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Política / Ley de emergencia

El Gobierno defendió la ley de emergencia y aclaró que los gobernadores no podrán rechazar las restricciones

La secretaria de Legal y Técnica aclaró que el Poder Ejecutivo escuchará la posición de los mandatarios provinciales pero que no será vinculante. Reconoció que se “restringen derechos”, pero dijo que el objetivo es salvar vidas.

13 de mayo de 2021,

00:00
Leandro Boyer
Leandro Boyer
El Gobierno defendió la ley de emergencia y aclaró que los gobernadores no podrán rechazar las restricciones
Carla Vizzotti, ministra de Salud de la Nación, durante una conferencia de prensa.

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El Gobierno nacional defendió este miércoles el proyecto que giró al Congreso de la Nación para establecer un esquema de emergencia ante el coronavirus, aclaró que los gobernadores no podrán rechazar el refuerzo de las restricciones y justificó la implementación de acciones focalizadas y temporales que “restringen derechos” en aquella zonas donde pueda colapsar el sistema sanitario.

“Lejos de estar con un proyecto para tener superpoderes, es al revés: estamos pasando de un momento en el cual, más allá del diálogo político, las medidas se adoptaban por el Presidente en acuerdo general con ministros y luego se enviaba al Congreso Nacional. En este momento estamos proponiendo una ley marco que tiene que tener razonablemente algunas flexibilidades para poder adoptar medidas adicionales en los momentos de mayor tensión del sistema de salud para evitar que desborde”, dijo Vilma Ibarra, la secretaria de Legal y Técnica.

Ibarra, que se presentó con la ministra de Salud Carla Vizzotti en el inicio de las deliberaciones en el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Salud, se encargó de rechazar varios de los planteos de los referentes de la oposición contra la iniciativa del Gobierno nacional.

Consideró que el proyecto de ley busca establecer un “marco normativo que se vincula no sólo con la Constitución Nacional sino con los tratados de los derechos humanos” y remarcó que el objetivo del Poder Ejecutivo nacional es “establecer que toda la normativa” que se implemente para enfrentar el golpe de la segunda ola del coronavirus “tiene que ser respetuosa de los tratados y de la Constitución Nacional”.

Sin embargo, Ibarra reconoció que se contemplan acciones que “restringen derechos”, sobre todo, para aquellas zonas con mayor riesgo sanitario ante el avance del coronavirus. “Efectivamente estas situaciones son intensas, restringen derechos que estamos acostumbrados a ejercer de forma amplia. Todo el mundo tiene que defender además con mucha razonabilidad su sustento, la posibilidad de trabajar, de criar a sus hijos en las mejores condiciones”, planteó.

La funcionaria nacional agregó que “siempre estas situaciones son difíciles de resolver” porque se debe definir “el punto exacto entre la restricción y el cuidado de la salud”, pero resaltó que la iniciativa oficial propone un “esquema equilibrado”.

Ibarra precisó que el objetivo es que esas medidas restrictivas se implementen durante un período limitado y de manera focalizada.

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El rol de los gobernadores

Y cuando el jefe del bloque de Juntos por el Cambio en el Senado, el formoseño Luis Naidenoff, le preguntó respecto a la consulta previa que la Casa Rosada realizará con los gobernadores, la secretaría de Legal y Técnica aclaró que esos contactos no serán vinculantes.

“Cuando el gobierno nacional va a adoptar medidas en forma adicional en situaciones de alto riesgo, si ya no dieron resultado las adoptadas previamente, o en alarma epidemiológica, siempre creemos que nos parece prudente la consulta, el diálogo entre las jurisdicciones pero no se requiere acuerdo o conformidad”, explicó.

Pero señaló que “no se requiere acuerdo ni conformidad” de los mandatarios provinciales ni del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, quien rechazó suspender las clases presenciales tal como lo ordenó el presidente Alberto Fernández ante el salto de los casos en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Amba).

“Previa consulta no es acuerdo”, diferenció Ibarra, quien recordó que los gobernadores podrán implementar acciones que deberán ser monitoreadas, para calcular su efectividad, y que no podrán extenderse por más de 21 días. A partir de allí, si la jurisdicción continúa con un alto riesgo sanitario, la Casa Rosada podrá intensificar las restricciones.

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En ese marco, rechazó los planteos contra la suspensión de las clases y señaló que la iniciativa oficial se enmarca en lo expuesto recientemente en el fallo de la Corte Suprema ante el reclamo del gobierno porteño por el cierre de las aulas, que indicó que el gobierno nacional no puede tomar medidas educativas en las jurisdicciones subnacionales.

“Son medidas que queremos que sean lo más limitadas en el tiempo posible, que se cumplan con fortaleza en su decisión, por eso se pone a consideración del Congreso Nacional, pero no son medidas educativas”, apuntó.

En otro tramo de su exposición, Ibarra se encargó de aclarar que la suspensión de las clases presenciales también es una decisión molesta para la Casa Rosada y que causa “dolor” porque, indicó, “todos queremos tener clases presenciales”.

Ibarra también desestimó los cuestionamientos de los opositores que afirman que las medidas se toman sin fundamentos epidemiológicos. “Todas las medidas se basan en la experiencia internacional y de las recomendaciones científicas”, dijo y subrayó: “Ninguna nos parece irracional en el marco de situaciones de riesgo”.

“Queremos garantizar cuanto antes la mayor plenitud en el desarrollo de los derechos”, justificó y también negó que el proyecto contemple acciones “inconstitucionales”. “Consideramos que no hay superpoderes”, insistió.

La intención del oficialismo es acelerar el debate del proyecto para tratar de convertirlo en ley antes del 21 de mayo, cuando vencerá el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que el presidente Fernández prorrogó las restricciones en el AMBA y en otras de las zonas con mayor riesgo epidemiológico.

Los parámetros del proyecto

La propuesta del Ejecutivo propone “reglas generales para todo el país en las que se incluyen medidas de prevención, como uso obligatorio de barbijo, ventilación; y luego, la segmentación por riesgo epidemiológico”.

En las zonas de bajo riesgo, “se aplican las conductas generales de prevención”.

Luego, de acuerdo con diversos criterios sanitarios, que contemplan, entre otros puntos, la incidencia de casos, se va subiendo en la escala de las medidas.

En lugares designados como “riesgo medio”, aparecen otras restricciones como las reuniones en casas particulares.

En aquellos que estén en “alto riesgo, se agrega por ley, la prohibición de las reuniones familiares, el cierre de salones de fiesta y de salones gastronómicos, prácticas recreativas en lugares cerrados, bingos, reuniones religiosas y restricciones adicionales de circulación”.

“También se plantean medidas adicionales por parte de los gobernadores. Si las medidas no funcionan tras 21 días, se da potestad al Gobierno nacional para tomar medidas para evitar pasar a alerta”, señalaron las fuentes.

El estado de “alarma” es caracterizado por la cercanía de una saturación del sistema sanitario.

“Ante ese escenario, se adoptan las siguientes medidas: cierres de ferias y shoppings, circulación limitada a partir de las 20”, señalaron las fuentes gubernamentales.

En esa situación es “el Poder Ejecutivo quién está autorizado a tomar medidas adicionales”, entre ellas, que “quede suspendida la presencialidad hasta que se pase a un estado inferior” de peligro.

Según el proyecto, el “estado de alarma” solo puede regir para conglomerados de más de 300 mil habitantes, mientras que en los lugares de menos de 40 mil se aplican las reglas generales y las decisiones adicionales de gobernadores.

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