Luego de una fuerte pulseada, el Banco Nación y la Municipalidad de Jesús María alcanzaron un acuerdo para disminuir el peso de las tasas locales sobre el crédito bancario.
El economista Marcelo Capello, vicepresidente del Ieral-Fundación Mediterránea, evaluó la situación y obtuvo conclusiones acerca de esta nueva etapa que tiene chances de profundizarse en la política argentina.
Los municipios en todo el país cuentan con un tributo que resulta prácticamente idéntico al impuesto provincial a los Ingresos Brutos (IIB), pero que legislan como una tasa o contribución, la tasa de Seguridad e Higiene (TSH) o contribución que grava la Industria, el Comercio y los Servicios (CIS), según la provincia, explica el trabajo del Ieral.
Al ser formulados legalmente como tasas, en sus normativas se detallan supuestos servicios municipales que reciben a cambio sus contribuyentes, como empresas y personas que producen y/o venden productos y servicios.
“En los hechos, en Argentina se tienen dos impuestos sobre los ingresos brutos, uno provincial y otro municipal, con características muy nocivas para el desenvolvimiento de la economía, pues al recaer sobre las ventas brutas, sin permitir descontar el impuesto pagado sobre las compras, distorsionan precios relativos y deterioran la competitividad de la producción nacional”, remarca el análisis de Capello. Con estos motivos, desde hace varias décadas se pretende modificar, sustituir o eliminar el IIB provincial (pactos fiscales de 1993 y 2017), lo que debería ocurrir también para el IIB municipal.
![Marcelo Capello, vicepresidente del Ieral-Fundación Mediterránea. Visibilizar el problema puede llevar a bajar la carga tributaria.](https://www.lavoz.com.ar/resizer/v2/JQUH3ELSRBG3PEMUQC5UKJAIMY.jpg?auth=7944fe6d1f8d7849d1b3c2b5bd1ca3ec8cf7281f9de8cbbd4514056eaeed2fd1&width=1072&height=604)
No sólo que hasta ahora no se logró su eliminación o transformación, sino que el IIB provincial “creció en importancia con el tiempo”. Por caso, su recaudación representaba 1,9% del PIB en el año 2000, ascendiendo hasta 4,1% del PIB en 2024. “No resulta casualidad que las alícuotas del IIB provincial y municipal hayan subido mucho en las últimas dos décadas, en un contexto inflacionario en que los efectos sobre los precios de los aumentos de alícuotas de impuestos a las ventas, como son el IIB provincial y municipal, se camuflan con las mismas subas de precios que implica el proceso inflacionario”, ahonda el estudio.
Nadie paga el costo político
“La invisibilidad de ambos tributos prácticamente evita costos políticos cuando se decide aumentar alícuotas, lo contrario a lo que ocurre cuando los gobiernos locales deciden aumentar los mucho más visibles impuestos que recaen sobre inmuebles o automotores”, subraya el economista.
Como antes se planteó, el IIB municipal (TSH o CIS según la provincia) “es un impuesto que se disfraza como tasa, para lo cual, la legislación municipal lo justifica en función de supuestos servicios que los gobiernos locales prestarían a sus contribuyentes”.
Aun cuando los servicios prestados existieran, “no se puede justificar que las alícuotas del tributo resulten en ocasiones muy altas (tributo pagado muy superior al beneficio recibido) y, además, que en algunos casos las tasas suban permanentemente en el tiempo, si concomitantemente los servicios municipales no cambian”.
Capello remarcó que esta situación ha ocurrido “especialmente con el sector financiero en los últimos años”. Esa actividad, “ha debido afrontar crecientes alícuotas, sin que se hayan modificado los servicios municipales que recibe, e inclusive sufriendo un aumento en la presión tributaria municipal que no se evidenció en igual magnitud en otras actividades que reciben similares servicios municipales”.
A este respecto, y según un reciente relevamiento del Ieral entre 18 de los municipios más importantes del país, la alícuota media de la TSH que recae sobre los IIB del sector bancario pasó de 3,5% en el año 2011 a 5,3% en 2025, exhibiendo subas prácticamente todos los años en la última década y media, con un incremento punta a punta superior al 50%.
Las provincias no se quedaron atrás con las subas de alícuotas de IIB sobre ingresos de bancos, o con la creación de tasas adicionales, “de modo que la alícuota media agregada de las 5 jurisdicciones más pobladas pasó de 3,8% en 2005 a 7,6% en 2024, duplicándose en dos décadas”.
Sumando la carga provincial más municipal, se tienen alícuotas cercanas al 13%, que tienden a encarecer hasta en ese porcentaje el costo del crédito.
Frente a los “excesos de varios años” en las subas de alícuotas en el IIB provincial y municipal, y en un nuevo contexto económico con menor inflación y la necesidad de bajar costos en forma genuina, “desde el año pasado se observa una reacción importante en el sector financiero”, destacó el analista.
Un acuerdo que señala el camino
En 2024 fue muy conocida la decisión del Banco Nación de cerrar sucursales en la provincia de La Pampa, tras una suba exorbitante de las alícuotas de IIB que recaen sobre el sector. Luego el gobierno provincial dio marcha atrás con el incremento de alícuotas, recordó el economista.
“También son cada vez más frecuentes las acciones judiciales promovidas por el sector financiero sobre la exagerada imposición municipal. Aquí el Banco Nación ha llevado la delantera, obteniendo algunas medidas cautelares en la Justicia. En los últimos días dicha entidad obtuvo el primer éxito concreto, con el acuerdo alcanzado con el municipio de Jesús María de la provincia de Córdoba”, valoró Capello.
Por este acuerdo, se excluyen los intereses de los títulos públicos de la base imponible de la tasa municipal, se acordó una alícuota del 2,5% sobre la base imponible del spread bancario, y el gobierno local se comprometió a eximir los intereses de créditos hipotecarios del alcance del tributo.
“Se trata de una muy buena señal que sirve como referencia para el resto de los municipios, aunque a futuro sería deseable que se eximan también los intereses de cualquier préstamo que tenga destino en el sector productivo”, dijo.
También que se acote y simplifique “el rango posible de alícuotas, se homogenicen criterios para las bases imponibles y se eviten formas de imposición que conducen a una desmedida carga fiscal, que no se condicen con los servicios municipales que benefician a las entidades financieras” (como montos mínimos, montos fijos según ciertos parámetros, alícuotas adicionales para fines especiales, etc.).
“Todo ello debe apuntar a bajar el costo del crédito, y así lograr una vía adicional de mejora en la competitividad de la economía argentina, en un contexto en que cada gota moja”, concluye el análisis.