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Ciudadanos / Ambiente

Multas de hasta $ 8 millones a los comercios que no tengan su propia gestión de residuos en Córdoba

Serán considerados grandes generadores, salvo que demuestren lo contrario. Se aprueba este miércoles en el Concejo Deliberante capitalino.

29 de diciembre de 2021,

00:01
Ary Garbovetzky
Ary Garbovetzky
Multas de hasta $ 8 millones a los comercios que no tengan su propia gestión de residuos en Córdoba
Los contenedores están permanentemente colapsados en barrio Güemes. Pedro Castillo / La Voz

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Los bares, restaurantes, verdulerías, estaciones de servicios, supermercados y geriátricos, entre muchos otros comercios y actividades que producen bienes o brindan servicios, serán considerados en la ciudad de Córdoba como grandes generadores de residuos sólidos urbanos salvo que demuestren lo contrario.

Y como grandes generadores ya no podrán dejar sus bolsas de residuos en los contenedores y aprovechar el sistema público de recolección, que quedará reservado en forma estricta a los residuos de los hogares.

Para quienes incumplan con el registro, usen los contenedores públicos, incineren basura o la deriven a un basural a cielo abierto se prevén multas millonarias, que llegan a 8 millones de pesos por infracción.

El cambio normativo sobre la gestión de residuos no domiciliarios tiene tres partes. La primera es la ordenanza que tratará –y casi seguro aprobará– este miércoles el Concejo Deliberante, la segunda es la resolución que la hará operativa y que ya tiene en borrador la Secretaría de Ambiente municipal y la tercera es la experiencia piloto de aplicación, que se iniciaría con quienes más invaden los contenedores: los bares y restaurantes de los polos gastronómicos de los barrios Güemes, Tejeda y General Paz.

La ordenanza exigirá la inscripción como gran generador, la presentación de un plan de gestión de residuos y establece multas cuantiosas para quienes incumplan. Apunta a “descomprimir la saturación de los contenedores y la recolección domiciliaria como estimular la economía circular, con mayores volúmenes y mejor calidad en los residuos secos y reciclables”, expresó el secretario de Ambiente municipal, Jorge Folloni.

En la misma sesión el Concejo Deliberante aprobará el proyecto para crear en el predio de Piedra Blanca el primer parque industrial de la economía circular, multiplicando emprendimientos como el de Geocycle, del grupo Holcim, que separa residuos para usarlos como combustible en su planta de cemento.

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Cambio de enfoque

El gran generador se definía hasta ahora con una balanza: es quien desecha 0,4 metros cúbicos o 200 kilogramos por día. Aunque no está planteado de ese modo, entran en esta categoría casi todos los inscriptos en la contribución por Comercio e Industria. La actual ordenanza ya obligaba a un registro y los excluía del servicio público. Pero aún son muy pocos los inscriptos: según datos del Instituto de Protección Ambiental y Animal (IPA) hasta el momento sólo hay 338 grandes generadores registrados en la ciudad. El número real podría ser hasta 15 veces más grande, tomando como referencia que los comercios e industrias habilitados en Córdoba son más de 5 mil. “De los 338 grandes generadores ya registrados, están en proceso de inscripción otros 180, a la vez que fueron emplazados 130 y en caso de no responder a la notificación serán multados”, consignaron desde el IPA. Cuando inició la gestión actual de gobierno municipal sólo había 22 comercios inscriptos, agregaron.

El registro obliga a los grandes generadores a detallar la trazabilidad de sus residuos: el destino inicial y final de sus desechos, para evitar que terminen en el sistema público o en vertederos clandestinos.

Un gran generador “no está autorizado para colocar sus residuos en la vía pública, a la vez que debe contar con un servicio particular de recolección puerta a puerta, debidamente habilitado”, define el texto del proyecto de ordenanza.

La gran novedad que plantea la nueva norma es que invierte la carga de la prueba. Deberá ser el comercio el que pruebe que no es un gran generador a partir de pautas objetivas que definirá, vía resolución, la Secretaría de Ambiente, para cada rubro.

Es un enfoque que está en línea con lo que ya vienen exigiendo otras ciudades y con el principio precautorio contenido en la Ley nacional de Ambiente, definido de este modo: “cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”.

“Es una necesidad que notamos en las inspecciones en los polos gastronómicos. Allí íbamos con la notificación de gran generador y nos decían: no desechamos esa cantidad. Nosotros les decíamos que sí. Y ellos, pruébenlo. Eso nos obligaba a poner un inspector con una balanza 24 horas y vincular a quien tira una bolsa no identificada en un contenedor público. Casi todas las actas se nos caían en el Juzgado de Faltas ambiental por falta de evidencias. Con este cambio, vamos a definir una tipificación de gran generador, con categorías por sector. Por caso: en un local gastronómico podemos presumir que es un gran generador si tiene más de 10 mesas habilitadas”, graficó Folloni.

Contenedores saturados en barrio Güemes, uno de los polos gastronómicos de la ciudad de Córdoba. Ramiro Pereyra
Contenedores saturados en barrio Güemes, uno de los polos gastronómicos de la ciudad de Córdoba. Ramiro Pereyra

No en todos los casos se aplicaría el criterio de las dos bolsas por día o 200 kilos. Se plantea una mirada especial sobre los pequeños kioscos y almacenes barriales, las verdulerías y librerías, pero eso recién saldrá con la resolución de Ambiente, tras la aprobación en el Concejo.

“Con estas medidas, vamos mejorar el recupero de secos que van a los centros verdes, que hoy están muy contaminados porque se mezcla todo. Vamos a incentivar la separación en origen y el tratamiento adecuado, en particular de quienes están obligados por el volumen de residuos que generan”, enfatizó Folloni.

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Multas onerosas

La ordenanza plantea una escala de sanciones por incumplimientos que van desde los 39.600 pesos hasta casi 8 millones de pesos de multa.

Para los generadores, transportistas, operadores y/o responsables de la gestión de residuos sólidos urbanos el incumplimiento de las normas se castigará con el pago de 50 a 2 mil Unidades Económicas de Multa (UEM) municipales. Cada UEM equivale al valor de 8 litros de nafta súper; hoy: 792 pesos. Entonces, para esta categoría de sanción la multa va de 39.600 a 1.584.000 pesos.

El gran generador que no se registre, no presente la documentación exigida, no renueve la inscripción o no cumpla el plan de gestión será sancionado con multas de 79.200 a 3.168.000 pesos, además de sufrir la clausura de su local.

Hay otra categoría, todavía más dura, de sanción. Es para “el generador, operador, manipulador, transportista, tratante o gestor, quien incinerare o quien realizare disposición final de residuos sólidos, líquidos o gaseosos, patógenos, peligrosos, y/o aquellos que puedan constituirse en insumos para otros procesos industriales, que no se encontraren registrados, autorizados o habilitados”. Para estos casos, la multa va de 237.600 a 7.920.000 pesos. Con la sanción adicional de la clausura y el costo de la remediación ambiental.

Obligaciones

Con la nueva normativa, los grandes generadores deberán disponer de un lugar para el acopio transitorio de los residuos. Deberán inscribirse en el Registro de Grandes Generadores del Instituto de Protección Ambiental y Animal y presentar un plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos que contemple la separación de fracciones, avalado por profesional idóneo. Todo el costo de la gestión interna, el transporte, tratamiento y la disposición final de los residuos queda a su cargo.

Tendrán que contratar operadores y transportistas autorizados, renovar cada 5 años el Certificado de Grandes Generadores de Residuos Sólidos Urbanos, presentar anualmente, junto al trámite de renovación del certificado, las copias de los remitos y toda otra documentación que acredite el cumplimiento del destino adecuado y autorizado de los residuos sólidos urbanos generados por su actividad, tanto los secos como los húmedos (predio de disposición final, centros verdes u operadores autorizados) y pagar por el servicio de disposición final en el predio de Piedra Blanca.

Más información:

Informe especial: La vuelta al mundo de la economía circular en Córdoba

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