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Ciudadanos / Pediatría

Ley de oncopediatría: qué dice la nueva norma sancionada a raíz del caso de un niño cordobés

El caso de Santi, pequeño gran guerrero de Río Primero que padeció cáncer fue uno de los que impulsó esta iniciativa. Punto por punto, cómo serán las coberturas de ahora en adelante una vez promulgada la ley.

2 de julio de 2022,

00:05
Redacción LAVOZ
Redacción LAVOZ
Ley de oncopediatría: qué dice la nueva norma sancionada a raíz del caso de un niño cordobés
Santi, el pequeño guerrero de Río Primero que impulsó la lucha por la Ley de Oncopediatría.

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Una ley que obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia a económica a las familias fue aprobada esta noche de jueves por unanimidad en el Senado de la Nación.

La norma, que crea un programa integral para reducir la morbimortalidad, fue aprobada por 64 a 0, en un recinto cuyas gradas estuvieron colmadas por familias de niños con la enfermedad que aplaudieron cuando se llevó a cabo la votación.

Listón dorado es el símbolo de acción contra el cáncer infantil.

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El caso emblema en la sanción de esta ley fue el de un cordobesito de Río Primero, Santi, cuyos familiares estuvieron este jueves en el Congreso.

Qué dice la Ley de Oncopediatría sancionada en el Congreso

Entre los principales puntos de la normativa, se establece lo siguiente:

  • El dictamen especifica que el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del ciento por ciento en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.
  • También se determina -además- que el Estado nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad.
  • La nueva norma establece la obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.
Santi, el pequeño guerrero de Río Primero que impulsó la lucha por la Ley de Oncopediatría.
Santi, el pequeño guerrero de Río Primero que impulsó la lucha por la Ley de Oncopediatría.
  • Además propone difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional.
  • Por otro lado, busca capacitar a los equipos de salud a través del Programa de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer, y realizar un seguimiento y cuidado clínico post tratamiento oncológico.
  • Mientras dure el tratamiento, la autoridad de aplicación, a través del organismo que corresponda, debe otorgar a los niños, niñas y adolescentes con cáncer estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas para los vehículos que los trasladen.
  • También gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre de acuerdo a lo establecido por la ley deprotección integral de las personas con discapacidad y, para los pacientes con familias en situación de vulnerabilidad social, se adoptarán planes y otras medidas de asistencia.
  • También se deberá garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.
  • En caso de tratarse de niños, niñas o adolescentes con tratamiento ambulatorio y deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a más de 100 kilómetros de su lugar de residencia se garantizará a la familia el acceso a un subsidio habitacional para afrontar los gastos de locación de vivienda.
  • Además uno de los progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico.
  • Durante la licencia, la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.

Qué dijeron los senadores sobre la sanción de la Ley de Oncopediatría

El presidente de la Comisión de Salud del Senado, Pablo Yedlin, destacó que “cada vez hay más esperanza” en el tratamiento del cáncer en niños y que “la primera causa clara de cáncer infantil son las leucemias”.

“El 80 por ciento de los pacientes con cáncer en la Argentina se atiende en hospitales públicos”, expresó.

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El radical jujeño Mario Fiad destacó que “la norma viene a dar respuestas a las familias que atraviesan la angustia de la enfermedad y que también padecen la falta de recursos y de traslados”.

“Hay que destacar el trabajo de todas las organizaciones y las familias que trabajan intensamente para visibilizar y hacer efectivos sus derechos”, remarcó.

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