Manuel García-Mansilla defendió su rol como juez de la Corte Suprema de Justicia, designado por decreto en comisión por parte del presidente Javier Milei. El magistrado remarcó que ya está actuando como integrante del máximo tribunal y advirtió que si se busca desplazarlo antes de que se cumpla el plazo de un año de su nombramiento debería llevarse adelante sólo a través de un juicio político. “Un juez no puede sacar a otro juez”, sostuvo.
García-Mansilla hizo estas afirmaciones a lo largo de 51 páginas al responder el traslado que le corrió el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien tramita una causa que busca impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo para integrar la Corte Suprema de Justicia.
“Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el art. 1º del Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En consecuencia, estoy alcanzado por las garantías del artículo 110 de la Constitución Nacional. Mientras dure el nombramiento en comisión, tal como lo establece expresamente el artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, solamente puedo ser removido mediante el mecanismo de juicio político previsto en los artículos 53, 59 y 60 de la Constitución Nacional”, aseguró.
Tras sostener la falta de jurisdicción del juez Ramos Padilla para entender en el asunto y la falta de legitimidad de los actores que impulsaron el amparo, García-Mansilla solicitó que se rechace “sin más trámite esta acción de amparo colectivo, así como los pedidos efectuados” para que se suspendan los efectos del decreto y se declare la inconstitucionalidad del decreto 137/2025.
Argumentos
El juez señaló que la acción de amparo intentada “es inadmisible” y recordó que fue nombrado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda, que “se produjo al momento en que el Senado de la Nación se encontraba en receso” y, por lo tanto, el decreto “se ajusta estrictamente a lo dispuesto por el artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional”. También subrayó que el 27 de febrero pasado, los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti le tomaron juramento.
“Desde el 27 de febrero de 2025 estoy ejerciendo en la Corte de Justicia de la Nación la función judicial a la que se refiere el artículo 108 de la Constitución Nacional en el marco del juramento que presté conforme lo previsto en el artículo 112 de la Constitución. Desde esa misma fecha estoy comprendido dentro de las garantías previstas en el artículo 110 de la Constitución Nacional durante todo el plazo que dure mi nombramiento en comisión”, sostuvo García-Mansilla.
El académico subrayó: “Cualquiera sea la opinión que se puedan tener los actores” del amparo “acerca de la oportunidad, mérito o conveniencia del Decreto 137/25, lo cierto es que se trata del ejercicio de una atribución expresamente prevista en la Constitución Nacional, está extensamente fundada y, en relación con mi nombramiento en comisión, cumple estrictamente con todas las exigencias previstas en el artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional”. Y añadió que, así las cosas, “la supuesta arbitrariedad o ilegalidad que lo actores plantean no es, ni de cerca, ‘manifiesta’ tal como exige la Constitución Nacional” ni tampoco “puede considerarse válidamente como tal, dado que no existe arbitrariedad o ilegalidad en mi nombramiento como juez de la Corte Suprema”.
Para García-Mansilla, avanzar con esta causa “atentaría contra el orden público constitucional” y dio varias razones de ello. “Debido a que los propios jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que me tomaron el juramento previsto en el art. 112 de la Constitución Nacional no consideraron que el art. 1º del Decreto 137/25 estuviera viciado por ‘arbitrariedad o ilegalidad manifiesta’ alguna. Ciertamente, ninguno de ellos me hubiera tomado el juramento constitucional si esa arbitrariedad o ilegalidad del Decreto 137/25 en mi caso hubiera sido ‘manifiesta’ al momento de hacer el control de los aspectos formales que efectuaron previamente en ejercicio de sus facultades de superintendencia”, afirmó.
El planteo de García-Mansilla se produce una semana antes de que su pliego sea tratado por el Senado, el próximo 3 de abril. Según las estimaciones previas en función a los dichos de los senadores, tanto el pliego del flamante juez de la Corte como de Ariel Lijo, el otro designado por Milei, pero quien aún no entró en funciones, serían rechazados en la Cámara Alta al no poder reunir los dos tercios necesarios.