Con el inicio del sexto mes del año, los salarios mínimos para las empleadas de Casas Particulares se mantienen sin cambios a la vista por ahora.
Según se desprende de los valores vigentes, desde enero pasado no se registran ajustes salariales para el sector.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares no ha vuelto a reunirse desde entonces, y según fuentes sindicales, no hay avances sobre un próximo encuentro para la negociación.
Esto implica que, en junio de 2025, los empleadores deberán tomar como referencia los mismos valores establecidos a principios de año.
Salarios mínimos vigentes en junio de 2025
Los montos mínimos por hora y por mes para cada categoría del servicio doméstico se basan en la Resolución 1/2025, publicada a principios de año.
Estos valores representan los últimos aumentos aprobados, que incluyeron actualizaciones en diciembre y enero. Los datos a continuación son los parámetros mínimos para que empleador y trabajadora cierren un acuerdo:
Personal con retiro
- Quinta categoría (Tareas Generales): $ 2.863 por hora y $ 351.233 por mes. Esta es la categoría más demandada.
- Cuarta categoría (Cuidado de Personas): $ 3.089 la hora y $ 390.567 el mes.
- Tercera categoría (Caseros): $ 3.089 la hora y $ 390.567 el mes. (La fuente indica “no tienen retiro” específicamente para esta categoría bajo el encabezado de “con retiro”, pero lista valores).
- Segunda categoría (Personal para tareas específicas): $ 3.270 la hora y $ 400.310 el mes.
- Primera categoría (Supervisor/a): $ 3.454 la hora y $ 430.878 el mes.
Personal sin retiro
- Quinta categoría (Tareas Generales): $ 3.089 la hora y $ 390.567 el mes.
- Cuarta categoría (Cuidado de Personas): $ 3.454 la hora y $ 435.246 el mes.
- Tercera categoría (Caseros): $ 3.089 la hora y $ 390.567 el mes.
- Segunda categoría (Personal para tareas específicas): $ 3.585 la hora y $ 445.613 el mes.
- Primera categoría (Supervisor/a): $ 3.783 la hora y $ 479.950 el mes.
Incrementos en aportes y contribuciones patronales
Además del salario base, los empleadores deben considerar el pago de aportes y contribuciones patronales. Estos montos se incrementaron significativamente desde febrero de este año, representando un 64,52% más según la Resolución 5645/2025.
Los valores mensuales de aportes y contribuciones a abonar, según las horas trabajadas por semana, son:
- Menos de 12 horas: $ 6.816,05.
- Entre 12 y menos de 16 horas: $ 10.735,77.
- 16 o más horas: $ 28.688,55. Estos importes cubren jubilación, obra social y ART, y deben ser abonados antes del día 10 del mes siguiente.
Otros componentes del salario
Además del salario mínimo por categoría y los aportes, el empleador debe considerar otros componentes que pueden adicionar al monto final:
- Antigüedad: se debe calcular un 1% adicional sobre el sueldo mensual por cada año trabajado.
- Zona Desfavorable: corresponde un 30% adicional sobre el salario mínimo para el personal que preste servicios en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el partido bonaerense de Carmen de Patagones.