Verónica Analía Fabro (50), exjefa del Pami de La Falda, valle de Punilla, deberá abonar $ 3,1 millones en concepto de reparación integral del perjuicio en una causa por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Es respecto del alquiler de un inmueble del entonces defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba, Mario Decara, según lo resolvió el Tribunal Oral Federal N° 2 de la ciudad de Córdoba.
Los jueces José Fabián Asís, Carolina Prado y Noel Costa hicieron lugar a la reparación solicitada por los abogados de Fabro, Ricardo Moreno y Jorge Sánchez del Bianco. Deberá abonar al Pami seis cuotas consecutivas de $ 500 mil y $ 100 mil extras al Centro de Jubilados de Huerta Grande.
Denuncia y sospechas por corrupción
La causa comenzó a partir de la denuncia que presentaron los dueños del local donde funcionaba por entonces la sede del Pami La Falda (en calle España 263), ante la Unidad Fiscal de Investigación de Delitos del Pami.
El fiscal federal N° 3 de Córdoba capital, Maximiliano Hairabedian, acusó a Fabro de haberse interesado presuntamente en la negociación del alquiler de un inmueble, propiedad de Mario Decara, exdefensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba, y de José Luis Decara y su esposa, Claudia Clara Gontero.
A favor del inmueble de los Decara, Fabro resaltó que el costo de alquiler era inferior respecto del que ocupaban en ese momento y que, además, contaba con mayores dimensiones y mejor ubicación. Según la acusación, Fabro “tenía un vínculo previo” con Decara, pero no puso “en conocimiento dicha situación, que podía involucrar falta de objetividad en la negociación”.
El 18 de junio de 2014, Fabro remitió al director ejecutivo de la Unidad de Gestión Local (UGL) III del Pami una solicitud de cambio del inmueble. Le informó la posibilidad de alquilar la propiedad de Decara, la describió como más favorable y remarcó las deficiencias del lugar por entonces alquilado: problemas funcionales, de instalaciones y de confort, etcétera.
El primer llamado a concurso fracasó a finales de 2015 porque la Comisión Evaluadora dictaminó que José Decara había alterado la oferta, al presentar inicialmente un precio por el alquiler y luego modificar los términos.
En el concurso fracasado de 2015, la propiedad que se ofreciera debía tener, entre otras especificaciones, una superficie mínima de 190 metros cuadrados cubiertos. La única invitación girada a una persona física fue la dirigida a José Decara, ya que las demás fueron enviadas a inmobiliarias.
Decara ofreció (oferta N° 1) un inmueble de 310 m2. Los otros bienes tenían 190 m2 (oferta N° 2), 333 m2 (oferta N° 3), 220 m2 (oferta N° 4) y 190 m2 (oferta N° 5). Sin embargo, sólo quedaron vigentes la N° 1 (de los Decara), la N° 2 y la N° 4, porque las propiedades ofrecidas en las ofertas N° 3 y N° 5 ya habían sido alquiladas al momento de la inspección técnica.
El informe emitido por Arquitectura indicó que las ofertas N° 2 y N° 4 resultaban inapropiadas por su ubicación, con lo que concluyó que la N° 1 era la de mayor interés.
Sin ser vinculante ese dictamen, la Comisión Evaluadora advirtió que la propuesta inicial de José Decara se realizó por un canon locativo de $ 22.500 mensuales. Pero luego aclaró que ese sería el precio por el primer año, con un incremento anual del 20%. La comisión observó que al modificarse la oferta, se vulneró la resolución 135/03 (alteración de la oferta), por lo que el director ejecutivo de la UGL resolvió dar por fracasado el concurso y realizar un nuevo llamado.
Procesamiento y confirmación
Al actualizar los datos para el cálculo de metraje del futuro local, Fabro detalló nuevamente los aspectos y solicitó que el inmueble tuviera más espacio físico, por lo que pasó de pedir 190 metros cuadrados a solicitar 300 m2. “Precisamente, la oferta anterior presentada por los postulantes Decara y Gontero ofrecía 310 metros”, advirtió el fiscal.
Dos días antes de que Fabro especificara las presuntas nuevas necesidades de la sede, Mario Decara solicitó al Pami el pase de la funcionaria a la Defensoría. Hairabedian señaló que Fabro habría tenido un vínculo con Mario Decara (exintendente de Huerta Grande), quien había pedido al Pami el pase de esta a la Defensoría. “La capacidad y la experiencia de la señora Verónica Fabro son de suma importancia para el desarrollo de diversos programas que se llevan a cabo en esta Defensoría del Pueblo”, justificó Decara. Sin embargo, el Pami rechazó su solicitud.
Finalmente, el local de los Decara fue adjudicado en 2017.
El juez federal N° 3 de Córdoba capital, Miguel Hugo Vaca Narvaja, procesó a Fabro al sostener que intervino en el procedimiento de contratación con un interés distinto al de su rol como funcionaria. “Fabro tuvo actuaciones en el trámite de locación, incluso luego de presentada la nota de Decara para solicitar su pase. Esto permite entender que existía un grado de relación entre Fabro y Decara, al punto tal que este intentó llevarla a trabajar al organismo que dirige”, señaló el magistrado.
El Código Penal establece que será reprimido con prisión “el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”.
Los defensores de Fabro pidieron la revocación del procesamiento. Afirmaron que no había sido ella quien había adjudicado la contratación, porque no le correspondía.
Manifestaron, además, que no se demostró que Fabro hubiera tenido un interés distinto al de su rol como funcionaria y que el vínculo con Decara no se demostró, ya que sólo se basó en dos notas de traslados fundados en la capacidad y la experiencia de Fabro.
También plantearon que el oferente había sido José Decara, no el defensor del Pueblo de la Provincia, y explicaron que el primero y la esposa poseían el 66% de la propiedad, mientras que Mario Decara tenía una porción minoritaria.
La Cámara Federal, no obstante, confirmó el procesamiento. El camarista Abel Sánchez Torres (con la adhesión de su par Liliana Navarro) sostuvo que Fabro “habría intervenido con un interés distinto al de su calidad de funcionaria en el proceso de contratación”.
“Se habría apartado de las reglas cardinales de imparcialidad que debió resguardar, violando, en su dimensión funcional, la fidelidad pública exigida en el manejo de la actividad propia de su función y, en particular, de la dependencia”, afirmó Sánchez Torres.
“Puede inferirse (…) que habría efectuado acciones con la ultraintención de que el local por ocupar para el funcionamiento de la agencia La Falda (…) resulte un inmueble de Mario Decara”, agregó. Y aludió a que el interés del agente público en la contratación “debe ser particular, pero no necesariamente de carácter patrimonial, pudiendo incluso encontrarse motivado en un beneficio político o partidario”.
$ 3 millones por pagar en cuotas
En junio de este año, los defensores de Fabro pidieron al Tribunal N° 2 que ordenara el sobreseimiento por reparación integral del daño. Ofrecieron $ 2 millones para el Estado nacional y $ 100 mil para el Centro de Jubilados de Huerta Grande.
Al respecto, el auxiliar fiscal Gonzalo Fragueiro consideró aplicable la reparación, pero insuficiente el monto, con lo que debía llegar a $ 3 millones a favor del Pami, como damnificado.
La defensa estuvo de acuerdo, pero a cancelar en seis cuotas de $ 500 mil y $ 100 mil para el Centro de Jubilados de Huerta Grande. El Pami no expuso objeciones ni se negó a la concesión del acuerdo, por lo que el Tribunal hizo lugar a la reparación. Una vez que cancele los pagos, Fabro será sobreseída.
Exjefe de Pami Río Segundo emitió prestaciones para sí mismo
En otra causa, el mismo Tribunal N° 2 de Córdoba capital hizo lugar a la reparación integral del perjuicio a favor de Eduardo Gabriel Rapetti, exjefe del Pami de Río Segundo. Deberá pagar $ 361.284 al organismo nacional.
Entre mayo de 2007 y el mismo mes de 2012 (cinco años), Rapetti efectuó negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, ya que de manera escandalosa dirigió a los afiliados que habían solicitado cobertura de rehabilitación al centro médico que era de su propiedad o de su esposa, Sandra Argüello, para obtener un beneficio económico.
De esta forma, Rapetti emitió distintas órdenes de prestación para ser presentadas ante su esposa, y entre junio de 2010 y mayo de 2012 envió a los afiliados al centro médico familiar.
Para ocultar la irregularidad, en 2010 el imputado emitió todas las órdenes a nombre de Marcela Fabiana Millicay, quien mes a mes facturó las prestaciones al Pami. De hecho, a nombre de ella fueron emitidos los cheques de pago.
Para cerrar la causa, Rapetti ofreció la reparación integral del perjuicio y pidió el sobreseimiento. El auxiliar fiscal Gonzalo Fragueiro entendió que debe aceptarse la propuesta, y el Tribunal hizo lugar.