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Ciudadanos / Córdoba

Córdoba. Madre e hija, complicadas por presunta explotación de mujeres: aplicaban “multas” y tenían una web

Confirmaron los procesamientos de dos imputadas. Habrían manejado un negocio con 14 víctimas.

19 de junio de 2024,

12:32
Federico Noguera
Federico Noguera
Madre e hija, complicadas por presunta explotación de mujeres: aplicaban “multas” y tenían una web
Imagen ilustrativa. (AP/Alexandre Meneghini/Archivo)

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Un sistema de multas o suspensiones por llegadas tarde o por tener marcas en su cuerpo que “ahuyentaran” a “clientes”. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba capital procesó a una mujer y su hija por presuntamente explotar a mujeres para que prestaran servicios sexuales en departamentos de esta jurisdicción.

Los vocales Graciela Montesi, Abel Sánchez Torres y Eduardo Ávalos confirmaron los procesamientos con prisión preventiva de Valeria Andrea Fernández y María Rosa Tapia, por supuesta trata sexual agravada por mediar coerción y abuso de una situación de vulnerabilidad y por el número de víctimas y explotación de la prostitución agravada.

“Multas”, “suspensiones” y una mudanza

La investigación del fiscal federal de Córdoba, Enrique Senestrari, comenzó a partir de una serie de denuncias anónimas formuladas a través de la línea 145 (Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata), que se acumularon en la causa.

Los indicios apuntaban a un supuesto caso de trata a partir de la captación de mujeres que buscaban trabajo y que, bajo engaño de que se las requería como personal de casas de familia, habrían caído como víctimas.

Antes de enero de 2019, Tapia y su hija Fernández habrían montado el negocio de la explotación sexual de 14 mujeres en dos departamentos ubicados en bulevar Mitre (Centro) y en calle Rodríguez Peña (barrio Alberdi), de la ciudad de Córdoba. Allí habrían captado y acogido a diversas mujeres (mayores de edad), abusando de la situación de vulnerabilidad que arrastraban.

Las imputadas habrían coordinado y controlado los servicios sexuales de las víctimas, lucrando y abusando de la sumisión de ellas. Habrían sido las “recepcionistas” telefónicas de las consultas que los potenciales “clientes” hacían sobre los diferentes “servicios” a través de dos sitios web, uno de ellos administrado por Fernández.

Las acusadas habrían brindado los datos sobre los “servicios”, aranceles, días, horarios, descripción física y edades, como también el envío de fotos y comentarios sobre las “cualidades” de cada una, pactando así los encuentros.

En la mecánica, luego habrían instruido a las víctimas sobre qué “servicio” debían prestarles a los “clientes”. Como contraprestación, las dueñas del negocio se habrían quedado con el 50% de la recaudación.

El fiscal amplió la acusación en 2022, ya que tras los primeros allanamientos, meses después las imputadas habrían mudado las actividades de presunta explotación a otros inmuebles, en calles Santa Rosa e Independencia.

La situación se habría tornado más compleja. Tapia las habría amenazado con cobrarles “multas” o aplicarles “suspensiones” si se presentaban a trabajar fuera del horario establecido o con algunas marcas en su cuerpo, porque eso imposibilitaría que los “clientes” las eligieran.

En ese contexto, Fernández habría “llamado la atención” a las víctimas del inmueble de calle Independencia por no actualizar sus “aranceles” por los “servicios”, ya que le ocasionarían una pérdida de ingresos.

A partir de las escuchas y datos recabados, los investigadores determinaron que los “servicios” se promocionaban en diferentes sitios sexuales, entre otros, el que gestionaba Fernández y que luego habría manejado Tapia. Ambas fueron indagadas por el juez N° 1, Alejandro Sánchez Freytes, quien las procesó en diciembre pasado.

El magistrado resaltó el presunto trato amenazante que Tapia habría infligido a las víctimas, la posición dominante sobre ellas como “empleadora” y el sometimiento de estas en un estado de vulnerabilidad. También ponderó la clandestinidad con la que la supuesta explotación se realizaba, las tareas de administración de las imputadas, la imposición de “aranceles” y la asimetría de poder y vulneración de la libertad de autodeterminación de las damnificadas.

El juez recordó que tras librar las órdenes de detención y los primeros allanamientos, madre e hija mudaron su “negocio” a otros inmuebles. En ese momento, le dio la oportunidad a Tapia de presentarse en 72 horas ante el juzgado (ya que había alegado problemas de salud), lo que incumplió.

La defensora Zelma Semprini apeló los procesamientos. Consideró que no se había probado el abuso de vulnerabilidad, sino que –por el contrario– el juez había confundido las difíciles historias de vida de las víctimas con la existencia de una situación de vulnerabilidad preexistente conocida y aprovechada por las acusadas.

Indicó que las víctimas afirmaron que nunca habían sufrido abusos, que no se encontraban en una situación de vulnerabilidad y que no había ninguna actitud que hubiera tenido como objetivo anular la capacidad de autodeterminación de las mujeres o restringir su libertad.

Fallo de la Cámara

La camarista Montesi señaló que se pudo comprobar la explotación sexual de las víctimas y el beneficio económico que obtuvieron Tapia y Fernández, como así la “situación asimétrica de poder y dependencia, el control constante que ejercían sobre sus víctimas” para consumar la explotación.

Subrayó los informes de la Secretaría de Lucha contra la Violencia hacia la Mujer y la Trata de Personas sobre el estado de vulnerabilidad previo en el que se habrían encontrado las víctimas. Una de las mujeres contó que se encontraba en situación de prostitución hacía 12 años y con una hija a cargo, en un contexto de violencia de su ex, y que, a pesar de hacer cinco cursos, no hallaba otra vía laboral.

“Las constancias acreditan con notable claridad y contundencia el contexto de vulnerabilidad social, económica, laboral y familiar en el cual las presuntas víctimas, en forma previa a la captación, el acogimiento y el ofrecimiento efectuado por las encartadas, se habrían encontrado inmersas”, sostuvo Montesi. Con los votos de sus pares Sánchez Torres y Ávalos, confirmaron los procesamientos.

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