El Poder Judicial es uno de los tres poderes de nuestra república, consagrado por la Constitución Nacional. De allí la importancia de su independencia, para que pueda juzgar con imparcialidad los actos de los otros dos poderes (Ejecutivo y Legislativo).
Los jueces que lo integran son los que deciden a través de sus sentencias, en los casos que les tocan resolver, sobre nuestra libertad y nuestro patrimonio. Por todo esto, es fundamental que sean probos; no sólo conocedores del derecho, sino también moralmente intachables y apartidarios, es decir, sin compromisos políticos.
El más alto tribunal es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, donde se resuelven en una última instancia los casos más resonantes e importantes, entre otros. Es por ello que los jueces que la integran deben ser los más idóneos e independientes, para garantizar la seguridad jurídica no sólo para nosotros, sino también para inversores extranjeros que quieran invertir en la Argentina y, como expresa el preámbulo de nuestra Constitución Nacional, “para asegurar los beneficios de la libertad de todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”.
En definitiva, el Poder Judicial es un pilar fundamental para la convivencia y una garantía para vivir en democracia. Los acuerdos para el nombramiento de sus integrantes deben basarse pensando en el bien común de la patria y no en intereses mezquinos y partidarios para asegurarse protecciones personales especiales con garantía de impunidad en los actos de corrupción.
Sería muy gratificante que haya una mujer en el más alto tribunal, con los mejores antecedentes, como es el caso de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado (exmujer del asesinado fiscal Alberto Nisman).
En otro orden de cosas, en nuestra provincia de Córdoba no puede quedar impune la violación y el asesinato de Nora Dalmasso, bajo el amparo del instituto de la prescripción y por culpa de malos procedimientos judiciales.
De acuerdo con el derecho, la prescripción se basa en que se extingue la acción penal cuando transcurre determinada cantidad de años, porque se presume que ha culminado la repercusión o el daño social sobre el hecho cometido.
Pero este argumento no tiene en cuenta a la víctima, que también ha sido parte de la sociedad y que, si viviera, querría su reparación social y personal.
Aunque no se encuentre con vida, ella tiene derecho a que se haga justicia, al igual que sus familiares, y que se llegue a descubrir, como se denomina en el derecho penal, la verdad real. Este atroz crimen debería considerarse como de lesa humanidad.
Otro tema importante es la delincuencia juvenil y de menores de edad. Si un menor de edad es consciente para violar y matar, también debería ser consciente del castigo legal, porque como expresa el Código Penal, “sabe comprender la criminalidad de sus actos”. Los padres también deberían tener una responsabilidad ante la ley y la Justicia.
Los abogados desempeñan un rol fundamental en el desarrollo de los debates en los tribunales penales, colaborando para que los jueces lleguen a descubrir la verdad real de los hechos cometidos, pero sin distorsionar el concepto de ser abogado que nos enseñan en la Facultad de Abogacía y en los manuales de derecho: ser “auxiliares de la Justicia”, que es mucho más que ser “auxiliar del cliente”.
El objetivo no es entorpecer el descubrimiento de la verdad, sino que se obtenga un juicio justo con todos los atributos de la ley. En definitiva, y para culminar, como finalizan los escritos judiciales, podemos decir que “proveer de conformidad será justicia”.
* Abogado; exjuez de Paz de Villa Allende