Un joven de 18 años fue condenado a un año de prisión en suspenso y deberá realizar una capacitación obligatoria en materia ambiental y fauna silvestre. La sentencia se dictó este lunes en los tribunales de Villa María mediante un juicio abreviado inicial por la infracción a la Ley Nacional 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre.
El hecho ocurrió en septiembre en la zona rural de la localidad de La Playosa, situada unos 43 kilómetros al noreste de Villa María.
El proceso incluyó también el decomiso del garrote utilizado por el joven para terminar con la vida del cachorro y del teléfono celular con que se filmaron las imágenes del ataque.
El proceso penal contó con la intervención del Juzgado de Control a cargo de María Soledad Dottori. El imputado fue identificado como Orlando Gauna.
La investigación
La investigación fue impulsada por la Fiscalía de Instrucción de Primer Turno, a cargo de Silvia Maldonado, con la colaboración de la oficina de Cuestiones Ambientales y Derecho Animal del Ministerio Público Fiscal.
El procedimiento se originó tras la difusión de imágenes sensibles en redes sociales que mostraban el ataque a un cachorro de puma. A raíz de conocerse este material, la fiscalía ordenó medidas como allanamientos, secuestros y la detención del joven.
Esta aprehensión se produjo el 25 de septiembre en un establecimiento rural en La Playosa, departamento San Martín, hasta donde llegó personal de la comisaría local para cumplir con la orden judicial.
Durante el allanamiento se secuestró un garrote utilizado como arma y se encontró el cuerpo sin vida de un ejemplar joven de puma.

La condena de un año de prisión quedó en suspenso, con la condición de que el joven complete una capacitación en materia ambiental y fauna silvestre. Se propuso que esta formación se concrete a través de licenciados en Veterinaria y de la carrera de Ambiente de la Universidad Nacional de Villa María.
La resolución judicial se da en el marco del artículo 356 del Código Procesal Penal y busca dar cumplimiento a los compromisos asumidos por la provincia y el país en la legislación de la materia. El delito se encuadra en la Ley Nacional 22.421 de Protección y Conservación de la Fauna Silvestre, la Ley Provincial 14.346 de actos de crueldad animal, y las leyes ambientales nacionales y provinciales (Ley Nacional 25.675 de Ambiente y Ley Provincial de Política Ambiental N° 10.208).