Este miércoles, la Cámara Contencioso Administrativa de 3ra Nominación de Córdoba falló a favor del amparo ambiental colectivo presentado por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) en 2022 por el estado de deterioro ecológico del embalse San Roque, en Punilla.
Tres años después, la sentencia reconoce la existencia de un grave daño ambiental y responsabiliza tanto al Estado provincial como a las autoridades de los municipios de la cuenca regional por acción y omisión. A la vez, ordena una serie de medidas inmediatas y estructurales para garantizar el derecho a un ambiente sano.
“Esta sentencia marca un antes y un después. Reconoce que hay una crisis ambiental y sanitaria que afecta derechos fundamentales y exige respuestas urgentes, coordinadas y transparentes. Es un triunfo colectivo por el ambiente y la salud de miles de personas”, señaló Mayca Balaguer, directora ejecutiva de Fundeps.
La acción de amparo fue presentada por la organización en noviembre de 2022, luego de realizar una investigación sobre la contaminación del lago San Roque, visibilizada especialmente por la persistente proliferación de algas (cianobacterias).
Según explicaron desde Fundeps, estas algas están relacionadas directamente con los vertidos cloacales sin tratar, una de las principales fuentes de contaminación del embalse, que abastece de agua a la ciudad de Córdoba y a municipios del Gran Córdoba.
“La imagen del lago cada vez más verde, con esas floraciones de algas tóxicas, nos alertaba desde hace años. Lo que hicimos fue respaldar esa alarma con datos, estudios científicos, y llevarlo a la Justicia para que se tomen medidas concretas”, explicó Balaguer.
La sentencia
El fallo obliga a ejecutar de forma efectiva el “Plan de Saneamiento y de Desarrollo Sostenible”, presentado por la Provincia durante el proceso judicial.
Sin embargo, la Justicia estableció que ese plan debe ser reformulado en un plazo de 30 días, incorporando criterios de integralidad, urgencia ambiental, participación ciudadana y transparencia.
Uno de los puntos más relevantes es la exigencia de acelerar la cobertura de la red cloacal: mientras que la Provincia había previsto alcanzar un 50% en 15 años, el tribunal ordena elevar ese objetivo al 85% en solo ocho años.
“Esto eleva sustancialmente el estándar y marca que la cuestión cloacal es prioritaria. Celebramos que la Justicia haya entendido que no se puede esperar más”, subrayó Balaguer.
Además, la sentencia establece el cese inmediato de vertidos contaminantes y fiscalización intensiva, con sanciones a los incumplimientos; una auditoría técnica obligatoria dentro de seis meses para evaluar avances y cumplimiento; la publicación de una plataforma digital en 90 días, accesible y actualizada en tiempo real, con participación ciudadana abierta; la puesta en marcha de campañas sostenidas de educación ambiental en toda la cuenca; la participación activa de ciudadanía, organizaciones sociales y el ámbito académico en la planificación y el seguimiento del plan.
Responsabilidad estatal y participación ciudadana
Por otro lado, el fallo le da a la Autoridad de Cuenca creada por el actual Gobierno provincial el rol de contralor y ejecución del programa de saneamiento.
Aunque no desconoce la autonomía municipal, remarca el rol de la Provincia como responsable última en la protección del recurso hídrico, obligándola a cooperar técnica y financieramente con los gobiernos locales.
En cuanto a la implementación efectiva del fallo, Balaguer reconoció que el riesgo de inacción siempre existe, pero valoró las herramientas de control dispuestas por la justicia. “Se establece un mecanismo de seguimiento con informes semestrales y se habilita un espacio para auditorías y participación social. Esta vez hay un marco que da más garantías. Y desde Fundeps, como impulsoras de este proceso, vamos a seguirlo de cerca”.

Un proceso que comenzó con un diagnóstico
La presentación judicial no fue espontánea. En 2021, Fundeps publicó un informe sobre el estado de las principales cuencas hídricas de Córdoba.
El relevamiento sobre el San Roque fue especialmente alarmante: se documentaron las principales fuentes de contaminación, sus consecuencias y la ausencia de políticas públicas integrales.
“El saneamiento del lago debe ser una verdadera política de Estado, que trascienda gestiones. Para eso hace falta cooperación entre la Provincia, los municipios, la academia y la ciudadanía”, concluyó Balaguer.
Con este fallo, desde Fundeps se considera que se sienta un precedente fundamental para el litigio ambiental en el país y se abre una nueva etapa en la defensa del agua, la salud y el ambiente.