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Opinión / Javier Milei

Por qué no podemos comercializar nuestros órganos

El cuerpo no es una mercancía. Por el contrario, está sujeto a ciertas limitaciones que no son extensibles a otros objetos.

27 de junio de 2022,

00:01
Juan Mocoroa
Por qué no podemos comercializar nuestros órganos
Javier Milei se pronunció a favor de la libertad de vender órganos.

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Hace unas semanas, el debate público fue sacudido por las declaraciones de Javier Milei, con las que promovía la libre comercialización de órganos. Las reacciones no se hicieron esperar. El Incucai respondió que la donación se basa en una decisión solidaria, altruista y desinteresada.

Quienes critican esta última concepción aducen que el mercado podría equilibrar la oferta y la demanda de estos materiales. Para Richard Posner, por ejemplo, la liberalización promovería una mayor disponibilidad para trasplantes. Aun cuando quienes los vendieran fueran pobres, luego de hacerlo serían más ricos.

Esta situación favorecería el equilibrio entre quienes están dispuestos a ofrecer sus órganos y quienes los necesitan, como así también la elasticidad de la demanda. Como las donaciones se dan, en principio, entre allegados, la existencia de un mercado de órganos no las afectaría. Pues los actuales donantes seguirían haciéndolo.

Otros autores justifican la comercialización en el “derecho de propiedad”. Si se acepta que somos dueños de nuestros cuerpos, podríamos hacer con él lo que queramos. Esto incluye su disposición a cambio de dinero.

Este argumento, sin embargo, nos lleva a conclusiones contraintuitivas. Si uno es el dueño de su cuerpo, es indiferente si con su empleo se salvan vidas o si se pone en riesgo la propia, vendiendo, por ejemplo, ambos riñones o el corazón. Como dice Michael Sandel, no es coherente sostener que la propiedad se extiende sobre uno de aquellos órganos, pero no sobre el restante. En el segundo caso, nadie aceptaría la comercialización de un órgano al extremo de causar la propia muerte.

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Otra estrategia enfatiza el valor de la autonomía. Si para una persona su mejor opción es la venta de un órgano, sostiene Rivera López, la prohibición representa una nueva restricción a su autonomía. Para Ernesto Garzón Valdez, en un sentido semejante, tampoco habría objeciones éticas siempre y cuando fuera voluntaria y sin la coacción de circunstancias que la tornen obligatoria.

Prohibición justificada

¿Deberíamos concluir, entonces, que la prohibición de comercialización de órganos es incorrecta? No lo creo. En la literatura especializada, existen varios argumentos que la justifican. Veamos.

En primer lugar, no son indiferentes las condiciones en las que se encuentra quien querría comercializar un órgano. En Los miserables, Víctor Hugo lo advirtió con claridad: la bella Fantine, desesperada por no poder alimentar a su hija Cosette, vendió su pelo y sus dientes. Hace algunos años, el padre de dos niños que vivían en Chaco “le puso precio a un riñón”: 50 mil pesos. El motivo: cambiar la situación de miseria que atravesaba su familia.

Con alguna licencia, podríamos llamar a esta circunstancia “situación Fantine”. Ella se caracteriza por privaciones extremas que motivan recurrir a un acto desesperado. La desigualdad y la pobreza extrema convierten al vendedor en un mero medio para la satisfacción de los intereses de otros. La imagen que nos arroja es desoladora: como dice Debra Satz, los pobres podrían convertirse en “repuestos para los ricos”.

En estos casos, la respuesta jurídica es simple: el consentimiento prestado en una situación Fantine no es válido. No puede dar fundamento a un arreglo contractual, porque sería un caso de explotación.

Si esta fuera la única respuesta, es la propia miseria la que justificaría la prohibición. Pero si esto es así, se sostiene, la situación en la que se coloca el Estado prohibicionista es “hipócrita”. El Estado, que no asiste a quien más lo necesita, impide una acción que podría ayudar a mejorar las condiciones de vida. Lo intolerable moralmente es naturalizar la precariedad que obliga a recurrir a esta medida extrema.

El interrogante que queda sin respuesta es el siguiente: ¿por qué estaría justificada la prohibición si, con ello, una persona puede aliviar su propia miseria y la de su familia?

El “argumento de la explotación” remarca la injusticia de comprar y vender bienes en condiciones de desigualdad o de graves necesidades económicas. El mercado sólo multiplicaría la explotación y la dominación. Este análisis no critica la venta, sino, antes bien, un statu quo injusto y desigual.

Fuera del mercado

Un enfoque alternativo analiza el acto de comercializar en sí mismo. En Lo que el dinero no puede comprar, Michael Sandel sostiene que el problema es la degradación o el efecto degradante del mercado y de los intercambios que promueve sobre algunos bienes y prácticas. A esta crítica la denominó “la objeción de la corrupción”. Algunos bienes son degradados, infravalorados o corrompidos si son objeto de compra y venta. Este argumento tiene una pretensión más general: funciona aun cuando quienes contratan estén en posición de igualdad y libertad.

Pienso que esta idea está detrás de nuestro rechazo moral a la venta de órganos. Consideramos que aquello que fundamenta el riesgo, que no debería exceder de lo razonable, es un sentimiento altruista de beneficiar a otro. Es más, por eso la consideramos una actividad valiosa. Al tomar esa decisión, no deberíamos estar constreñidos por situaciones apremiantes y tampoco por incentivos económicos.

Además, creemos que el cuerpo no es una mercancía. Al contrario, está sujeto a ciertas limitaciones que no son extensibles a otros objetos.

Más allá de las situaciones Fantine, nuestra perspectiva moral nos dice que algo anda mal en la venta de órganos. Ese resquemor se asienta sobre nuestras intuiciones acerca de los límites morales del mercado. Es que, en fin, el dinero no todo lo puede comprar.

* Abogado; docente de Derecho Constitucional (UNC y Universidad Siglo 21)

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