La Justicia rechazó el reclamo de un inversor argentino que perdió todos sus ahorros invertidos en el Banco Santander Río a raíz de la quiebra de la inversora del estadounidense Bernard Madoff.
La Sala Sexta de la Cámara del Crimen confirmó la desestimación "por inexistencia de delito" de la denuncia presentada por el contador público José ¡ngel Fornells.
Según documentación a la que tuvo acceso DyN, Fornells invirtió en febrero de 2001 unos 55 mil dólares en la denominada "Banca Privada del Banco Santander Río... sumas que fueron asignadas a \'Otras Inversiones BPI M. Strategic US Equity (Fund)\'".
El fallo explica que "esta operación le generaba mayores intereses mensuales que un plazo fijo, su renovación era automática y se caracterizaba por ser moderada sin riesgo alguno en productos del mismo banco y exclusivamente en la Argentina".
La inversión evolucionó positivamente y según el resumen del 31 de diciembre de 2008, Fornells poseía 118.138,72 dólares, pero un mes más tarde su saldo había descendido a apenas 35 centavos de dólar. Las autoridades bancarias le explicaron que ello obedecía a que "su inversión se había visto licuada en el fondo Optimal Investment Service, manejado por Madoff, que había quebrado".
Bernard Madoff era el titular de un fondo de inversión que operaba en la bolsa de Nueva York hasta que justamente en diciembre de 2008, en los albores de la crisis mundial, fue detenido por el FBI acusado de haber cometido un fraude por más de 50 mil millones de dólares.
A mediados del año pasado fue condenado por la justicia estadounidense a 150 años de prisión, pero ello no modificó la situación judicial del inversor argentino que perdió todo su dinero y que argumentó que "nunca le dijeron que era dinero que iba al exterior... pensaba que invertía en la Argentina".
Para los camaristas Marcelo Lucini y Mario Filozof, "la hipótesis planteada no se adecua a un tipo legal. Por el contrario, lo relatado por el querellante pone en evidencia la existencia de un conflicto de neto corte privado que deberá ser resuelto en la sede correspondiente".
"Las inversiones llevadas a cabo con su dinero, lejos de entenderse como un acto fraudulento o, al menos, de uno que pueda causarle un perjuicio a sus finanzas, se trató de la creación de una nueva relación cuyo costo-beneficio resultante sólo podía determinarse en el futuro (con los riesgos propios de esa actividad)", sostiene el fallo, al que tuvo acceso DyN.
"Ninguna duda cabe que el banco contó con su consentimiento para evaluar y realizar las operaciones que creía más convenientes", añade la resolución, que subraya además que "Fornells no habría adoptado la mínima diligencia al llevar a cabo esos actos, lo que es aún más llamativo si se tiene en cuenta su profesión de contador público".
El fallo destaca que el banco con sede en la Argentina "en los primeros meses del año anterior le ofreció acciones privilegiadas de la entidad o de una empresa española por un valor igual al originariamente invertido pero muy inferior al dinero perdido", lo que no fue aceptado por el inversor.
"La aceptación de un negocio que actúa por encima de esos parámetros (de rendimiento, ndr) implica también asumir el riesgo propio de toda iniciativa financiera que fluctúa en una posición desconocida en definitiva por el depositante", resumieron los camaristas.