El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció una nueve serie de medidas de flexibilización en relación al cepo cambiario. La decisión, que fue anunciada este jueves por la entidad, apunta a modificar ciertos aspectos del manejo del comercio exterior de las empresas.
A través de la comunicación “A” 8137, el BCRA extendió los plazos que tienen los exportadores de bienes y servicios para liquidar sus divisas. Además, la medida también rige para las empresas que hayan contraído deuda en el exterior.
En tanto, los importadores de servicios culturales y recreativos, como recitales, tendrán una reducción en el período que debían esperar para poder acceder a dólares a precio oficial para pagarle a sus proveedores.
De acuerdo a lo indicado desde la entidad bancaria, estas modificaciones tienen como objetivo dinamizar las operaciones de comercio exterior y facilitar el manejo de recursos en los mercados internacionales, adecuándose a las demandas del sector exportador y financiero.
Plazos más amplios para liquidar exportaciones
Entre las medidas confirmadas este jueves por el BCRA, se anunció que las exportaciones de bienes contarán con plazos más amplios para la liquidación de divisas.
En esa línea, desde la entidad bancaria señalaron que el período general, que va de los 15 a los 180 días de corrido según la posición arancelaria, se extenderá hasta los 365 días de corrido en el caso de que las exportaciones se realicen bajo el régimen Exporta Simple. Se trata de un programa destinado a facilitar las operaciones de pequeñas y medianas empresas.
En tanto, el plazo más corto para las exportaciones de soja, maíz y trigo estaba establecido en 15 días de corrido desde la fecha de embarque. Con la modificación oficializada este jueves, el plazo mínimo se extiende a los 30 días de corrido.
Además, cuando el exportador cobra la venta antes del vencimiento del plazo general, dispondrá de un margen ampliado para liquidar las divisas. En cuanto a esto, desde la entidad señalaron que el plazo actual de cinco días hábiles desde el cobro pasa ahora a 20 días hábiles.
Flexibilizaciones para las empresas que emiten deuda en el exterior
En su comunicación “A” 8137, el BCRA anunció la flexibilización de la administración de los dólares que las empresas obtienen en el exterior. Esto se da ante la creciente tendencia de colocación de obligaciones negociables de las compañías argentinas en el mercado internacional.
Hasta el momento, las firmas que pretendían acceder al mercado de cambios oficial debían una declaración jurada para saldar los servicios de intereses y capital de esas deudas (que suele ocurrir en los primeros 90 a 180 días) o para importar. En dicha declaración, las empresas debían indicar no contar con fondos de libre disponibilidad en el exterior por más de US$100.000, algo que va en contra de la colocación de deuda en el exterior.
Ahora, con las nuevas modificaciones del BCRA, las compañías no se verán obligadas a incluir en la declaración jurada los montos colocados en el mercado internacional durante los primeros 180 días. Desde la entidad bancaria explicaron que esta medida permite, en la práctica, que las divisas se dejen afuera del país hasta la fecha del primer vencimiento de intereses, siempre que no supere los seis meses de plazo.
Reducción en el plazo de pago para eventos culturales internacionales
En cuanto al plazo de pago para eventos culturales internacionales, como recitales, el BCRA anunció que el periodo de acceso a las divisas para cancelar servicios vinculados a actividades recreativas y culturales se redujo de 90 a 30 días.