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Negocios / Datos económicos

Análisis: la “ley ómnibus” y la propuesta de eliminar retenciones bancarias

La “ley ómnibus” presentada por el presidente propone cambios en el sistema tributario. Entre ellos, busca eximir de las retenciones bancarias a los pequeños contribuyentes. ¿Es suficiente?

6 de enero de 2024,

07:47
Emilia Mestre *
Análisis: la “ley ómnibus” y la propuesta de eliminar retenciones bancarias
INGRESOS BRUTOS. La incidencia del impuesto se agravó con el comercio electrónico y con la actividad que desarrollan las pymes en diferentes provincias. (La Voz/Archivo)

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Los regímenes de pago anticipado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos profundizan las distorsiones del sistema tributario. La “ley ómnibus” presentada por el Presidente propone una eliminación parcial de las retenciones bancarias. ¿Es suficiente?

La teoría económica señala que los impuestos no deben distorsionar las decisiones de las personas en cuanto a trabajar, invertir y producir. Por lo tanto, deberían evitarse los gravámenes antes o durante el proceso productivo.

En este sentido, los impuestos recomendados y preponderantes en los países desarrollados, con sistemas productivos que funcionan con alta eficacia, son el impuesto al valor agregado –que se aplica de manera proporcional cuando el proceso productivo de cada eslabón de la cadena termina, y se ejecuta en su totalidad con la venta final–, el impuesto a los ingresos personales y el impuesto sobre la propiedad o la riqueza.

Los impuestos en Argentina

En Argentina, la situación es diferente. Tomando el caso de una venta de bien, se pueden llegar a acumular tres impuestos. El Estado nacional grava las ventas con el impuesto al valor agregado (IVA), las provincias gravan esa misma venta aplicando el impuesto a los Ingresos Brutos, mientras que los municipios también gravan sobre la misma base aplicando tasas de comercio e industria.

A su vez, una práctica perversa que se ha generalizado es la aplicación de deducciones en carácter de pago a cuenta del impuesto de Ingresos Brutos ante un pago con depósito bancario, o cuando vende con tarjeta de crédito, débito o billetera virtual.

El resultado es que se eleva la carga administrativa, especialmente para los contribuyentes que son nominados como agentes de retención, ya que estos no sólo tienen que afrontar los trámites de pagar sus impuestos, sino que además tienen la responsabilidad de colaborar con el Estado para recaudarlos.

Además, se generan costos financieros adicionales, como el caso de los contribuyentes que venden a plazo pero a los que el fisco obliga a pagar por adelantado las deducciones. Este tipo de acciones termina incentivando al uso del dinero en efectivo y propiciando mayor evasión.

Los cambios impositivos que busca la “ley ómnibus”

El proyecto de “ley ómnibus” presentado por el presidente Milei aborda una ambiciosa agenda de transformaciones. Entre estas, busca eximir de las retenciones bancarias a los pequeños contribuyentes.

Para definir su alcance, el proyecto legislativo fija que las entidades financieras y demás procesadores de medios electrónicos de pago sólo podrán realizar retenciones impositivas si los montos procesados exceden una facturación mensual equivalente a 10.000 unidades de valor adquisitivo (UVA).

Si se toma en cuenta el último valor del índice UVA publicado por el Banco Central, hoy alcanzaría sólo a aquellos comercios con una facturación mensual inferior a 4,7 millones de pesos. Esto es alrededor de 56 millones de pesos anuales. Considerando los límites de monotributo y del Certificado MiPyme, se podría decir que esta política sólo abarcaría a monotributistas y a algunas micro-empresas.

A su vez, un aspecto que falta reglamentar es la manera en la que se va calcular si a un contribuyente le corresponde o no la retención, teniendo en cuenta de que si se hace en base a una declaración jurada adicional, esto únicamente sumaría más burocracia al sistema.

Si bien la medida tiende a simplificar el sistema tributario, el planteo es parcial. Por un lado, beneficiaría a un pequeño universo de contribuyentes dejando activo para el resto el perverso esquema de retenciones bancarias. Por otro, debido a que las provincias utilizan intensamente las retenciones bancarias para recaudar Ingresos Brutos, son altas las probabilidades de un fuerte rechazo provincial: alrededor de 1 de cada 3 pesos de Ingresos Brutos recaudados en las finanzas públicas provinciales se hace a través de retenciones sobre movimientos bancarios, tarjetas y billeteras virtuales.

Un sistema menos distorsivo y más eficiente

Para simplificar la maraña que es el sistema tributario y, al mismo tiempo, no generar disconformidad en las provincias, se deberían eliminar por completo las retenciones de impuestos, sin distinguir por el tamaño del contribuyente, como propone el actual proyecto de ley. Esto traería un inmediato alivio administrativo y financiero para los contribuyentes.

En segundo lugar, es necesario que la Afip junto con las provincias firmen convenios de colaboración para permitir al organismo recaudar el IVA junto con el impuesto a los Ingresos Brutos, esto mejoraría visiblemente los niveles de cumplimiento.

A su vez, la promoción en el uso de dinero digital permitirá dejar registrada la información de todas las transacciones realizadas, lo que posibilitará ampliar la base imponible tanto del IVA como de Ingresos Brutos, siendo una potente herramienta para disminuir la evasión impositiva y hacer una administración tributaria más eficiente y amigable con el contribuyente. Para esto, el uso del dinero digital no debería estar gravado con ningún impuesto, y si las extracciones de dinero en efectivo.

Con estas modificaciones en el proyecto de ley se podrá avanzar en la búsqueda de un sistema tributario más empático con los ciudadanos y con menores niveles de evasión, sin generar restricciones financieras en las provincias.

* Economista de Idesa

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