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Política / Dólar

“Cepo” de dólares a las provincias: qué argumentó Córdoba al presentar el amparo contra el Central

La Provincia solicitó al juez Sánchez Freytes que ordene una cautelar que frene la resolución del BCRA. Qué deudas debe afrontar Schiaretti en los próximos días y semanas.

3 de junio de 2023,

13:54
Federico Noguera
Federico Noguera
“Cepo” de dólares a las provincias: qué argumentó Córdoba al presentar el amparo contra el Central
El gobernador Juan Schiaretti. (Archivo/Pedro Castillo)

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Contrarreloj por las inminentes cancelaciones de pagos de deuda contraída, el Gobierno de Córdoba solicitó al juez federal N° 2 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, que dicte una medida cautelar que deje sin efecto la resolución del Banco Central (BCRA) que restringió el acceso a dólares a valor oficial a las provincias para hacer afrontar las derogaciones por compromisos asumidos.

El BCRA dictó el jueves la restricción por la que establece que las provincias deberán presentarle una propuesta que estipule “una cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital y que el resto del capital obtenga nuevo financiamiento, como mínimo, con una vida promedio de dos años”.

“El caso de vencimientos que se registren hasta el 18 de julio, la presentación del plan ante el BCRA podrá concretarse hasta dos días hábiles antes de la fecha del vencimiento”, recordó la entidad al referirse a la Comunicación “A” 7782.

Pedido de cautelar “urgente”

Finalmente y tras lo anticipado por el ministro de Finanzas de Córdoba, Osvaldo Giordano, la Provincia presentó el amparo ante Sánchez Freytes a primera hora de la tarde. No sólo le solicitó dejar sin efecto de forma “urgente” la flamante normativa sino también cualquier otra disposición de otra autoridad nacional que le se impida a la Provincia el ejercicio de su autonomía.

Fundó el recurso en el artículo 43 de la Constitución Nacional y la ley 16.986 al considerar que la Comunicación “A” 7782 va en contra de las garantías constitucionales de la Provincia de Córdoba y sus habitantes y concordantes de la Constitución Nacional.

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En esa línea, sostuvo que el BCRA está actuando “con arbitrariedad e ilegalidad manifiestas al impedir el acceso al mercado de cambios para adquirir las divisas necesarias para cancelar la totalidad de su deuda externa a vencer en las fechas acordadas con sus acreedores, causando la pérdida del crédito público de la provincia y, consecuentemente, su autonomía constitucionalmente garantizada”.

Le achacó lesionar su autonomía provincial, su crédito público y la vida digna de sus habitantes. “La lesión a los derechos se ha producido con arbitrariedad e ilegalidad manifiestas, mediante un acto dictado de manera súbita, imprevista e inconsulta por un organismo nacional con menosprecio evidente de los derechos”, resaltó.

Millonarias cancelaciones por vencimiento

El Gobierno justificó la necesidad de frenar la medida nacional con el amparo (al considerar materialmente imposible suspenderla en sede administrativa) ante el inminente vencimiento de deuda externa por 143 millones de dólares, previsto para el próximo viernes 9.

Se trata de capital e intereses de endeudamiento contraído con acreedores del exterior (la Provincia es emisora de títulos de deuda internacional step up con vencimiento en 2025).

Al respecto, sin embargo, opinó que la medida (publicada el jueves 1° y en vigencia desde el viernes 2) no podría aplicable a los 143 millones por encontrarse ya en ejecución el procedimiento habitual para la cancelación de vencimientos de capital de emisiones de títulos de deuda con registro en el exterior y en el país denominados en moneda extranjera ante el BCRA.

No obstante, alertó sobre los futuros pero mediatos vencimientos: el del 27 de julio, 27 de octubre y 10 de diciembre en concepto de capital que, en conjunto, ascienden a 140 millones de dólares (más intereses).

La administración de Juan Schiaretti explicó que cuenta con los recursos fiscales para afrontar las cancelaciones y afirmó que “de la debida atención del endeudamiento (…) depende la preservación de su crédito público del que dependen innumerables emprendimientos que contribuyen a su normal desarrollo y al bienestar de su población”.

La restricción del acceso a dólares a valor oficial para pagar deuda, “implica, lisa y llanamente, causar la cesación de pagos de la Provincia con sus acreedores del exterior, es decir, su default”, señaló. De mantenerse la medida, advirtió, se vería “impedida de cancelar su deuda externa y verá lesionado gravemente, si no destruido, su crédito público”.

Al esgrimir su oposición a la resolución del BCRA, alegó que nunca delegó su poder al Gobierno nacional, y que no le solicitó a la autoridad monetaria que le vendiera los dólares necesarios para cancelar sus obligaciones, sino que habilite su ingreso al mercado de cambios para adquirirlos.

“El argumento difundido mediáticamente, ya que no aparece en la norma cuestionada, de querer forzar con esa medida a la Provincia a utilizar sus propias reservas en divisas para afrontar el pago de inminente vencimiento, es claramente violatorio de la autonomía provincial”, cuestionó.

“Si esa hubiera sido la intención del Gobierno federal a través de su banco central, se estaría inmiscuyendo ilegalmente en la administración que quiera hacer la Provincia de sus recursos fiscales, estén en divisas o en moneda local, en manifiesta vulneración a su autonomía ‘en el orden […] económico y financiero’”, expuso.

La Provincia remarcó que tiene derecho a utilizar los recursos según su decisión, y arremetió contra el BCRA: “El mantenimiento del crédito público provincial que cuida especialmente la Constitución para la nación no puede ser destruido por un acto de un ente inferior como el BCRA mediante la simple prohibición de acceso al mercado de cambios en la cantidad necesaria para cancelar los compromisos”.

“Sobre todo –agregó- si se tiene en cuenta que, al momento de asumir ese endeudamiento, el propio Gobierno federal prestó su conformidad” (ver Resolución -2021-5-APN-SH#MEC del Ministerio de Economía de la Nación

“El acto lesivo daña irremisiblemente la garantía constitucional a la autonomía de la Provincia y su crédito público necesario para sostenerla”, señaló. Por esa razón reclamó al juez que ordene la inconstitucionalidad de la norma, ya que hacerlo “hará cesar el riesgo que pesa sobre toda la deuda externa provincial, no solamente la contraída” y a futuro.

En ese punto, advirtió que de mantenerse causaría un “precedente” para futuras “normas similares”, lo que decantaría en “un estado de incertidumbre tal que le tornaría imposible el acceso a los mercados internacionales de crédito, ya de por sí severamente restringidos”.

Mercado de capitales

La Provincia insistió que su pedido radica en que el BCRA le permita ir al mercado como comprador de las divisas. “Impedirle a la Provincia que participe como comprador por la cantidad que adeuda al extranjero excede con creces el poder del Gobierno federal en la materia, ya que el ejercicio de la libertad de comercio protege también a los entes públicos”, le cuestionó.

“Y esa libertad de acceso al mercado, en este caso de cambios, no puede ser ejercida en el marco de la Constitución que la garantiza. Por eso también el acto lesivo es manifiestamente inconstitucional”, enfatizó.

En ese contexto, consideró que la restricción también cercena la posibilidad de acceder como vendedora. “Al hacerlo, el Gobierno Federal no solamente daña a la Provincia, sino también a sí mismo y al resto de la economía nacional, ya que de conservar su crédito la Provincia podría, en otras circunstancias, participar en dicho mercado como vendedor de las divisas que obtenga del futuro endeudamiento que -de destruirse su crédito- no podría obtener”.

La Provincia solicitó al juez que ante la eventualidad de que requiera al BCRA un informe previo al dictado de la cautelar y sea éste incluso respondido en tiempo y forma, suspenda de inmediato los efectos de la normativa. El fiscal Enrique Senestrari deberá dictaminar sobre la competencia.

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