La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena contra Cristina Kirchner de 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la emblemática causa conocida como “Vialidad”.
Este martes se conoció la decisión de la Justicia de otorgarle a la expresidenta la prisión domiciliaria.
Este fallo, que declara la sentencia como “firme”, marca un hito en la historia judicial argentina. A continuación, desglosamos los detalles clave de esta sentencia y sus implicancias.
Cuándo termina la condena y qué pasa con las salidas transitorias
La expresidenta fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Los años que Cristina deberá pasar en prisión domiciliaria comenzaron este 17 de junio de 2025.
La condena completa especifica que Cristina deberá pasar un total de 2.190 días en prisión, domiciliaria en su caso, quedando en libertad el 3 de junio de 2031.
Las salidas transitorias son una modalidad progresiva del régimen penitenciario que permite a los condenados egresar del establecimiento penitenciario por un tiempo determinado y por motivos específicos, buscando afianzar lazos familiares y sociales, o para estudios, entre otros.
Para que un juez de ejecución o competente conceda las salidas transitorias, la Ley 24.660 establece varios requisitos:
- Tiempo Mínimo de Ejecución
- Ausencia de Causas Abiertas o Condenas Pendientes
- Conducta y concepto ejemplar
- Informes favorables
- Delito no exceptuado
En el caso particular de Cristina Fernández de Kirchner:
- Tipo de delito: El delito de administración fraudulenta por el que fue condenada no se encuentra entre los delitos exceptuados en el Artículo 56 bis. Por lo tanto, el tipo de delito en sí mismo no es un impedimento directo para solicitar las salidas transitorias.
- Tiempo de cumplimiento: Fue condenada en diciembre de 2022 y la condena quedó firme en junio de 2025. Como su pena es de 6 años, el requisito de haber cumplido 6 meses desde el ingreso al período de prueba [57.I.b] podría estar cumplido, dependiendo de su progresión en el régimen penitenciario.
- Causas abiertas o condenas pendientes: Este es el principal obstáculo al que se enfrenta la expresidenta.
Cristina y la Justicia: sus causas abiertas
La causa “Cuadernos de la corrupción” se encuentra en manos de un tribunal oral, y el juicio aún no tiene fecha de inicio. Esto califica como una “causa abierta” y podría impedir la concesión de las salidas transitorias bajo el Artículo 17.II de la Ley 24.660 [57.II].
Si bien logró el sobreseimiento en las causas “Hotesur” y “Memorándum con Irán”, estas aún tienen “pendientes revisiones de tribunales superiores”. La interpretación de si estas revisiones califican como “causa abierta donde interese su detención u otra condena pendiente” quedaría a criterio del juez competente, pero la existencia del caso “Cuadernos” ya representa una dificultad significativa.
En resumen, aunque el delito por el que fue condenada no impide per se las salidas transitorias y el tiempo mínimo de cumplimiento podría estar cubierto, la existencia de la causa “Cuadernos de la corrupción” sin fecha de juicio podría ser un impedimento directo para que la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner acceda a las salidas transitorias, además de la necesidad de informes favorables de los organismos penitenciarios sobre su conducta y evolución [57.II, 57.III, 57.IV].
Libertad condicional: qué sucede en el caso de Cristina Kirchner
La expresidenta podría solicitar la libertad condicional, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la ley y las condiciones de su condena.
La libertad condicional es una de las etapas del régimen penitenciario progresivo establecido por la Ley 24.660. Para acceder a ella, se requiere haber cumplido un tiempo mínimo de la condena. En el caso de penas temporales (como la suya, que es de 6 años) y sin la accesoria del artículo 52 del Código Penal, el requisito es haber cumplido la mitad de la condena.
Dado que su condena es de 6 años, debería cumplir 3 años para estar en condiciones de solicitar la libertad condicional.
- Delito y excepciones: El delito por el que fue condenada, “administración fraudulenta”, no se encuentra entre las excepciones enumeradas en el artículo 56 bis de la Ley 24.660 que impedirían de forma automática la obtención de beneficios como la libertad condicional.
- Proceso de solicitud: El juez de ejecución o juez competente es quien puede conceder la libertad condicional, previa recepción de informes fundados del organismo técnico-criminológico, del Consejo Correccional del establecimiento y de la dirección del establecimiento penitenciario. Estos informes deben pronosticar de manera individualizada su reinserción social, considerando su conducta y concepto durante todo el período de condena.
- Conducta y concepto: Para un pronóstico favorable, la conducta y el concepto del interno deben haber sido, como mínimo, “buena” durante al menos dos terceras partes de la condena cumplida al momento de la petición. La calificación de conducta y concepto se realiza trimestralmente y sirve de base para la aplicación de la progresividad del régimen y el otorgamiento de beneficios.
Prisión domiciliaria a CFK: condiciones de cumplimiento
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 definió que la expresidenta cumplirá su pena en prisión domiciliaria en su departamento del barrio de Constitución en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Deberá utilizar una tobillera electrónica y se limitarán sus apariciones públicas desde el balcón de su departamento, así como las visitas que podrá recibir:
- Permanecer en su domicilio: Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción.
- Tranquilidad en el vecindario: Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes.
- Restringido círculo de visitas: En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado
¿Por qué se condenó a Cristina Fernández de Kirchner?
La “Causa Vialidad”, iniciada en 2016 tras una denuncia de Javier Iguacel, entonces director Nacional de Vialidad, investigó un presunto esquema de corrupción en la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz. El centro de la acusación giró en torno al empresario Lázaro Báez, ligado al kirchnerismo, quien habría sido beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales entre 2003 y 2015, durante las gestiones de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.

Se investigó si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos en estas obras. La acusación de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola sostenía que el dinero erogado por el Estado tenía como destino final las empresas familiares de la ex Presidenta, configurando una maniobra fraudulenta.
Delitos y pena: Administración Fraudulenta e Inhabilitación Perpetua
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, compuesto por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, consideró a Cristina Fernández de Kirchner autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Por este delito, se le aplicó la pena máxima prevista por el Código Penal de la Nación: 6 años de prisión.
Además de la pena de prisión, la exmandataria fue condenada a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Esta inhabilitación absoluta se aplica cuando el autor se valió de su empleo o cargo público para cometer el delito.
Es importante destacar que, si bien los fiscales habían solicitado una condena de 12 años, incluyendo el delito de asociación ilícita en calidad de jefa, el Tribunal la absolvió por el delito de asociación ilícita. Los magistrados señalaron que no se acreditó una finalidad delictiva excluyente, ya que los funcionarios llevaron a cabo una actividad gubernamental legítima, aunque en su ejecución pudieron haber infringido leyes penales.
El rol de Lázaro Báez y la trama de corrupción

El empresario Lázaro Báez fue una figura central en la investigación y también recibió una condena de 6 años de prisión como partícipe necesario del delito de administración fraudulenta. La Justicia consideró probado que las empresas de Báez obtuvieron beneficios directos de las obras investigadas, y que parte de ese dinero estatal tenía como destino final las empresas familiares de la ex Presidenta.
El camino judicial: de la denuncia a la sentencia firme
La causa se inició en 2016 y la investigación estuvo a cargo del juez federal Julián Ercolini y los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahíques. El proceso incluyó varias revisiones por parte de la Cámara Federal y la Cámara de Casación Penal antes de llegar al Tribunal Oral N° 2, que inició el debate oral y público en mayo de 2019.
La sentencia del Tribunal Oral fue dictada el 6 de diciembre de 2022. Esta condena fue apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal, que la confirmó en noviembre de 2024. Finalmente, la defensa presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que lo rechazó con el voto de sus tres jueces (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti) en junio de 2025, dejando la sentencia en su contra “firme”.
Implicancias de la condena firme: ¿adiós a las candidaturas?
Con la sentencia firme, Cristina Fernández de Kirchner no podrá ser candidata a ningún cargo público. La legislación argentina, a través de la Ley de Partidos Políticos y el Código Nacional Electoral, excluye del padrón electoral a los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad mientras dure la condena, y la inhabilitación perpetua dictada por el tribunal ratifica esta imposibilidad.
En su última declaración jurada, la ex vicepresidenta había declarado un patrimonio de $48,6 millones, aunque en 2016 donó gran parte de su patrimonio a sus hijos. El tribunal también dispuso el decomiso de $84.835 millones de pesos, actualizados al momento en que la sentencia quede firme, como “efectos del delito”.
Otros condenados y absueltos en la Causa Vialidad
Además de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez, otros funcionarios y exfuncionarios fueron condenados en esta causa por administración fraudulenta:
- José López: Exsecretario de Obras Públicas, 6 años de prisión.

- Nelson Periotti: Extitular de la Dirección Nacional de Vialidad, 6 años de prisión e inhabilitación perpetua.
- Mauricio Collareda: Exresponsable de la DNV en Santa Cruz, 4 años de prisión e inhabilitación perpetua.
- Juan Carlos Villafañe: Extitular de la Administración General de Vialidad de Santa Cruz, 5 años de prisión e inhabilitación perpetua.
- Osvaldo Daruich: Exresponsable de la DNV en Santa Cruz, 3 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua.
- Raúl Pavesi: Extitular de la Administración General de Vialidad provincial, 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación perpetua.
- Raúl Santibáñez: Expresidente de la Administración de Vialidad santacruceña, 4 años de prisión e inhabilitación perpetua.
Por otro lado, fueron absueltos:
- Julio De Vido: Exministro de Planificación Federal.
- Claudio Fatala (Abel Fatala): Ex subsecretario de Obras Públicas.
- Héctor Garro: Extitular de Vialidad de Santa Cruz.
- Carlos Kirchner: Primo de Néstor Kirchner, fue sobreseído por prescripción de la acción penal.
Pruebas clave consideradas por el Tribunal
Los jueces destacaron el Decreto 54/2009 como un “instrumento para la maniobra criminal”, al modificar un fideicomiso preexistente y proveer una fuente ilimitada de financiamiento opaco a la Dirección Nacional de Vialidad.
Consideraron probado que los beneficios obtenidos por Báez no agotaban las ventajas económicas, ya que parte del dinero erogado por el Estado tenía como destino final las empresas familiares de la expresidenta.
Los chats del exsecretario José López también aludieron a decisiones tomadas por Fernández de Kirchner y Báez respecto a las empresas y obras, especialmente tras las elecciones de 2015.
Próximos pasos: ¿Apelación Internacional?
Con la condena ya firme en la justicia argentina, la defensa de Cristina Fernández de Kirchner aún podría apelar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Este sería el último recurso disponible en instancias internacionales.