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Ciudadanos / Cannabis medicinal

Qué se discute en el primer juicio por venta de cannabis medicinal en Córdoba y cuándo es el fallo

Se desarrolla en los tribunales de Río Tercero y la Fiscalía pidió penas de cuatro a seis años para los imputados. La defensa reclamó la absolución de todos.

6 de abril de 2022,

00:00
Carina Mongi y Mariela Martínez *
Qué se discute en el primer juicio por venta de cannabis medicinal en Córdoba y cuándo es el fallo
Los cuatro imputados en el juicio, en los tribunales de Río Tercero. (La Voz)

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Hay expectativa por lo singular del caso: es el primer juicio, en la Justicia provincial, por una causa ligada a la venta de aceite de cannabis medicinal. La acusación sostiene que se hizo de modo ilegal. La defensa, que ese criterio atrasa en relación con otros fallos de la Justicia federal.

Con miles de cordobeses consumiendo hoy ese aceite, el caso agrega interés.

Tras varias audiencias, la de los alegatos insumió más de cuatro horas el pasado lunes. La fiscalía, la querella y la defensa expusieron sus argumentos ante la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero. El lunes próximo, el juez Marcelo Ramognino emitirá el fallo.

De qué se los acusa

El fiscal Gustavo Martín recordó que el caso se inició por la denuncia radicada en 2017 por una mujer de Río Tercero que padece fibromialgia. Había comenzado a ingerir gotas de aceite de cannabis, proporcionadas por la principal imputada, la psicóloga Milena Pozo, en su consultorio de esa ciudad. A los pocos días, sufrió una serie de malestares por lo que acudió al hospital municipal y la médica que la atendió se lo adjudicó al aceite.

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“Le vendió el gotero a mil pesos, le cobró 400 la consulta y le dio otro turno para una semana después”, señaló el fiscal. Recordó que apenas inició el tratamiento con el aceite, comenzó a sentir “cefalea intensa, mareos, visión borrosa, crisis de ansiedad y alucinaciones”, síntomas que no había sufrido en 13 años de enfermedad.

El fiscal citó que la hija de la denunciante dijo que, al consultar a la psicóloga, esta le pidió que no hiciera público que le había indicado las gotas.

Tras la denuncia, la Policía realizó un allanamiento en el domicilio de Pozo en Almafuerte y en sus consultorios, y secuestró aceite medicinal.

El juez Marcelo Ramognino, a cargo del juicio oral. El fallo será el lunes. (La Voz)
El juez Marcelo Ramognino, a cargo del juicio oral. El fallo será el lunes. (La Voz)

Martín dijo que, durante las audiencias, Pozo admitió la aplicación de terapias alternativas, lo que demuestra “ejercicio ilegal de la medicina, delito que pesa sobre dos de las imputadas”. Y subrayó que se dio antes de la sanción de la nueva ley nacional 23750 que reconoce el uso medicinal del cannabis.

“No estamos analizando si el aceite es bueno o es malo, estamos analizando si la actividad comercial llevada adelante por los imputados es o no comercio de estupefacientes”, acotó.

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A la vez, remarcó la necesidad de que las actividades vinculadas a la salud tengan intervención estatal. Sobre todo en el uso de nuevas medicinas.

El fiscal mencionó muchos de los diálogos telefónicos de los imputados con usuarios. Además de secuestrarle teléfonos y computadoras a la principal imputada, se tuvo su línea telefónica intervenida durante la investigación. Según dijo, las comunicaciones prueban que utilizaba el aceite que vendía en sus terapias para patologías como fibromialgia, parkinson, soriasis o molestas en el ciático. E insistió en que hubo ejercicio ilegal de la medicina y que se trataba de “un comercio”.

“No cualquiera puede prescribir medicamentos”, sostuvo Martin, y consideró irrelevante en ese punto que el cannabis sea o no una sustancia medicamentosa.

De 4 a 6 años de prisión

Para la psicóloga Milena Pozo (52) el fiscal solicitó seis años de prisión por los delitos de comercialización de estupefacientes en calidad de coautora y ejercicio ilegal de la medicina y lesiones leves como autora.

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Para la terapeuta floral Nora Almeida (48), pidió cuatro años y seis meses por comercialización de estupefacientes como coautora y ejercicio ilegal de la medicina como autora. La misma pena solicitó para Víctor Adrián Sandez (54), pareja de Pozo en el momento de la denuncia.

Para Leandro Flores (49), pareja de Almeida, pidió cuatro años de prisión por comercialización de estupefacientes en calidad de partícipe necesario. También retiró la calidad de “agravado” del delito de comercialización, haciéndolo más leve, para los cuatro imputados.

Los cuatro imputados residen hoy en distintas localidades del departamento Calamuchita.

La querella acompañó el pedido de la fiscalía. El abogado Yamil Mengo sostuvo que, de acuerdo al fallo, analizarán si interpondrán una acción civil. La denunciante y su hija estuvieron en la sala siguiendo el debate.

Milena Pozo, psicóloga, principal imputada en la causa. (La Voz)
Milena Pozo, psicóloga, principal imputada en la causa. (La Voz)

La defensa

La abogada defensora Nadia Podsiadlo, especialista en esta temática e integrante del movimiento cannábico, rebatió cada una de las acusaciones y pidió la “absolución por estado de duda insuperable” sobre la acusación de lesiones leves. Dijo que la hipótesis de daño se cayó al no contar con elementos probatorios.

“No hay certeza de que haya sido el cannabis lo que provocó lesiones leves, porque la médica no ordenó un análisis toxicológico ni el reporte de farmacovigilancia, que se debe hacer en esos casos”, expuso. Y agregó que resulta evidente que se requiere capacitación en medicina cannábica para profesionales de la salud y fuerzas de seguridad.

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Sostuvo que las lesiones pueden ser atribuidas a la propia enfermedad de base, la suspensión del remedio que tomaba o a otra medicación que le indicaron en el hospital. Se preguntó si la causante del malestar fue “una sustancia natural que le indicó Pozo” u otra que le recetó la médica, sin conocer que había ingerido la mujer. “No sólo no analizó la sustancia, sino que le receta clonazepam”, agregó. Otro detalle: dijo que los síntomas continuaron dos meses y medio después de haber suspendido el aceite y que para que haya intoxicación debería haber tomado “siete u ocho goteros”.

“Ni Pozo ni Almeida prescribían ni recetaban porque no es un medicamento; es un preparado artesanal”, apuntó la abogada respecto a la acusación de ejercicio ilegal de la medicina.

“Acompañaban una terapia natural, eran idóneas, estaban capacitadas y antes de 2021 no hacía falta ser médico o médica para acompañar terapia cannábica”, señaló Podsiadlo.

La abogada hizo referencia al Reprocann (Registro Nacional del Programa de Cannabis), creado en marzo de 2021. A partir de ahí, se exige que sea un profesional médico el que inscriba a los pacientes que soliciten terapia cannábica y se permite hasta el autocultivo.

Río Tercero: Juicio por aceite cannábico.
(La Voz)
Río Tercero: Juicio por aceite cannábico. (La Voz)

Remarcó que, de los seis fallos en el país en los últimos años, en ninguno hay condena por ejercicio ilegal de la medicina.

Podliadlo rechazó también la imputación de “comercialización de estupefacientes”, al expresar que “de ninguna manera se viola el bien jurídico protegido que es la salud pública”. Se apoyó en los recientes fallos de la Justicia Federal en casos similares, que no tuvieron condena sino absoluciones o sobreseimientos.

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Y destacó que se habla de aceites de cannabis y no de sustancias peligrosas como pueden ser LSD o cocaína. Lanzó que el fallo debe acompañar la legitimación social para uso medicinal que se viene dando en los últimos tiempos. “Hay que ampliar la cabeza en estas cuestiones”, disparó. Y anticipó que, en caso de un resultado adverso, apelarán el fallo.

Un artículo de “La Voz”, argumento de ambas partes

Apenas iniciada la audiencia, el fiscal Martín, solicitó incorporar tres artículos periodísticos a la causa, entre ellos una publicación de este domingo de La Voz, que informa sobre la aprobación del Ministerio de Salud de la Nación al proyecto de producción cannábica presentado por la comuna de Villa Ciudad Parque, en Calamuchita.

Martín llegó con la edición impresa del diario y lo citó como ejemplo de los controles y exigencias en la actividad desde el Estado. “Estamos tratando con la salud de las personas y con productos que nos gusten o no, son calificados como estupefacientes”, disparó.

Pero, a su vez, la defensa también mencionó el mismo informe, argumentando que es una muestra a favor del cambio de mirada que se debe tener sobre la temática y el reclamo social de legitimación del uso del aceite de cannabis, para “dejar de una vez de criminalizarlo”.

* Corresponsalías Calamuchita y Río Tercero

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