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Política / Luz y Fuerza

Defraudación y lavado. Condenaron a la cúpula de Luz y Fuerza Córdoba por estafar a los afiliados, pero no por asociación ilícita

El Tribunal Federal N°2 impuso 4 años y medio al secretario general, Jorge Molina Herrera, y 6 años a su antecesor, Gabriel Suárez. Penas para otros miembros del sindicato. No irán presos por ahora.

2 de diciembre de 2025,

12:37
Federico Noguera
Federico Noguera
Condenaron a la cúpula de Luz y Fuerza Córdoba por estafar a los afiliados, pero no por asociación ilícita
Aarriba, de izquierda a derecha: Suárez, Molina Herrera y Navarro. Al medio (desde izquierda): Tapia, Lozano y Galván. Abajo: Victoria Molina, Fidelbo y López. (Pedro Castillo/Archivo/Facebook Luz y Fuerza)

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El Tribunal Oral Federal (TOF2) de Córdoba condenó de forma unánime este martes al secretario general de Luz y Fuerza, Jorge Molina Herrera, a cuatro años y medio de prisión por haber estafado a los afiliados y a su antecesor, Gabriel Suárez, a seis años por defraudación y lavado de dinero del sindicato, aunque rechazó la figura más grave achacada, la asociación ilícita.

Fallo contra la cúpula de Luz y Fuerza

El fallo sienta así un precedente jurídico en el país, ya que es la primera vez que gremialistas de la seccional más poderosa de la provincia del histórico gremio lucifuercista son condenados penalmente por la Justicia (en este caso, del fuero federal) por defraudación por administración fraudulenta.

Los jueces Noel Costa (presidenta), José Asís y Carolina Prado, sin embargo, no dieron por acreditada la asociación ilícita (el delito más grave imputado a la cúpula) al considerar que sólo se probó un solo hecho delictivo (defraudación fraudulenta) con varias modalidades de materialización, echando por tierra así la acusación principal del fiscal general Carlos Casas Nóblega.

Antes del juicio, los imputados habían ofrecido casi $ 200 millones para reparación del daño y ser sobreseídos, aunque el debate comenzó y el tribunal probó que Suárez, Molina Herrera y Navarro, en complicidad con los demás condenados, defraudaron al gremio durante varios años a través del libramiento de cheques a favor de empleados sindicales, proveedores y terceros relacionados o no con los imputados.

Los jueces Asís, Costa (presidenta del tribunal) y Prado. (Pedro Castillo / La Voz)
Los jueces Asís, Costa (presidenta del tribunal) y Prado. (Pedro Castillo / La Voz)

Los cheques eran endosados y cobrados por los “coleros” (presuntos cómplices de los líderes sindicales que acordaron indemnizar con 15 millones de pesos al gremio para evitar el juicio) por habituales cifras “redondas” ($ 50 mil, para operar “bajo el radar“ limitativo impuesto por el Banco Central) para retornar, finalmente, a manos de la cúpula sospechada.

Es lo que, en la jerga investigativa, se conoce como el “pitufeo bancario” o fraccionamientos de altos montos en pequeños (“pitufeo”) para no llamar la atención de las autoridades de control.

Los desvíos mediante los cheques y el dinero registrado en el intervenido Fondo Compensador actuaron como “la caja” de la cúpula al “retornar” a sus miembros para su beneficio personal, según la hipótesis acusatoria.

Eso habilitó a Suárez a lavar dinero del gremio al comprar una propiedad y a hacer otros movimientos, figura penal por la que fueron absueltos Molina Herrera y Fernando Navarro (exsecretario de Finanzas y actual de Vivienda y Obras).

Condenas a la cúpula de Luz y Fuerza de Córdoba

A través de un esperado fallo, los jueces condenaron a Suárez a 6 años de prisión como coautor de lavado de activos de origen delictivo y coautor de defraudación por administración fraudulenta y a Molina Herrera cuatro años y medio como coautor de defraudación por administración fraudulenta (los defensores Ernesto y Tristán Gavier habían pedido absolverlos).

También condenaron a Navarro (recibió 4 años; coautor de defraudación); el subsecretario de Finanzas, Daniel Edgardo Lozano (4 años; coautor de defraudación); el secretario adjunto Roque Daniel Tapia (4 años años; coautor de defraudación); el entonces apoderado gremial Alexis Daniel Fidelbo (3 años de ejecución condicional; partícipe necesario de defraudación); exapoderado gremial José Ramón Galván (3 años; partícipe necesario de defraudación); y el empleado de limpieza Martín López (un año de prisión condicional, como partícipe necesario de defraudación; unificada en 3 años por una condena previa), en consonancia con lo pedido por el fiscal y su defensor, Iván Mochkofsky.

La mayoría de los condenados. (La Voz)
La mayoría de los condenados. (La Voz)

Ninguno de los condenados irá preso, al menos por ahora, hasta que la sentencia quede firme, ya que se prevén que casaciones una vez que se conozcan los fundamentos del fallo.

Los jueces absolvieron por asociación ilícita a Suárez, Molina Herrera, Navarro, Fidelbo y Galván. En tanto, la hija de Molina Herrera, Yanina Victoria Molina, fue absuelta como coautora de defraudación (el fiscal había pedido 3 años); y Molina Herrera y Navarro, por lavado.

De esta forma, al “caerse” la figura de la asociación ilícita, las penas no guardaron coincidencia con lo solicitado por el Ministerio Público, ya que para Suárez habían pedido 10 años de cárcel; nueve años y medio para Molina Herrera y Navarro; cinco años y medio para Lozano; cinco años para Fidelbo y Galván.

“Estoy soprendido con la setencia, la verdad que sí. Más que decepción, es una molestia como cualquier persona ante una situación que se terminará resolviendo con nuestros abogados. Me considero inocente. No hubo desmanejos (en el gremio)”, dijo Suárez al conocer el fallo condenatorio.

A su turno, Molina Herrera dijo sentirse “inocente” y que tiene fuerzas para seguir al frente del gremio. “Hace 41 años que trabajo en Epec, trabajando para los afiliados 24/7”, añadió.

Por qué el tribunal no los condenó por asociación ilícita

El tribunal adelantó a la prensa el fundamento del fallo de fondo sobre por qué consideró que no se probó la existencia de una asociación ilícita. “Estamos hablando de que el delito es uno, independientemente de la cantidad de hechos que se hayan cometido. Se pueden haber cometido un hecho, 20 o 34 hechos. Para que se conforme una asociación ilícita se debe conformar un grupo de personas que tengan un objetivo delictivo. Otra cosa es que haya una asociación lícita que empiece a cometer delitos”, dijo la jueza Costa, en consonancia con lo que había planteado la defensa de los principales acusados, encabezada por los Gavier.

Luego, Costa explicó por qué no se pudo probar el lavado a Molina Herrera y Navarro, pero sí a Suárez: “No es que nosotros no hayamos acreditado la existencia de los hechos del lavado, es decir, las compras que se hicieron, que se compraron las propiedades, sino que advertimos que la imputación tiene algunas inconsistencias de fechas porque siempre debe haber un ilícito precedente para que haya un lavado. Y acá todo esto que se adquirió fue anterior a la defraudación que ya está acreditada. En el caso de Suárez, coincide la fecha” (de defraudación y posterior lavado).

Los bienes que fueron considerados producto del lavado realizado por Suárez serán incautados. Debe recordarse que el tribunal había concedido la cautelar de no innovar solicitada por el Ministerio Público para evitar que el gremialista, eventualmente, se desprendiera de ellos ante una sentencia adversa (lo que ocurrió).

Respecto a las inhabilitaciones especiales para los imputados para continuar ocupando funciones gremiales, solicitadas por el fiscal Casas Nóblega, Costa señaló: “El tribunal ha advertido que el propio estatuto (de Luz y Fuerza) prohíbe ejercer estos cargos con una condena. Si la condena queda firme, no podrán ejercer”. De esta forma, los magistrados no impusieron inhabilitaciones especiales en sede penal.

Los jueces, además, hicieron lugar al pedido del fiscal y desafectaron a los dos contadores de Gendarmería Nacional que cumplían las funciones de veedores del sindicato e interventores judiciales del Fondo Compensador para jubilados y pensionados de Epec. La solicitud se había sustentado en que el trabajo de los expertos, tal cual había sido ordenado, ya se había cumplido.

Los fundamentos del fallo se conocerán el lunes, y no se descarta que las defensas y el fiscal general casen el fallo.

Acuerdos con los “coleros”

Si bien nueve acusados principales llegaron finalmente a juicio, otros nueve también fueron imputados. Los “coleros” o sindicados cómplices de las maniobras de “pitufeo” bancario acordaron con el fiscal Casas Nóblega indemnizar con 15 millones de pesos al sindicato por el desfalco, lo que les permitió evitar sentarse en el banquillo.

El mismo tribunal homologó el acuerdo de suspensión de juicio a prueba (probation) en favor de Justiniano Omar Arce, Fernando Delfor Delgado, Gisela Dalinda Tahan, Liza Rocío Loyola, Rita Ivana Carranza, Emiliano Ricardo Chaer, Enrique Osvaldo Lorente, Julio César Secchi y Cecilia Ivone Pérez (imputados por defraudación por administración fraudulenta como partícipes necesarios, sin antecedentes penales).

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