Todo comenzó con un rumor, con la incomodidad de jóvenes estudiantes al escuchar que sus rostros circulaban en internet montados sobre cuerpos desnudos, en escenas sexuales explícitas. Las imágenes eran falsas, estaban creadas con inteligencia artificial, pero los nombres asociados a esos cuerpos eran reales. Las consecuencias también.
Lo que parecía un nuevo episodio de acoso virtual se convirtió en una causa judicial inédita: la Fiscalía de Violencia Familiar y de Género Turno 6 de la ciudad de Córdoba solicitó la elevación a juicio contra J.M.C., un joven de 19 años, por generar y difundir contenido pornográfico falso utilizando inteligencia artificial (IA).
La fiscalía, a cargo de Pablo Cuenca Tagle, calificó los hechos como violencia psicológica, sexual y digital con perspectiva de género, y encuadró la conducta bajo la figura penal de “lesiones graves calificadas por mediar violencia de género reiteradas”. La clave para esta imputación penal fue la de considerar como lesiones graves el malestar emocional y mental que provocó en las víctimas, tal como lo solicitó el abogado de tres de un total de 16 víctimas, José D’Antona.

De esas 16 víctimas, el caso se elevó a juicio por dos de ellas. En la escuela Manuel Belgrano, el ámbito en común entre las víctimas y el victimario, el joven fue expulsado de inmediato cuando se conoció el caso y luego se lo reincorporó para que pudiera rendir libre las materias.
Pero, además de esta imputación, J.M.C., que tenía 18 años al momento de los hechos (en 2024), fue imputado por la Fiscalía de Delitos contra la Integridad Sexual, a cargo de Ingrid Vago, por tenencia de material de abuso sexual infantil. Esto fue ya que, en el allanamiento por la causa de las imágenes trucadas, se encontró en su computadora un video sexual que involucraba a menores.
La elevación a juicio de este caso es inédita en Argentina y podría tratarse de un leading case, o caso testigo.
La defensa del acusado, a cargo del abogado Claudio Orosz, anticipó que se opondrá a la elevación a juicio.

1. Qué hizo J.M.C. y por qué es un caso sin antecedentes
La investigación comenzó por la denuncia de estudiantes y egresadas del colegio Manuel Belgrano, de Córdoba. Las jóvenes relataron que sus imágenes, obtenidas de redes como Instagram o WhatsApp, habían sido manipuladas con técnicas de face swapping e insertadas en escenas sexuales. Luego, fueron publicadas en el sitio Poringa con frases denigrantes hacia su persona.
El autor, que operaba bajo el usuario “CuloFacil47”, fue identificado como J.M.C. Usó un correo Gmail con su nombre real y subía contenido desde la IP del domicilio de su padre. En chats, reconoció que lo hacía “por pendejo morboso” y que luego “borraba” los posteos, aunque las imágenes quedaban indexadas en buscadores.
2. Cómo se encuadra legalmente: violencia digital, psicológica y sexual
La fiscalía argumenta que el caso debe leerse con enfoque de género y en el marco de la nueva ley Olimpia (27.736), que incorporó la violencia digital a la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer. Según este encuadre, la acusación sostiene que J.M.C. ejerció violencia digital, al usar tecnología para agredir y cosificar a mujeres con viralización incontrolable; violencia psicológica, por el daño emocional que provocó, y violencia sexual, al sexualizar sus cuerpos sin consentimiento para humillarlas.
De acuerdo a los peritajes y a la prueba recolectada, se cree que el joven actuó desde una lógica de dominación: eligió a sus víctimas por “ser las más lindas” y las expuso como objeto de deseo y burla, buscando validación social.
3. Qué consecuencias sufrieron las víctimas
Los peritajes concluyeron que L.H. y F.K., dos de las víctimas, padecieron trastornos de estrés postraumático. Modificaron su conducta y sufrieron aislamiento, miedo, ansiedad y deterioro emocional. Ambas necesitan tratamiento psicológico prolongado, según indicó el peritaje.
L.H. evitó salir sola, borró fotos y presenta miedo constante a ser observada. F.K. dejó el colegio, cambió su manera de vestir y reporta angustia, rechazo corporal y trastornos del sueño. La fiscalía entiende que estos efectos encuadran como “lesiones graves”, según el Código Penal.
4. Qué pruebas lo incriminan
Entre las evidencias, hay correos y un usuario vinculados a J.M.C; la IP de publicación coincidente con el domicilio paterno del joven; más de 230 imágenes sexuales, y 80 archivos pornográficos en su celular (uno de ellos, de abuso sexual infantil).
Además, se analizaron chats en los que admite su autoría y expresa miedo a que lo descubran; informes periciales que confirman el uso de IA, y los rastros digitales de búsqueda con los nombres de las chicas.
El abogado querellante analizará también documentos para ver si el joven actuó solo luego de que se descubriera el caso.
5. Qué dijo la fiscalía sobre su responsabilidad penal
J.M.C está imputado por lesiones graves calificadas por mediar violencia de género, en concurso real por dos víctimas. La pena prevista es de tres a 20 años de prisión.
Se le atribuye dolo eventual, ya que comprendía que su accionar causaría daño y continuó haciéndolo. Los peritos lo describen como un joven sin empatía, focalizado en sí mismo y con escasa comprensión del daño causado.
6. El daño que sigue activo
José D’Antona, abogado de una de las víctimas, destacó la trascendencia legal del caso: “Es el primer juicio en el país por violencia digital de género como delito penal y no como simple contravención. Esto marca un antes y un después en el uso de herramientas como la inteligencia artificial con fines misóginos”.
Según explicó, decidió impulsar la denuncia bajo la figura de lesiones graves y así se evitó que se tratara como una falta menor, en el marco de las contravenciones. “Si no lo hacíamos así, la causa podía quedar en el limbo legal. Necesitábamos que se entendiera la magnitud del daño”, explicó.
D’Antona cuestionó que algunas imágenes siguieran visibles en la web: “Hoy ponés el nombre de las chicas y todavía aparecen. Es un daño que sigue activo”.