La denuncia judicial presentada por el diputado Facundo Manes contra el asesor presidencial Santiago Caputo tras un incidente ocurrido en el Congreso durante la apertura de sesiones ordinarias el 1° de marzo, fue archivada por la jueza federal María Eugenia Capuchetti. La magistrada determinó que los hechos denunciados no constituyen delito, calificándolos como una “disputa política”.
Qué dijo la Justicia sobre la denuncia de Manes contra Caputo
En su resolución, dada a conocer hoy, la jueza Capuchetti argumentó que el Honorable Congreso de la Nación es un “espacio institucionalmente consagrado para el debate, la deliberación y la confrontación de ideas”, elementos inherentes a la dinámica de la política democrática, tal como lo establece la Constitución Nacional para la creación de leyes.
La jueza añadió que las discusiones dentro del Congreso, aunque puedan ser intensas y tener momentos de confrontación verbal, deben entenderse dentro de los límites de lo que se considera un “intercambio político legítimo”. Si bien reconoció que ciertas expresiones elevadas pueden ser inadecuadas o éticamente reprobables, consideró que estas conductas se desarrollan en un ámbito donde la confrontación de ideas no solo es aceptada, sino también estimulada por el sistema democrático.
Capuchetti sostuvo que cualquier comportamiento de este tipo dentro del Congreso debe resolverse a través de los mecanismos administrativos internos establecidos en los reglamentos, y no mediante la intervención penal.

“Inexistencia de delito”
En su fallo, enfatizó que la “indignación personal sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos en las instituciones públicas no significa automáticamente que el derecho penal deba intervenir”. Por lo tanto, decidió archivar la denuncia penal por “inexistencia de delito”.
El diputado Manes había denunciado a Caputo por el delito de “amenazas coactivas”, alegando haber sido increpado de manera “sorpresiva y violenta”. También había solicitado medidas de protección para él y su familia, y pidió ser querellante en la causa. Sin embargo, la jueza consideró que el intercambio entre ambos no se originó en una conducta espontánea de Caputo, sino que se dio en el contexto de interrupciones realizadas por el propio legislador mientras el asesor presidencial se dirigía a la audiencia.
Capuchetti aclaró que es necesario distinguir entre una disputa política en un contexto apropiado y una conducta que trasciende esos límites, convirtiéndose en amenaza o violencia. En este caso, determinó que las acciones de Santiago Caputo no pueden juzgarse fuera del contexto de debate público “acalorado y sensible” en el que se desarrollaron.
La decisión de la jueza Capuchetti puede ser apelada ante la Cámara en lo Penal.