El gobierno de Javier Milei volvió a sufrir un revés en su objetivo de limitar el derecho a huelga cuando este lunes la Sala IV de la Cámara Nacional del Trabajo confirmó la medida cautelar contra el decreto 340/2025 que limitaba el derecho a huelga.
La medida fue dictada por los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado, quienes suspendieron los artículos 2 y 3 del decreto.
Inmediatamente, la CGT emitió un comunicado en el que destacó la decisión judicial.
“La justicia vuelve a darle la razón a los trabajadores”, señaló la central sindical, al tiempo que reivindicó su estrategia jurídica.
La decisión ratifica una medida que en similar sentido había adoptado la semana pasada la jueza Moira Fullana en el marco de un amparo planteado por la CGT.
Fullana admitió el amparo por considerar que el decreto era “un impedimento del ejercicio regular de los derechos emergentes de la libertad sindical” y reconoció tanto la tutela del artículo 14 bis de la Constitución Nacional como también el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.
Los camaristas que se pronunciaron hoy sostuvieron que “en un DNU referente a la Marina Mercante sustituye un artículo de una ley, cuyo texto había intentado modificar el Decreto 70/2023”.
En esa línea, la Cámara recordó que ya había suspendido ese decreto en forma cautelar y luego lo declaró inconstitucional”.
El resultado final de esta decisión está bajo decisión de la Corte Suprema de Justicia.
El decreto que derivó en esta causa promovida por la CGT había ampliado la condición de esenciales a un mayor número de actividades, al tiempo que creó la figura de “actividades trascendentales”, a las que también les imponía restricciones en caso de huelgas.