La Cámara Argentina Fintech (CAF) presentó una nueva edición del estudio “Mapa de presión fiscal a la digitalización de la economía”, que expone cómo varía la carga tributaria provincial sobre las fintech, empresas que ofrecen servicios financieros digitales. El documento muestra que Córdoba figura entre las jurisdicciones con mayor presión impositiva del país, con alícuotas diferenciadas que superan el promedio nacional y generan un efecto distorsivo sobre la actividad.
Según el relevamiento, una empresa fintech tributa en el país en promedio 6,4% en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB), frente a tasas que rondan entre el 3% y el 5% en otros sectores de servicios y comercio.
En el caso de Córdoba, Jujuy y Santa Fe, los gobiernos provinciales aplican regímenes especiales para las fintech, con alícuotas que llegan a ser hasta un 40% más altas que las de otros rubros, lo que amplía la brecha de competitividad.
Un esquema que desalienta la innovación
El informe subraya que esta heterogeneidad tributaria entre provincias afecta la expansión de las empresas digitales y desalienta la inversión en innovación tecnológica. En el mapa nacional, las alícuotas van del 3,5% en Tierra del Fuego hasta el 9% en La Pampa y Santa Fe, con Córdoba en el grupo de las más altas.

“La estructura tributaria actual limita el desarrollo de la economía digital y afecta tanto a las empresas como a los usuarios”, advirtió Mario López, presidente de la Cámara Argentina Fintech. Y agregó: “Necesitamos avanzar hacia un marco fiscal que fomente la formalización y el acceso al crédito”.
En el caso de Córdoba, aplica una presión fiscal de 6,8%, que no es tan alta como Santa Fe y La Pampa (en ambas llega a 9%), pero que está por encima del promedio nacional de 6,4%.
La provincia, según el informe, aplica tasas de 7% a los servicios financieros (por ejemplo a los préstamos) y de 6,5% a los servicios informáticos
Además, aplica una alícuota del 5% a pagos que se desarrollen a través de plataformas online, sitios web, aplicaciones tecnológicas, dispositivos y/o plataformas digitales para facilitar la gestión o procesamiento de pagos.
Sin embargo, advierte que la Ley Tarifaria N° 11.015 (aprobada en 2024) fijó modificaciones al Código Tributario Provincial de tal modo que las plataformas que procesan pagos a través de plataformas digitales deban realizar una contribución adicional del 80% sobre la alícuota de IIBB que deben pagar según la Ley Impositiva Anual.
“Esto, en la práctica, conlleva la duplicación de la alícuota legal del 5% a una efectiva que puede llegar a un 9%”, resalta el informe.
El impacto del IIBB no sólo repercute en las compañías del sector, sino también en los consumidores y pymes, ya que los mayores costos impositivos se trasladan a los servicios financieros, encarecen las tasas de crédito y reducen los incentivos para la formalización de la economía.
Tres propuestas para equilibrar el sistema
El estudio identifica tres líneas de acción prioritarias para mejorar el entorno fiscal:
- Reducir la presión tributaria sectorial, equiparando las alícuotas fintech con las de servicios convencionales.
- Armonizar la normativa entre provincias, para disminuir la disparidad regional.
- Simplificar el marco regulatorio, reduciendo la complejidad normativa y los costos de cumplimiento.
La Cámara sostiene que un esquema más equitativo permitiría mayor inclusión digital, expansión del crédito y desarrollo de nuevas empresas tecnológicas. En esa línea, remarca la necesidad de coordinar esfuerzos entre Nación y provincias para construir un marco tributario que acompañe la innovación y la digitalización de la economía.
























