La Secretaría de Trabajo fijó, laudo mediante, los nuevos valores del Salario, Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para los meses de julio a octubre.
El último valor del SMVM data del mes de mayo ($ 234.315 o $ 1.171 la hora) lo que significa que el mes de junio no tuvo ni tiene ningún aumento.
Los valores del SMVM son levemente superiores a lo que ofreció la representación empresaria ($ 245.000), sin embargo, están muy lejos del reclamo de la CGT ($ 480.000).
De acuerdo a la Resolución 13/2024 de la Secretaría de Trabajo, publicada este viernes en el Boletín Oficial, los nuevos valores (por mes o por hora) son:
- A partir del 1° de julio $ 254.231,91 o $ 1.271,16 la hora.
- A partir del 1/8/2024 $ 262.432,93 o 1.312,16 la hora.
- A partir del 1/9/2024 $ 268.056,50 o $ 1.340,28 la hora.
- A partir del 1/10/2024 $ 271.571,22 o $ 1.357.86 la hora.
La inflación a junio fue del 79,8%, mientras que el SMVM se incrementó en el semestre un 50,2% (pasó de $ 156.000 a $ 234.315). Representa un deterioro del 16,5%.
El aumento de julio es del 8,5% por lo que el SMVM de este mes acumularía un incremento del 63% ($ 254.231,91/$ 156.000 de diciembre) versus una inflación que podría rondar el 87%. Equivale a un retroceso del 13% punta a punta para los primeros 7 meses del año, a lo que se suma las caídas inter-mensuales.
Según CIFRA (Centro de Investigación y Formación de la República Argentina) por la pérdida de poder de compra del salario mínimo desde fines de 2015 a la fecha, ajustado por inflación, en el actual mes de julio este salario hubiera sido de $ 540.000″.
Los siguientes aumentos son porcentualmente decrecientes. El aumento del SMVM de agosto es del 3,23%, septiembre 2,14% y octubre 1,31%.
De esta manera, en términos reales, la mejora o caída del SMVM dependerá de lo qué pase con la inflación.
Cuál es el impacto del Salario Mínimo Vital y móvil
El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.
Además, determina que los que se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM.
Sin embargo, en esta oportunidad el 82% del SMVM de julio ($ 208.470) es inferior al haber mínimo: $ 215.580 por lo que no corresponde el pago de ningún adicional a esos jubilados y pensionados. Y tampoco en agosto.