A partir de este martes, la Unidad Económica Municipal (UEM) en la ciudad de Córdoba tiene un nuevo valor de $ 9.728, lo que impactará directamente en el cálculo de las multas contempladas en el Código de Convivencia Ciudadana. Este incremento ajusta los montos de las sanciones por infracciones de tránsito, higiene urbana, seguridad y otras faltas.
El Código prevé la actualización periódica de la UEM en función del precio del litro de nafta de menor octanaje, según lo establecido por la empresa estatal YPF.
Por ejemplo, estacionar en lugares prohibidos implicará multas que van desde $ 48.640 hasta $ 145.920 (5 a 15 UEM). Para aquellos que no realicen la Inspección Técnica Vehicular (ITV) en tiempo y forma, las multas oscilarán entre $ 58.368 y $ 145.920 (6 a 15 UEM), dependiendo de las condiciones del vehículo.
Conducir bajo los efectos del alcohol se sancionará con montos que varían según el nivel de alcohol en sangre. Las multas mínimas serán de $ 194.560 (20 UEM) y podrán llegar hasta $ 1.264.640 (130 UEM) en casos más graves, como superar los 2 g/l de alcohol. En situaciones donde el conductor se niegue a realizar el control, la sanción será equivalente al máximo previsto para esta infracción.
Para quienes no porten licencia de conducir o circulen con ella vencida, las multas estarán entre $ 29.184 y $ 87.552 (3 a 9 UEM). Además, cruzar un semáforo en rojo será sancionado con valores que van desde $ 145.920 hasta $ 972.800 (15 a 100 UEM), con agravantes en caso de reincidencia.
El incumplimiento de normas bromatológicas, como la manipulación o venta de alimentos sin las condiciones higiénicas adecuadas, tendrá multas que oscilarán entre $ 194.560 y $ 1.945.600 (20 a 200 UEM). Si un establecimiento incumple con las condiciones de habilitación, la multa será de $ 97.280 a $ 2.918.400 (10 a 300 UEM), dependiendo de la gravedad de la infracción.
En cuanto a contaminación, arrojar residuos en la vía pública será sancionado con $ 29.184 a $ 145.920 (3 a 15 UEM). La disposición inadecuada de residuos industriales o peligrosos podrá acarrear multas de hasta $ 48.640.000 (5.000 UEM), además de otras medidas correctivas.
Por otro lado, actividades comerciales no autorizadas en espacios públicos, como la venta ambulante, tendrán sanciones entre $ 38.912 y $ 389.120 (4 a 40 UEM). El uso de estructuras publicitarias no habilitadas se castigará con multas que van desde $ 145.920 a $ 1.459.200 (15 a 150 UEM).
Finalmente, la violación de la prohibición de ingreso de menores a determinados espectáculos públicos será sancionada con multas de entre $ 486.400 y $ 3.891.200 (50 a 400 UEM), además de posibles clausuras temporales.
Las multas más caras
- Infracciones relacionadas con estructuras soporte de antenas no autorizadas (Artículo 91 bis): Las multas pueden alcanzar los 15.000 UEM, lo que equivale a $ 145.920.000. Esta sanción aplica a estructuras de más de 120 metros de altura instaladas sin autorización, incluyendo el decomiso y desmantelamiento.
- Disposición final de residuos peligrosos (Artículo 222): La multa máxima asciende a 10.000 UEM, equivalentes a $ 97.280.000. Esto aplica a quienes gestionen de forma no autorizada residuos sólidos, líquidos o gaseosos con impacto ambiental significativo.
- Impacto ambiental grave por proyectos no autorizados (Artículo 235): Las multas por ejecutar proyectos con modificaciones en cursos de agua o áreas de impacto ambiental sin autorización alcanzan hasta 10.000 UEM, es decir, $ 97.280.000.
- Urbanizaciones y loteos no aprobados (Artículo 209 ter): Las multas máximas para desarrolladores que incumplen normativas de urbanización llegan a 10.000 UEM, lo que representa $ 97.280.000. Esto incluye la posibilidad de clausuras y decomisos de maquinarias.
- Contaminación ambiental severa (Artículo 210): La sanción máxima por contaminación del ambiente o degradación grave alcanza 5.000 UEM, equivalentes a $ 48.640.000. Estas multas pueden ir acompañadas de clausuras y remediación obligatoria.