El Concejo Deliberante de Villa María aprobó la ordenanza que establece el Régimen de Excepción Vial y de Protección a la Convivencia Ciudadana, una normativa que endurece las sanciones contra las “hordas” de motos y otras conductas que afectan la seguridad vial en la ciudad.
La iniciativa, impulsada por el intendente Eduardo Accastello, responde al reclamo vecinal por episodios recurrentes de circulación temeraria y picadas ilegales. “Los municipios están llegando al límite de las posibilidades operativas con las herramientas legales vigentes. Las leyes actuales fueron pensadas para ciudadanos que cometen errores, no para grupos que buscan coordinar la anarquía”, había señalado el jefe comunal al presentar el proyecto.
Prohibiciones y facultades operativas La ordenanza prohíbe la circulación de vehículos con escapes adulterados o sistemas de audio que superen los niveles permitidos. Además, habilita la retención inmediata de unidades y autoriza el uso de la fuerza pública para secuestrar vehículos infractores.
Una de las innovaciones más controvertidas es la incorporación de la figura de responsabilidad objetiva para quienes integren “hordas de motos”: cinco o más vehículos que circulen en grupo de manera coordinada generando intimidación o alterando la convivencia pública.
Además, el régimen de excepción triplica el monto de las multas aplicables y establece un sistema de sanciones accesorias que incluye:
• Inhabilitación para conducir de seis meses hasta dos años
• Exclusión de beneficios sociales municipales durante el período de inhabilitación
• Decomiso definitivo de vehículos con modificaciones destinadas específicamente a la realización de picadas
Los fondos recaudados por multas serán destinados a un Fondo de Educación Vial y a la compra de equipamiento para el sistema hospitalario municipal.
La medida busca dotar al municipio de herramientas más efectivas para enfrentar conductas que, según las autoridades, exceden la simple infracción de tránsito y afectan directamente la seguridad y convivencia ciudadana.


























