En un nuevo capítulo del resonante caso Vialidad, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios presentados por la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, el empresario Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López y otros acusados.
Con esta decisión unánime, la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado contra Crsitina Fernández se mantiene firme y el expediente ahora se dirige hacia la última instancia de la justicia: la Corte Suprema de Justicia.
La condena contra Cristina Fernández
La resolución de la Sala IV, integrada por los camaristas Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, confirma la sentencia dictada previamente por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) el 6 de diciembre de 2022.
Aquella histórica sentencia convirtió a Cristina Kirchner en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder en ser condenada por corrupción.
El tribunal la encontró responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, estimando el daño ocasionado en la cifra de 85.000 millones de pesos.
Según la sentencia confirmada, la maniobra fraudulenta involucró a “integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública”, en clara alusión a Lázaro Báez.
El objetivo de esta estructura, según se acreditó, fue “asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.
Los fundamentos de la sentencia
Los jueces de Casación desestimaron los argumentos de la defensa de Cristina Kirchner, que había planteado la existencia de un caso de gravedad institucional.
Al respecto, citando jurisprudencia de la Corte Suprema, los magistrados señalaron que “no toda decisión dictada en un caso de trascendencia es en sí misma trascendente, ni reviste gravedad institucional”.
Argumentaron que los cuestionamientos planteados en el caso Vialidad son “cuestiones de hecho, prueba y de derecho común”, las cuales no son materia apelable ante la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario.
La competencia de la Corte en estos casos se habilita de manera excepcional cuando se discuten cuestiones constitucionales.
Como sigue el derrotero judicial
Sin embargo, este no es el final del camino judicial.
Tanto los imputados como la fiscalía tienen ahora la posibilidad de ir en queja ante la Corte Suprema, el último recurso disponible en la justicia argentina.
Es importante destacar que la sentencia condenatoria solo podrá considerarse de cumplimiento efectivo si hay un pronunciamiento del máximo tribunal.
La acusación contra Cristina Kirchner, además de la pena de seis años de prisión, incluye una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.