“Este proyecto es de urgente tratamiento, lo que expresamente pido a mis pares”. Con esta frase, culmina la redacción de fundamentos el proyecto que presentó la diputada nacional Laura Rodríguez Machado (PRO) para agravar las escalas de penas a quien produzca incendios intencionales. Rodríguez Machado, que firma con el diputado de La Libertad Avanza, también cordobés, Gabriel Bornoroni, preside la comisión de Legislación Penal, que es la que tiene que convocar y tratar esta reforma.
“El llamado a aumentar las penas para quienes inician incendios intencionales es muy relevante, ya que esas acciones no solo afectan el medio ambiente, sino que también ponen en riesgo la vida de las personas y los animales. Necesitamos leyes más estrictas que disuadan estos comportamientos y protejan nuestro entorno de manera efectiva. Solo así podremos cuidar mejor de nuestro planeta y de las comunidades que dependen de él. Necesitamos justicia para proteger nuestro entorno y garantizar que quienes causan daño respondan por sus actos. La preservación de nuestros recursos naturales es responsabilidad de todos, y es urgente contar con herramientas legales efectivas para evitar que esto siga sucediendo”, dice la iniciativa de Rodríguez Machado y Bornoroni, que se suma en la mesa al proyecto que habían presentado los diputados que conforman el bloque Encuentro Federal Juan Brugge e Ignacio García Aresca.
“En principio está el visto bueno de los diputados del oficialismo”, le había anticipado la ministra de Seguridad Patricia Bullrich a su par cordobés Juan Pablo Quinteros, según confirmaron fuentes cercanas a los dos ministros y publicó La Voz.
Eso va más allá: se compatibilizarán las iniciativas, en un debate que podría iniciarse la próxima semana, para obtener un despacho robusto y con amplio consenso, que se asegure los votos en el pleno de la Cámara.
En Diputados se aprobó por unanimidad el proyecto que viene del Senado que establece la “emergencia ambiental, económica y habitacional en zonas afectadas por los incendios en la provincia de Córdoba”, pero también avanzan las conversaciones para modificar las escalas de penas mínima y máxima que prevé el Código Penal para quien origine incendios.
El pedido de incrementar las penas se potenció con un reclamo expreso del gobernador Martín Llaryora, quien en una de sus visitas al epicentro de los incendios en las últimas semanas, la zona de Capilla del Monte, dijo que “la mayoría de los incendios que se han producido este año no tienen que ver con hechos fortuitos, sino con descuido o hechos dolosos” y solicitó que se apliquen sanciones severas a quienes inician incendios intencionales, indicando que “no puede ser que no haya penas acordes al daño que se hace”.
La comparación de proyectos
En concreto, los proyectos coinciden en ubicar en el rango de las penas con prisión efectiva a varias situaciones de incendios dolosos, es decir, intencionales. Pero en algunas figuras es más punitivista el proyecto presentado por Brugge y García Aresca y busca una mayor sintonía con el resto del Código Penal el de Rodríguez Machado y Bornoroni. Plantean estas escalas:
1) Con reclusión o prisión de cuatro a 10 años, si hubiere peligro común para los bienes; en el caso de Brugge/García Aresca. De tres a 10 años, en Rodríguez Machado/Bornoroni
2) También hay diferencias en el mínimo aquí. Brugge/García Aresca plantean de cinco a 12 años el que causare incendio o destrucción por cualquier otro medio: a) de cereales en parva, gavillas o bolsas, o de los mismos todavía no cosechados; b) de bosques, viñas, olivares, cañaverales, algodonales, yerbatales o cualquiera otra plantación de árboles o arbustos en explotación, ya sea con sus frutos en pie o cosechados; c) de ganado en los campos o de sus productos amontonados en el campo o depositado, de la leña o carbón de leña, apilados o amontonados en los campos de su explotación y destinados al comercio; de alfalfares o cualquier otro cultivo de forrajes, ya sea en pie o emparvados, engavillados, ensilados o enfardados; de los mismos productos mencionados en los párrafos anteriores, cargados, parados o en movimiento. En estos casos, Rodríguez Machado/Bornoroni piden de tres a 10 años.
3) Existe la misma diferencia para el caso de peligro para un archivo público, biblioteca, museo, arsenal, astillero, fábrica de pólvora o de pirotecnia militar o parque de artillería. Rodríguez Machado/Bornoroni plantean de tres a 15 años, García Aresca/Brugge imaginan el mínimo en cinco años.
4) Hay coincidencia en establecer una escala de cinco a 15 años,si hubiere peligro de muerte o si se hubieran generado lesiones a alguna persona;
5) También acuerdan en reclusión o prisión de ocho a 20 años, si el hecho fuere causa inmediata de la muerte de alguna persona
En el proyecto de Rodríguez Machado y Bornoroni se agrega un nuevo inciso, el sexto que establece que cuando se hubieran generado daños a areas naturales protegidas, bosques, viñas, olivares, cañaverales, algodonales, yerbatales o cualquiera otra formación de árboles o arbustos la pena será de reclusión de cuatro a cinco años, “es decir un minimo que no es excarcelable, por la importancia de las áreas que afectaría”, valoran los diputados cordobeses.
En el artículo 2° el proyecto de Brugge y García Aresca propone la modificación para las causas culposas, según distintas situaciones. De este modo, se propone que el artículo 189 del Código Penal para que quede de la siguiente forma: “Será reprimido con prisión de tres a cinco años, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos.
- Si el hecho u omisión culpable pusiere en peligro de muerte a alguna persona, se impondrá prisión de tres a seis años.
- Si el hecho u omisión culpable causare lesiones graves o gravísimas a las personas, se impondrá prisión de cuatro a seis años.
- Si el hecho u omisión culpable causare la muerte de alguna persona, se impondrá prisión de seis a ocho años”.
En el caso del proyecto de Rodríguez Machado y Bornoroni se establece una única tipología: “Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años, el que, por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, causare un incendio u otros estragos”, dice el proyecto.
“Se cambia la escala penal de 6 meses a cinco años, la misma escala que el Código prevé para el homicidio culposo, todo ello para mantener el equilibrio con las demás escalas el Código Penal”, fundamentaron Rodríguez Machado y Bornoroni.