Luego de más de seis años de cepo cambiario, a partir del lunes la Argentina ingresa en un nuevo escenario económico donde las personas físicas podrán comprar y vender dólares libremente a través del precio que se fije por oferta y demanda, aunque con una intervención estatal que evitará fluctuaciones bruscas.
Por su parte, las empresas mantendrán algún tipo de restricción para acceder al mercado cambiario, especialmente para atesorar divisas, pero con una mayor flexibilización en su flujo comercial y de disponibilidad de dividendos.
El mecanismo que entrará en vigor es un paso intermedio entre el cepo tal como se lo conocía y una flotación totalmente libre.
Se trata de un esquema de “banda cambiaria” en la que el dólar se moverá entre un piso de $ 1.000 y un techo de $ 1.400 administrada por el Banco Central. Ambos parámetros se actualizarán 1% y + 1%, respectivamente en forma mensual.
La intervención del Banco Central tendrá como objetivo que el precio de la divisa no quiebre ninguno de los dos valores. Esto implica que comprará dólares en la banda inferior y los venderá en la superior. Pero la novedad del sistema anunciado por el gobierno es que también podrá intervenir en el interior de la banda, para atender el objetivo del Banco Central de acumulación de reservas y para evitar la volatilidad.
Además, la emisión que genere esas operaciones no será esterilizada (quitada del mercado) para favorecer la monetización de la economía (que haya más pesos). El Gobierno afirma que esta mayor circulación de pesos no generará inflación porque la dinámica actual de la economía es “demandante genuina” de pesos.
La actualización de las bandas en -1% y + 1% apunta a que la corrección paulatina genere una amplitud que la vaya tornando irrelevante.
Por otro lado, también se eliminó el dólar blend que le daba la posibilidad a los exportadores a liquidar el 20% de sus ventas en el mercado financiero.
Como referencia para establecer “a qué precio estará el dólar el lunes” cabe mencionar que el “oficial” terminó en viernes a $ 1.078, mientras que el “blend” lo hizo en $ 1.130 y los financieros lo hicieron en $ 1.355.

Los analistas entienden que puede situarse en algún punto intermedio de esa franja, aun lejos de los parámetros mínimos y máximos de la banda.
El Banco Central mantendrá la comunicación diaria de los precios del dólar minorista y mayorista.
El nuevo esquema supone un mayor incentivo para la liquidación de exportaciones, ya que habrá un aumento en el tipo de cambio que recibirán. Este flujo puede permitirle al Banco Central defender el valor del peso sin una sangría significativa en los primeros días de vigencia del nuevo esquema.
Pese a que el gobierno lo niega, este reacomodamiento en un valor del dólar superior al oficial que regía el viernes es una devaluación cuyo porcentaje se determinará con el correr de los días. Cabe recordar que la semana que se inicia es corta por la festividad de Semana Santa, con lo cual habrá transacciones sólo entre lunes y miércoles.
El foco estará puesto en qué porcentaje de la devaluación se trasladará a los precios, en un momento en que el costo de vida parece haberse acelerado.
Qué significa el levantamiento del cepo para personas
A partir del lunes, quedó eliminado el límite de U$S 200 de acceso que regía para la compra de dólares y se eliminan todas las restricciones con asistencias gubernamentales recibidas durante la pandemia, subsidios, el empleo público y otros. También se eliminó la restricción cruzada entre los mercados oficiales y financieros, conocido como “parking”. A su vez, no se aplicará más el impuesto sobre la compra de moneda extranjera. Permanece el dólar “tarjeta o turista” sobre el que se mantiene la percepción de 30%.
Esto implica que una persona podrá comprar y vender dólares a través de sus cuentas bancarias sin límites al precio que establezca con el banco. Luego podrá retirar los billetes por ventanilla sin ningún tipo de restricción.
En cambio, si la persona quiere comprar dólares por ventanilla de un banco tendrá un límite de U$S 100. Esto responde a las normas anti lavado.
También operarán sin restricciones las casas de cambio, que podrán volver a mostrar en sus pizarras los precios de compra y venta de dólar que consideren convenientes. Por tanto, podría renacer el “dólar negro”, aquel que no quiere pasar por el circuito oficial.
En el caso de operaciones con tarjetas de débito el precio del dólar será la que surja de la cotización minorista del día previo que será comunicada por el Banco Central.
Para el caso de las compras con tarjeta será el mismo mecanismo, con el precio del dólar fijado al momento del cierre de la tarjeta y no de la compra. Aquí operará la percepción del impuesto a las Ganancias, con lo cual lo más beneficioso será el pago de los saldos en dólares con dólares en cuenta y no en pesos al tipo de cambio que se determine.
Flexibilización de importaciones
La flexibilización del cepo incluye un acortamiento del plazo del pago de importaciones.
- Los bienes podrán pagarse a partir del registro de ingreso aduanero
- Las de bienes por parte de empresas MiPyMEs podrán pagarse a partir del despacho del puerto de origen (previamente era 30 días a partir del registro de ingreso aduanero)
- Las importaciones de servicios podrán pagarse a partir del momento de prestación del servicio.
- Las de bienes de capital podrán pagarse con un 30% de anticipo, 50% a partir del despacho del puerto de origen y 20% a partir del registro de ingreso aduanero
- Las de servicios entre empresas vinculadas podrán pagarse a partir de que se cumplan 90 días de la fecha de prestación del servicio.
A su vez, se elimina por única vez la restricción de 90 días anteriores contenidos en la Comunicación A 7340 (la “restricción cruzada”), para permitir que las personas jurídicas puedan volver a operar en el MLC.
Para las empresas, la flexibilización apunta a la normalización parcial del pago de dividendos. Los mismos podrán ser girados sin restricciones al exterior para los correspondientes a los ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2025.
Para los stocks de dividendos se está diseñando un nuevo BOPREAL. Estos títulos podrán ser adquiridos en pesos, para afrontar obligaciones con el exterior relacionados con deudas o dividendos previos al 2025, y deudas comerciales con fecha previa al 12 de diciembre de 2023.