La Cámara Federal de Córdoba rechazó la falta de mérito en una causa en que se juzgaba si tres empleados de la empresa Petroquímica Río Tercero, tenían alguna responsabilidad respecto a la liberación de residuos peligrosos excediendo los límites permitidos en los efluentes industriales hacia el cauce del río Ctalamochita (o Tercero).
El fallo fue emitido esta semana por los camaristas Graciela Montesi, Eduardo Ávalos y Liliana Navarro.
Según el expediente, los imputados son Roberto Fernández Rodríguez, Marcelo Luis Larcher, Horacio Daniel Gómez, Eduardo Julián Smolarz y Javier Matías Della Mea, quienes al momento de registrado el hecho desarrollaban funciones estratégicas en el funcionamiento de la planta industrial.
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El presunto vertido contaminante al río se registró el 31 de enero de 2020. La causa pasó por los despachos de la Fiscalía de Instrucción de Río Tercero y de los juzgados Bell Ville, en el fuero ordinario. Luego escaló a la Corte Suprema de Justicia, desde donde se resolvió que el caso debía ser investigado por la Justicia Federal, porque el cauce del río excedía los límites de la provincia de Córdoba. Finalmente llegó al Juzgado Federal de Villa María. Allí se dictó una falta de mérito que benefició a los investigados.
Ahora, con la resolución de la Cámara Federal de Córdoba, el caso vuelve al juez federal de Villa María, Roque Rebak, para que se siga analizando el caso.
Recurso de apelación
Fue la fiscal federal María Marta Schianni, quien presentó un recurso ante la Cámara Federal de Córdoba, en contra de la resolución dictada por el juez federal de Villa María, el 8 de marzo pasado, que resolvió la falta de mérito contra los acusados.
“El magistrado se ha enrolado en una postura antropocéntrica del bien jurídico protegido, centrándose en la persona y negando importancia o trascendencia a lo que ocurra en el medio donde se desenvuelven esas personas y del que se valen para su bienestar”, fundamentó la fiscal, además de citar varias jurisprudencias que avalan su interpretación jurídica.
No obstante, según lo informado por el Poder Judicial, en el recurso se cuestiona lo resuelto por el juez federal de Villa María que apuntó que si bien los sospechados se excedieron en la presunta liberación de residuos al río no hubo afectación a la salud pública, avalándose en informes de Policía de Ambiente de la Provincia y la inexistencia de informes que por esa emisión derivaron en casos de enfermedad.
La defensa, por otro lado, indicó que en la causa se aludía a un masivo cuadro de gastroenteritis y al mismo tiempo disparó que la “gastroenteritis es de origen bacteriológico viral y no químico, no estando esta enfermedad relacionada con algún ácido, por lo que debe descartarse de plano la errónea información aportada (según la causa)”.
El fallo aún no está firme.
El denunciante y querellante particular en esa causa fue el exconcejal de Río Tercero Danilo Cravero, que en el momento del hecho ya no se desempeñaba en ese cargo.