El Gobierno nacional presentó este lunes el sistema “IVA Simple” que establece un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas vigentes para la liquidación y pago del tributo.
Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 5705/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno lanzó una simplificación para la liquidación del IVA
La medida va en línea con la presentación del Régimen Simplificado de Ganancias que también ya está a disposición de los contribuyentes para su adhesión en forma voluntaria.
El procedimiento de IVA Simple parte de un una declaración jurada única (Formulario F. 2051) que será precargada por el organismo con la información disponible y luego los contribuyentes tendrán la posibilidad de confirmar, agregar o modificar dicha información.
Este nuevo formulario reemplaza a los cuatro que se utilizan actualmente (F. 731, 810, 2002 y 2082) e integra en el mismo documento el Libro de IVA Digital.
De esta forma, “se consolida la información en una única declaración”, afirmó Arca.

Según explicó el organismo, el funcionamiento de IVA Simple comprende dos etapas automatizadas:
- Primera etapa: registro electrónico con carga automática de operaciones de compras y ventas (con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios).
- Segunda etapa: determinación del impuesto y del saldo resultante.
En esta última etapa, se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (Sire) y Sistema de Control de Retenciones (Sicore), al igual que otros datos registrados en las bases de Arca, como pagos a cuenta y saldos a favor.
Arca afirmó que entre los principales beneficios para los contribuyentes se destacan: “la reducción del 75% en formularios requeridos; la eliminación de carga manual de datos; un proceso completamente digital; menor posibilidad de errores en la carga y un ahorro significativo de tiempo administrativo”.
El cronograma para la implementación es el siguiente:
- Junio 2025: disponibilidad del sistema.
- Junio-Octubre 2025: período de transición opcional.
- Noviembre 2025: implementación obligatoria para todos los responsables inscriptos.
Los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA digital.