El Servicio Penitenciario de San Francisco decidió prescindir de los servicios de una docente para evitar que tenga contacto con su padre, a quien ella denunció el año pasado por presunto abuso sexual en su niñez.
El hombre, de 57 años, fue detenido por esta causa y alojado en esta unidad penal en diciembre de 2024.
Las autoridades de la cárcel, valiéndose de una serie de reglas, aplicaron la medida en pos de “protegerla y resguardarla”. En los hechos, la mujer perdió su trabajo como educadora dentro del edificio.
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Para el estudio de abogados que la representa, tanto en la causa contra su progenitor como en la situación laboral, la decisión implica “violencia institucional”, por lo que piden su reincorporación y, en todo caso, el traslado del interno a otra penitenciaría.
Además adelantaron que pedirán un amparo ante la negativa.
Fuentes del Servicio Penitenciario de Córdoba aclararon que, en realidad, la docente es personal del Ministerio de Educación, que tiene un centro educativo dentro del establecimiento. Y que recibieron un oficio para imponer una restricción de contacto, que deben cumplir.
Una decisión difícil
La denuncia de la mujer hacia su padre, fue por abusos que se habrían perpetrado entre sus 7 y 12 años, y provocó que el Juzgado de Violencia Familiar y de Género imponga una medida de impedimento de contacto
La denunciante tomó la decisión de llevar a la Justicia a su padre biológico en octubre del año pasado. A partir de allí comenzó una investigación penal preparatoria, luego vino la imputación y tras ello la prisión preventiva del acusado. La causa sigue su curso, aún sin sentencia.
Se trata de una docente cuya gran parte de horas de ejercicio las tenía asignadas en la cárcel, lo que le representaba el 40% de su salario. Pese a ello, desde la penitenciaría sanfrancisqueña la notificaron, previo al inicio del actual ciclo lectivo, que tenía prohibido el ingreso, alegando el impedimento de contacto vigente, y amparándose en el “Protocolo de la Víctima”.

Los abogados de la mujer, Virginia Panero y Nicolás Casas explicaron a La Voz que el Servicio Penitenciario “se refugia en un protocolo interno supuestamente pro víctima, pero fue aplicado ciegamente porque la dejaron sin trabajo”.
También remarcaron que la responsabilidad es en última instancia de la Provincia de Córdoba, de quien depende la institución.
Pedido de reincorporación
Los representantes legales de la denunciante presentaron un pedido formal solicitando “la inmediata reincorporación a sus funciones”, lo que garantizaría su derecho a trabajar.
Pero, además, pidieron el traslado del interno a otra penitenciaría y en caso de no ser posible, entendiendo la seguridad en el sistema carcelario, que se tomen recaudos para que no exista contacto entre ambos en los días y horarios en que la docente debe asistir al penal.
“La idea nuestra es que la docente recupere sus horas porque se ve afectado su derecho de trabajo, con el agravante de que está pasando un gran trauma: denunció a su padre recientemente por abusos en su infancia”, señaló Panero.
Para su socio, se trata lisa y llanamente de “violencia institucional”, y adelantó que presentarán un amparo contra el Servicio Penitenciario N° 7 y la Provincia.
Respuesta del Servicio Penitenciario
Según indica la resolución, desde el Servicio Penitenciario N° 7 negaron la posibilidad de que la docente vuelva a sus funciones amparándose en que existe una medida de impedimento de contacto entre víctima y victimario.
Citan el Reglamento de Comunicación de los Internos, aclarando que corresponde “aplicar la medida de restricción de ingreso de la víctima con el fin de evitar la revictimización y brindar su resguardo físico y psicofísico” en consonancia con la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y la Ley Provincial de Violencia Familiar.
Respecto al pedido de enviar al interno a otro servicio, sostienen que ello no puede llevarse a cabo ya que de esa forma se estaría atentando contra derechos consagrados en la Ley Suprema: “Resulta imprescindible que el Estado colabore en el mantenimiento y reforzamiento de los vínculos familiares y sociales de la persona privada de la libertad durante su detención, empezando por garantizar el derecho de visita…”, explican.
Asimismo, las autoridades carcelarias manifiestan que les resulta “materialmente imposible tomar medidas tendientes a evitar el contacto entre el detenido y su hija”, en razón de que la escuela se encuentra dentro del edificio, lugar donde transitan los internos para realizar distintas actividades.