El Gobierno redujo el porcentaje del pago a cuenta para entrar en los planes de refinanciación de deudas por impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.
La medida fue tomada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), mediante la Resolución General 5681/25, que entra en vigencia desde el 1 de mayo.
Se trata de la flexibilización de los planes de pago, que busca mejorar el cumplimiento voluntario del pago de impuestos.
Según tipo de contribuyente, estos son los nuevos porcentajes de pago a cuenta:
- Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro: 25% a 17%.
- Medianas empresas – Tramo 1: 25% a 23%.
- Medianas empresas – Tramo 2: 30% a 23%.
- Demás contribuyentes: 35% a 28%.
Cómo adherirse y cuáles son los requisitos
Para adherirse, hay que ingresar al sistema “Mis Facilidades” en el sitio en Internet de Arca, seleccionando la opción “RG 5321 - Plan de Facilidades de Pago Permanente”.
Estos son los requisitos:
- Tener domicilio fiscal electrónico constituido.
- Haber presentado las declaraciones juradas.
- CUIT activa.
- CBU informada
Extensión de planes vigentes
Paralelamente, a través de la Resolución General 5680/25, la Arca extendió el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes para micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.
Es para las obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de diciembre de 2024. Incluye deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.
La medida financia a tasas reducidas: 25% de la tasa resarcitoria para pequeños contribuyentes y 40% para medianas empresas.
Plazos de financiación:
- Hasta 48 cuotas para micro, pequeñas empresas y similares.
- Hasta 36 cuotas para medianas empresas.
- Menor cantidad de cuotas (24 y 18) para retenciones y percepciones.
La adhesión se hace a través del sistema “Mis Facilidades” con Clave Fiscal y requiere tener CUIT activa, CBU informada, presentadas las declaraciones juradas y domicilio fiscal electrónico constituido.