La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) anunció las nuevas escalas del Monotributo, que entran en vigencia a partir del 15 de enero de 2025. Los contribuyentes tendrán plazo hasta el 5 de febrero para realizar la recategorización, que podrá hacerse de forma simplificada a través de la web o la aplicación de Arca.
Las nuevas escalas reflejan la inflación acumulada del 21,14% durante el segundo semestre de 2024. Si los ingresos del contribuyente acompañaron la inflación, se mantendrá en la misma categoría. Si, por el contrario, los ingresos quedaron por debajo del avance de los precios, podrá bajar de categoría y pagar menos.
A continuación, se detallan las nuevas escalas del monotributo
- Categoría “A”: Ingresos brutos anuales hasta $7.813.530 (antes $6.450.000). Impuesto total: $32.223 (antes $26.600).
- Categoría “B”: Ingresos brutos anuales hasta $11.447.730. Impuesto total: $36.681.
- Categoría “C”: Ingresos brutos anuales hasta $16.051.050. Impuesto total: $42.954.
- Categoría “D”: Ingresos brutos anuales hasta $19.927.530 (antes $16.450.000). Impuesto total: $55.050.
- Categoría “E”: Ingresos brutos anuales hasta $23.440.590. Impuesto total: $77.951 para venta de bienes y $70.440 para prestación de servicios.
- Categoría “F”: Ingresos brutos anuales hasta $29.376.450. Impuesto total: $98.103 para bienes y $84.535 para servicios.
- Categoría “G”: Ingresos brutos anuales hasta $35.130.600. Impuesto total: entre $103.328 y $149.845, según la actividad.
- Categoría “H”: Ingresos brutos anuales hasta $53.301.600. Impuesto total: $340.081 para bienes y $206.827 para servicios.
- Categoría “I”: Ingresos brutos anuales hasta $59.661.450 (antes $49.250.000). Impuesto total: $627.030 para bienes y $309.038 para servicios.
- Categoría “J”: Ingresos brutos anuales hasta $68.322.960. Impuesto total: $377.873 para servicios y $759.464 para bienes.
- Categoría “K”: Ingresos brutos anuales hasta $82.375.200 (antes $68.000.000). Impuesto total: $1.050.386 para bienes y $456.800 para servicios.
Es importante destacar que si un contribuyente debe cambiar de categoría y no se recategoriza, Arca podrá realizar una recategorización de oficio.
En este caso, se aplicará una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que le hubiera correspondido pagar. Sin embargo, la recategorización de oficio no es automática y requiere de una fiscalización previa por parte de Arca.