La Corte Suprema de Justicia deberá resolver si el gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, puede presentarse como candidato por novena vez en 2027. Así lo dictaminó el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien consideró que el caso corresponde a la competencia originaria del tribunal.
Insfrán, que gobierna la provincia desde 1995, impulsó una reforma constitucional que incorporó una cláusula transitoria para habilitar una nueva postulación.
La Corte ya había declarado inconstitucional la reelección indefinida en diciembre de 2024, al anular el artículo 132 de la Constitución provincial.
La Corte deberá decidir si Insfrán puede volver a ser candidato
La Confederación Frente Amplio Formoseño presentó un recurso para que se declare inconstitucional la cláusula transitoria cuarta, que considera como “primer mandato” el período en curso del gobernador y del vicegobernador Eber Solís.
El planteo sostiene que esa modificación habilitaría a ambos a presentarse nuevamente, pese al fallo previo del Máximo Tribunal.
Casal argumentó que el caso es “sustancialmente análogo” al resuelto por la Corte y que corresponde que el tribunal intervenga de manera directa.
El trasfondo constitucional en Formosa
La presentación se suma a un largo historial de reformas e interpretaciones constitucionales sobre la limitación de mandatos. La Constitución de 1957 prohibía la reelección del gobernador y vicegobernador.
En 1991 se habilitaron dos mandatos consecutivos, lo que permitió la reelección de Vicente Joga y de Insfrán, entonces vicegobernador, para el período 1991-1995.
Tras asumir como gobernador en 1995, una interpretación del Superior Tribunal de Justicia provincial consideró que solo debía computarse como primer mandato el período 1995-1999.
Reformas, fallos y la permanencia en el poder
Con el paso del tiempo, una Convención Constituyente habilitó la reelección indefinida, lo que sostuvo a Insfrán en el poder desde de los años 90 hasta la actualidad.
Ese esquema fue rechazado por la Corte Suprema en 2024, que declaró inconstitucional el artículo que permitía una octava candidatura para el período 2023-2027.
La reforma más reciente incorporó la cláusula transitoria cuestionada, que buscaba reiniciar el cómputo de mandatos.
La oposición de Formosa
El Frente Amplio Formoseño sostiene que la maniobra desconoce el fallo del Máximo Tribunal y vulnera el sistema republicano, al limitar la alternancia y restringir el derecho de los ciudadanos a competir en condiciones de igualdad.
Según el planteo, la permanencia en el poder de un mismo grupo político durante décadas afecta la posibilidad real de acceder a los cargos públicos.
Casal respaldó que el caso sea analizado por la Corte debido a la estrecha vinculación con el antecedente sobre la reelección indefinida.
























