directivas de tramitación de la causa, imputación y sobre la situación procesal de la persona aprehendida.

Cuando se cumple esa instancia inicial, con la recepción de la prueba requerida, el área de clasificación jurídica de casos del CRPPA analiza si el caso tiene condiciones jurídicas para la posible implementación de un criterio de disponibilidad de la acción penal ya sea por insignificancia o conciliación y le remite la causa a la fiscalía interviniente con la ficha del caso que sugiere esa posible resolución.

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Recién allí la fiscalía analiza el caso y resuelve si es pertinente dar intervención a la OMA. Se prevé que la oficina pueda operar en los siguientes delitos:

  • delitos contra la propiedad con recupero del bien sustraído: hurtos y robos simples, con violencia leve
  • delitos simples contra la administración: resistencia a la autoridad, desobediencia a la autoridad, encubrimientos
  • delitos contra la propiedad de conflictividad leve: daños, usurpaciones, estafas simples
  • delitos contra la libertad con conflictividad vecinal: violación de domicilio, amenazas simples
  • delitos contra las personas: lesiones leves o peleas callejeras

En sí implica un cambio de mirada de la “gestión judicial de expedientes” a la “gestión de conflictos”.

Tribunales II. En la ciudad de Córdoba. Imagen ilustrativa. (Nicolás Bravo/Archivo).
Tribunales II. En la ciudad de Córdoba. Imagen ilustrativa. (Nicolás Bravo/Archivo).

Esta mirada ya tiene experiencias en el Fuero Penal Juvenil, el Fuero de Familia –en una denuncia de violencia familiar de una mujer que manifestó que su marido era alcohólico y que esta adicción aumentaba su agresividad– e incluso en el reciente fallo por la muerte de Tania Abrile.

Primeros pasos y consecuencias

Para reforzar un abordaje judicial adecuado y garantizar otras salidas que no respondan como estándar único a la imposición de una pena o la prisión, se comenzó con una prueba piloto hace un año en cinco fiscalías en el marco de procesos penales que se iniciaron en el CRPPA.

Desde mayo pasado se amplió a diez fiscalías y finalmente se habilitó la derivación a la totalidad de las fiscalías de instrucción desde mediados de septiembre. En un año se derivaron 57 casos.

Justicia. Tribunales II de Córdoba. (Archivo/La Voz)

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En una primera etapa, se definió que los casos con potencialidad para ser derivados a la OMA, fueran hechos de flagrancia en los que la persona imputada hubiera recuperado la libertad y exista la posibilidad jurídica de aplicación de criterios de disponibilidad de la acción penal.

Oficina de Medidas Adecuadas al Proceso Penal en Tribunales II.
Oficina de Medidas Adecuadas al Proceso Penal en Tribunales II.

En los casos derivados por las fiscalías, los facilitadores de OMA trabajaron sobre esos conflictos con los distintos actores involucrados, con medidas adecuadas de justicia restaurativa en búsqueda de acuerdos entre los participantes y/o compromisos de la persona imputada y la supervisión del cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por los participantes en miras a superar de manera constructiva y pedagógica el conflicto.

Facilitadores, compromisos y antecedentes

En esta primera instancia y por las características de los casos que pueden derivarse (de baja entidad penal) a la OMA, los términos de los acuerdos y/o compromisos son de ejecución casi inmediata o en las semanas subsiguientes.

El dispositivo, que dependerá por el momento de la Secretaría Penal de este Tribunal Superior de Justicia (TSJ), cuenta con la colaboración de facilitadores penales de OMA, que son mediadores penales inscriptos en el Centro Judicial de Mediación, que aprobaron el “Ciclo de Capacitación continua. Las prácticas restaurativas en el sistema penal de justicia”, organizado desde la Secretaria Penal con el apoyo del Centro de Perfeccionamiento Ricardo Núñez y el Laboratorio de Resolución de Conflictos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).

Luis Angulo, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
Luis Angulo, presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ)

Cada facilitador acuerda la modalidad de acreditación del cumplimiento de aquel compromiso asumido e incluso suele ser el canal si es necesario hacer llegar “un pedido de disculpas a víctimas y damnificados".

En la mayoría de los casos que se cumplieron los objetivos acordados en los procesos de diálogo restaurativo, se les dio curso posteriormente, al cierre formal del proceso penal en relación a la persona imputada, con los mecanismos previstos en el Código Procesal Penal. En caso de que no se cumpla con el acuerdo y/o compromiso, el proceso restaurativo se cierra y la fiscalía interviniente decide sobre la continuidad del caso penal.

En esta etapa de la intervención de la OMA se trabaja con personas imputadas, es decir, a las que la fiscalía les atribuye la supuesta comisión de un delito que se incorpora en la planilla de antecedentes. El antecedente le va a figurar abierto hasta que, una vez concluida la intervención de OMA –con el compromiso cumplido–, la fiscalía solicite el sobreseimiento al juzgado de control.

En tanto las causas principales permanecen en las fiscalías a la espera del cierre de la intervención de OMA, que, en general, se proyecta que tenga una duración de 15 días. La fiscalía siempre tendrá la posibilidad de decidir sobre la acción penal en contra de la persona imputada.

Casos testigos de la OMA

Desde la Secretaría Penal del TSJ compartieron a este medio dos casos testigos para poder comprender la herramienta:

  1. Una persona adulta mayor que residía en el interior provincial y atravesaba por diferentes situaciones de vulnerabilidad asistió a un hospital de la Capital. Fue protagonista de un delito–conflicto (daño) y terminó aprehendida. Resultaron víctimas directas el nosocomio y los efectores de salud de la institución tratante. La persona ofensora, mediante la responsabilización de su conducta, redactó de puño y letra un pedido de disculpas. Además, asumió el compromiso de no reiteración y la continuación de su tratamiento de salud mental para superar un duelo. Por su parte, las víctimas recibieron esas disculpas y reconocieron que necesitaban colaboración de la OMA para adquirir herramientas para la gestión pacífica de los conflictos, dado que, como comunidad sanitaria, les toca pasar por reiteradas situaciones de críticas junto a pacientes, que detonan en delitos–conflictos.
  2. Dos jóvenes adultos fueron aprehendidos por conductas contra el medio ambiente. Junto con sus referentes afectivos y comunitarios pudieron hacer su proceso de responsabilización. Asumieron una conducta protagónica y superadora del conflicto–delito efectuaron talleres y tareas de concientización ambiental (colocación de cartelería con material reciclado y huerta). El proceso fue acompañado por expertos de la Secretaría de Ambiente provincial.

Protocolo y desafíos

“La experiencia no se planificó en función de generar ahorro de trabajo a cargo de las fiscalías, sino en la búsqueda de mejores respuestas a la sociedad frente a algunos conflictos penales que pueden tener un abordaje desde justicia restaurativa", sostuvieron.

Durante esto meses se validó un protocolo de actuación, el circuito de trabajo para la derivación de causas a la oficina y el modelo de oficio con el que deben realizarse las derivaciones.

En una primera etapa los casos a derivar a la OMA serán seleccionados entre aquellos que ingresan en el CRPPA y que corresponden al ámbito de actuación territorial de las fiscalías de instrucción de la Capital.

La OMA funciona con una coordinación y un empleado de carácter fijo y 11 facilitadores restaurativos de OMA acreditados.
La OMA funciona con una coordinación y un empleado de carácter fijo y 11 facilitadores restaurativos de OMA acreditados.

Finalmente la Secretaría Penal del TSJ y el Ministerio Público Fiscal con intervención de la Oficina de Clasificación, realizarán un acompañamiento y supervisión de las intervenciones de la OMA y de la capacidad operativa para brindar respuestas integrales.

En función de ello, se harán las propuestas de ampliación del perfil de casos derivables y de las oficinas que puedan interactuar con OMA en distintas instancias del proceso penal.

“El horizonte a futuro es que la OMA pueda brindar apoyo para alcanzar acuerdos de suspensión de proceso a prueba, o bien participar en conflictivas que hayan ingresado sin intervención del CRPPA, o para brindar herramientas de acercamiento y diálogo en otras etapas del proceso”, concluyeron.

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