La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó este miércoles el sobreseimiento de Elisa Carrió en el séptimo y último juicio por daños y perjuicios y calumnias e injurias presentado por el exministro de Seguridad Aníbal Fernández. Esta decisión judicial pone fin a una extensa batalla legal y política que enfrentó a ambos dirigentes durante más de 20 años.
La sala “C” de la Cámara Nacional rechazó el recurso interpuesto por Aníbal Fernández contra el sobreseimiento previo dictado a favor de Carrió por la jueza civil Pilar Rebaudi Basavilbaso. Además, se ordenó que el exjefe de gabinete de Cristina Kirchner pague las costas del juicio, publicó Clarín.
Séptimo juicio que Carrió le gana a Aníbal Fernández
Este último fallo cierra el ciclo de cuatro querellas penales y tres juicios civiles que Aníbal Fernández había iniciado contra Elisa Carrió en las últimas dos décadas.
La resolución judicial se fundamentó en la inmunidad de opinión absoluta que la Constitución Nacional otorga a los legisladores, así como en la libertad de expresión, derechos consagrados también por numerosos fallos de la Corte Suprema. Los jueces Juan Converset, Pablo Tripoli y Omar Díaz Solimine fueron quienes firmaron la confirmación del sobreseimiento. Elisa Carrió contó con el patrocinio legal de la ex diputada de la Coalición Cívica, Mariana Stilman.
Resultó significativo que los camaristas no solo rechazaron la apelación de Fernández, sino que también hicieron referencia a las denuncias realizadas por Carrió contra Aníbal Fernández, incluyendo el Triple Crimen de General Rodríguez por el tráfico de efedrina y el doble crimen de Unicenter. También se mencionó el caso del exfiscal de San Isidro Julio Novo y el pedido de juicio político impulsado por la Coalición Cívica cuando Fernández era ministro.
El juez Converset destacó en su voto que el conflicto central giraba en torno al alcance de la inmunidad de expresión de los legisladores, donde la defensa de Carrió sostenía su carácter absoluto, mientras que Fernández argumentaba que debía ceder ante la afectación del honor sin pruebas en los medios.

Sin embargo, el magistrado consideró que las expresiones de Carrió, incluso refiriéndose a resonantes investigaciones penales como el doble crimen de Unicenter y el Triple Crimen de General Rodríguez, así como la denuncia de obstaculización de dichas investigaciones, tenían un claro interés general.
Converset también resaltó el testimonio del fiscal Diego Grau, a cargo de la investigación del doble crimen de Unicenter, quien evidenció la falta de apoyo de sus superiores y la preocupación del Fiscal General por las vinculaciones mediáticas entre los hechos investigados y los aportes a la campaña presidencial. Asimismo, se mencionó un proyecto presentado en 2010 por varios diputados solicitando el juicio político contra Aníbal Fernández, entonces Jefe de Gabinete, por mal desempeño y delitos en el ejercicio de la función pública, fundamentado en su accionar respecto a la SEDRONAR y el RENAR en el caso de la efedrina y sus posibles vínculos con los imputados en el Triple Crimen de General Rodríguez. El juez concluyó que las expresiones de Carrió no podían considerarse “extralimitaciones” ajenas a su mandato popular.
“Hasta abajo de la cama”
Cabe recordar que en 2021, al asumir nuevamente como ministro de Seguridad, Aníbal Fernández agravió públicamente a Elisa Carrió, calificándola como “una señora sucia en todo sentido” y prometiendo buscarla “hasta abajo de la cama”.
Carrió respondió con una foto irónica simulando esconderse.

Ya en 2015, Carrió había ganado un quinto juicio contra Aníbal Fernández por declaraciones relacionadas con el narcotráfico y el triple crimen de la efedrina. En ese fallo, el juez Eduardo Caruso rechazó una acción de amparo y un pedido de habeas data presentado por Fernández.