Los 385.000 argentinos que residen en el exterior y están habilitados para emitir su voto en las elecciones generales legislativas del 14 de noviembre no podrán hacerlo en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) del domingo próximo, ya que estos comicios no se realizan fuera del país, recordó este viernes la Cancillería.
Solamente estarán habilitados para votar en los comicios generales aquellos argentinos que hayan efectuado su cambio de domicilio a algún país del extranjero 180 días antes de los comicios y que esté asentado en su Documento Nacional de Identidad (DNI), ya que el pasaporte no es un documento permitido para votar, en comicios que tienen la particularidad de emplear la boleta única, señala el documento al que tuvo acceso Télam.
Este número de votantes, anotados en el Registro de Electores Argentinos Residentes en el Exterior, que es permanente y está confeccionado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), representa aproximadamente el 1,13% del padrón nacional, integrado por 34.330.557 electores.
En las últimas elecciones presidenciales del 2019 se registró un récord de participación de los argentinos en el exterior, quien hicieron largas colas en la sede de las embajadas y de los consulados para votar, con un total de 49.300 sufragios (aproximadamente un 13% del padrón del exterior), de los cuales 9.000 lo hicieron a través del sistema opcional del voto anticipado por vía postal.
Este último sistema fue implementado por el entonces presidente Mauricio Macri, el 11 de enero de 2019, mediante el decreto 45, que fue impugnado desde el Partido Justicialista y desde el Frente Renovador, ya que aún no se había formalizado el Frente de Todos, por haber obviado la vía parlamentaria, tras lo cual la jueza María Servini lo declaró inconstitucional.
Pero, posteriormente, la Cámara Nacional Electoral lo convalidó, al señalar que se trataba de una modalidad extendida en el mundo para facilitar el voto, a veces desde lugares remotos, en una decisión que fue apelada y que en la actualidad está a resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Hoy el tema se torna abstracto ya el decreto fue derogado por el gobierno del presidente, Alberto Fernández, por otra norma similar, número 189, del 23 de marzo pasado, con el fundamento de que crea una “nueva modalidad” no prevista en legislación aprobada por el Congreso, y que retrotrae la votación de los argentinos en el exterior en forma presencial.
En el informe de Cancillería se señala que los argentinos residentes en el exterior no están obligados a participar de los comicios en las legislativas, sino que su voto para esa instancia es voluntario y deberá concretarse en jurisdicción de la representación diplomática donde tenga asentado su domicilio y cuente con padrón de electores.
Deberán tener más de 16 años, figurar en el padrón electoral, que puede consultarse en la dirección web www.padron.gob.ar, en la cual figura un ítem dedicado a esos ciudadanos argentinos.
Según lo dispuesto, como las PASO no se realizan en el exterior, los argentinos allí radicados sólo votan en los comicios generales y eligen únicamente las categorías nacionales que se encuentren en disputa en cada elección dependiendo el caso, es decir, presidente y vice, parlamentarios del Mercosur, y diputados y senadores nacionales.