La expresión “ficha limpia” podría conceptualizarse como el criterio ético y legal que busca asegurar que las personas que ocupen cargos públicos no tengan antecedentes judiciales graves que comprometan su idoneidad o integridad moral.
El término cobró relevancia internacionalmente con la Ley de Ficha Limpia en Brasil (2010), impulsada por la sociedad civil, que impide que personas condenadas por ciertos delitos puedan ser candidatas a elecciones.
Desde entonces, fue promovida en varios países de América latina, como símbolo de transparencia y lucha contra la corrupción y la impunidad.
Proyectos en Argentina
En Argentina, en 2016, la diputada Silvia Lospennato presentó un proyecto de ley de ficha limpia en el Congreso Nacional, pero no se logró avanzar debido a falta de acuerdo. Posteriormente, otros partidos también lo hicieron, como la Coalición Cívica en 2017.
Sin embargo, fue recién en 2024 cuando se logró retomar su debate en el Congreso. En septiembre de ese mismo año, el proyecto obtuvo dictamen en las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia de la Cámara de Diputados, con el apoyo del oficialismo y de otros bloques opositores, pero no pudo ser aprobado debido a falta de cuórum.
Así llegamos a febrero de este año, en el que el presidente Javier Milei presentó un nuevo proyecto de ley, que fue aprobado por la Cámara Baja, pero fue rechazado en el Senado recientemente.
Todas las acusaciones cruzadas entre los partidos, principalmente desde el propio Gobierno, son una falta de respeto a la ciudadanía. Porque en realidad los verdaderos perjudicados por no aprobarse este proyecto de ley son los ciudadanos.
Impunidad y delito
¿Qué efectos puede tener en el comportamiento social la situación en la que una persona, aunque tenga doble condena por delitos graves de corrupción, pueda ser candidato a legislador o incluso a presidente de la Nación?
Lógicamente, este “todo vale” sólo puede generar la sensación de que robar e incluso matar puede ser posible sin que nadie te castigue.
Es que no sólo se votó en contra de una ley que pretende garantizar algo tan obvio como que quien pueda acceder a cargos públicos electivos como mínimo no sea una persona condenada por delitos de corrupción, sino que el fracaso del proyecto fue festejado por los senadores kirchneristas, entre otros, ante los ojos de toda la sociedad argentina. Esto no puede generar otro efecto que el crecimiento de la impunidad y del delito.
El juez electoral podría rechazar la candidatura de Cristina Fernández de Kirchner como de cualquier otra persona en las mismas condiciones
El artículo 16 de nuestra Constitución Nacional expresamente establece que “… Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad…”.
Idoneidad significa, ni más ni menos, que reunir las condiciones necesarias para cierta función o servicio.
¿Podría una persona que ha sido condenada por un delito de corrupción contra la administración pública, y cuya condena ha sido luego confirmada en segunda instancia, ser considerada idónea para ejercer un cargo público?
La propia Constitución establece la condición de idoneidad como único requisito para el acceso a los empleos, condición que no puede considerarse cumplida ante una doble condena por corrupción con la consecuente inhabilitación para ejercer cargos públicos.
¿De qué manera seríamos todos iguales ante la ley si a cualquier ciudadano se le exigen sus antecedentes penales para poder ingresar a cualquier trabajo, pero luego quienes son candidatos para ejercer cargos públicos –los que tienen una incidencia directa en la vida de todos los argentinos– pueden serlo aun tras haberse probado su participación en delitos contra la administración pública?
En este sentido, considero que la Justicia electoral, de oficio o ante la impugnación de cualquier ciudadano, podría rechazar la candidatura de CFK o de cualquier candidato en similares condiciones por ser dicha candidatura violatoria de la Constitución Nacional.
- Exdiputada nacional