La Municipalidad de Córdoba incrementó hasta diez veces el valor de las multas por disponer ilegalmente residuos en terrenos públicos o privados y crea un fondo específico para financiar acciones de remediación ambiental.
La medida, aprobada por amplia mayoría en el Concejo Deliberante mediante la ordenanza 13.543 y publicada en el Boletín Oficial N° 4.392, modificó el régimen sancionatorio del Código de Convivencia.
Las sanciones se expresan en Unidades Económicas Municipales (UEM), cuyo valor actual es de 10.808 pesos. Con la nueva ordenanza, se elevan los mínimos y máximos de diferentes infracciones, se agravan las penas y se incorporan situaciones que antes no estaban previstas.
En diálogo con La Voz En Vivo, el secretario de Ambiente de la Municipalidad de Córdoba confirmó que ya se están aplicando junto con otro tipo de medidas.
“Lo que estamos haciendo además es secuestrar los vehículos, justamente este martes lo hicimos con tres, hay la posibilidad de retener el carnet de conducir para el caso de los particulares y en el caso de los camiones estamos considerando en quitarles la habilitación en casos de reincidencia”, dijo.
Multas más altas para terrenos baldíos y propiedades sin higiene
El artículo 208 establece que no mantener las condiciones de higiene en baldíos, obras no terminadas o propiedades desocupadas implica sanciones de entre 50 y 200 UEM. Esto significa aumentos que van desde el 800% hasta el 1.000% en comparación con los valores anteriores.

En el caso de predios con una superficie mayor a 3.000 metros cuadrados, las sanciones parten de un mínimo de 200 y llegan hasta un máximo de 2.000 UEM. En valores actuales, representan multas que oscilan entre 2.161.600 y 21.616.000 pesos.
Penas por quema de hojas y restos de poda y arrojo de neumáticos
La quema de hojas, restos de poda, pastizales o residuos en general, aun cuando no provoque incendios, será sancionada con montos de entre 50 y 200 UEM, según lo establece el artículo 211. Esta modificación eleva diez veces el mínimo y cuadruplica el máximo respecto de lo que regía anteriormente.
Otra de las nuevas medidas es sancionar el arrojo de neumáticos en espacios públicos o baldíos, esta violación tendrá la misma sanción que la quema de restos vegetales: de 50 a 200 UEM.
No obstante, si la infracción es cometida por una empresa o comercio, el costo se elevará a un rango de 200 a 2.000 UEM, de acuerdo con lo fijado en el artículo 213.
Multas y sanciones para generadores y transportistas
En cuanto a los generadores, transportistas o responsables de la gestión de residuos sólidos urbanos, el artículo 219 dispone multas de entre 200 y 2.000 UEM para quienes incumplan sus obligaciones en cualquier etapa del proceso. Esto implica un aumento del 400% en el valor mínimo de la sanción.
Si la falta se comete utilizando un vehículo de traslado, se podrá aplicar la inhabilitación temporal o definitiva de la licencia de conducir profesional del transportista, así como el retiro de cualquier asistencia municipal. Este refuerzo normativo busca desalentar la descarga en gran escala en cualquier parte de la ciudad.
La nueva ordenanza mantiene las sanciones para otras infracciones cometidas por grandes generadores, con multas que oscilan entre 100 y 4.000 UEM, dependiendo de la gravedad de la falta.
Creación del Fondo de Recuperación Ambiental
El texto establece que lo recaudado por infracciones al artículo 219 se destinará a la creación del “Fondo de Recuperación Ambiental y Saneamiento de Basurales”.
Este fondo financiará acciones de remediación y limpieza en las áreas afectadas por la disposición ilegal de residuos.